Los servicios jurídicos de la Asamblea de Madrid respaldan el pacto entre PP, Ciudadanos y Vox que les permitió controlar cinco de los siete puestos de la Mesa de la Asamblea de Madrid y que dejó fuera del órgano que regula la actividad parlamentaria a Más Madrid, pese a que contaba con casi el doble de escaños que Vox.
En un informe, al que ha tenido acceso eldiario.es y que fue solicitado por el Grupo Socialista, los letrados avalan la “legitimidad” de un “eventual acuerdo entre formaciones políticas” para garantizarse la mayoría, aunque el reparto sea asimétrico y no responda a la proporcionalidad teórica que recoge el Estatuto de Autonomía. Según los servicios jurídicos esta realidad no infringe el Reglamento.
“La constitución de la Mesa no puede en ningún caso concebirse como una operación aritmética pura en la que se traslade el resultado que los partidos políticos han obtenido en las urnas a efectos del reparto de miembros del órgano”, dice el informe, que compara esta situación con la hipotética investidura de un candidato que no ha sido el más votado en las elecciones.
Los socialistas y Más Madrid denunciaron públicamente el control que las tres derechas se habían reservado de la Cámara a través de un pacto. Los primeros porque, pese a ser la fuerza más votada, solo sumaban dos puestos (sin la Presidencia). Igual que Ciudadanos.
La reclamación de los segundos, que anunciaron que llevarían el asunto al Tribunal Constitucional, vino porque quedaron fuera del órgano institucional pese a tener casi el doble de los escaños que Vox. Un acuerdo con Ciudadanos y PP permitió la entrada de la extrema derecha en la Mesa: los conservadores les cedieron un puesto y se quedaron con uno solo.
Los servicios jurídicos recuerdan que ya hay una limitación en el Reglamento para evitar que un mismo partido cope más de cuatro puestos en la Mesa y subrayan que, en este caso, “la pluralidad resultante de la Mesa no está en cuestión pues sus siete miembros pertenecen a cuatro formaciones políticas distintas de las seis en total que obtuvieron escaños”.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid establece, en el artículo 12.2 C, que “la composición y funciones de la Mesa, las Comisiones y la Diputación Permanente, de manera que los Grupos Parlamentarios participen en estos órganos en proporción al número de sus miembros”.
Tomando este artículo como base, los letrados de la Asamblea de Madrid precisan que “en el momento de la elección no existen grupos parlamentarios en la Cámara, sino diputados electos que han concurrido a las elecciones en diferentes formaciones políticas”. Y añaden que “difícilmente puede exigirse una proporcionalidad sobre algo que aún no existe jurídicamente hablando”.