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Cómo saber si tu coche podrá circular por Madrid durante los picos de contaminación

El nuevo protocolo de contaminación de Madrid utiliza los distintivos ambientales creados por la Dirección General de Tráfico para clasificar a los vehículos y permitirles o no circular, acceder a zonas o aparcar en ellas. Se diseñaron para eso: “Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, promoverán los sistemas de transporte público y privado menos contaminantes”, explica la DGT.

El Ayuntamiento de Madrid gobernado por Ahora Madrid espera que este protocolo entre en vigor después del verano, la época del año en la que los picos de contaminación son más frecuentes debido a los factores ambientales. Una Orden ministerial indica que no es obligatorio colocar el adhesivo en el coche –como sí ocurre con el de la inspección técnica ITV– pero las medidas diseñadas por el Ejecutivo de Manuela Carmena lo van a hacer imprescindible para circular durante los episodios de alta polución. Si todavía no tienes la etiqueta, te contamos cómo saber cuál corresponde a tu vehículo y qué restricciones tendrá en función de este distintivo de la DGT.

Vehículos sin etiquetado ambiental

Los vehículos sin etiqueta son los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006, los coches más contaminantes que ya no entran dentro de los estándares de etiquetado. A partir de 2025 no podrán circular por Madrid y en 2020 en la almendra central, pero desde otoño también tendrán restricciones durante los picos de contaminación. Durante el escenario 2, tendrán prohibido circular, incluidas las motocicletas, en la almendra central y en la M-30. En el escenario 3 y siguientes, no podrán circular tampoco fuera de la M-30. 

Si tengo un coche matriculado entre 2000 y 2006

Los coches de gasolina de esa antigüedad tienen el distintivo ambiental de tipo B. Son el grueso del parque móvil que circula por la capital, en torno al 50% de los recorridos. Según el borrador de protocolo que presenta este jueves el Ayuntamiento, no podrán aparcar en la zona SER en el escenario 2 y los siguientes, pero además se verán afectados por el nuevo escenario que se crea, el 4, donde en caso de activarse no podrán circular dentro de la almendra central. 

Si el coche es de después de 2006

Los diésel en funcionamiento desde enero de 2006 y hasta diciembre de 2013 están clasificados como B. Los coches de gasolina de esa edad ya pasan a tener una pegatina amarilla C, que indica un nivel superior de eficiencia. Los automóviles de gasóil y cualquier vehículo pesado necesitan estar matriculados a partir de enero de 2014 para acceder a este distintivo. La carga y descarga en el distrito centro va a exigir, como poco, este certificado. Estos vehículos no podrán aparcar en la zona ser en los escenarios 2 y siguientes. 

Vehículos ECO

Los automóviles híbridos, que combinan un motor con carburante y otro eléctrico, con poca autonomía de desplazamiento (menos de 40 kilómetros) y que cumplan las fechas de la etiqueta C forman una categoría aparte llamada ECO. Se quita la posibilidad de que los ECO aparquen en escenario 5

Vehículos CERO

La DGT tiene un distintivo no basado en la fecha de la placa sino en las características del vehículo –que cumplan los estándares ambientales más exigentes de la normativa–. La etiqueta de CERO emisiones para los automóviles eléctricos o los híbridos que puedan enchufarse y tengan un autonomía de más de 40 kilómetros. Tienen libertad de movimiento y van a poder aparcar gratuitamente dentro en las plazas de pago ya desde 2018. Como ocurre con los ECO, no tendrán restricciones en episodios de alta contaminación.

Excepciones

Durante la aplicación de las medidas del Protocolo de contaminación, podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los de personas con movilidad reducida, los autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación ambiental CERO, ECO y C, y los B hasta el 31 de diciembre de 2020, los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente, entre otras excepciones.

Por otro lado, habrá excepciones a la limitación de circulación para el transporte público colectivo, los servicios de emergencias, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público previa autorización, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano. También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados./