El sufragio universal masculino adquirió vigencia definitiva en 1890, durante el gobierno de Sagasta, y concedía el derecho al voto a todos los varones mayores de 25 años. No fue hasta la Constitución Republicana de 1931 que se consiguió el sufragio universal como garante de la anhelada soberanía popular. Soberanía de la que hoy tanto se hace gala, pero que tan poco efectiva resulta a veces.
Hoy, en la primavera de 2015, existe todavía la represión sufragista. No se convocan manifestaciones en defensa del voto, ni se recogerán nuestros años en los libros de historia como años de lucha en pro de este derecho, pero las facilidades para ejercerlo escasean.
Los españoles residentes en el extranjero, por ejemplo, nos encontramos con parapetos tales como una burocracia excesiva y una lentitud en los trámites que dejan en incógnita nuestra papeleta. Nadie nos asegura que la documentación llegue a tiempo a nuestro domicilio actual, a pesar de haber realizado todos los trámites en los plazos establecidos. Plazos que, por otra parte, son de todo menos razonables. Para las próximas elecciones autonómicas, por ejemplo, los que se hayan inscrito como residentes en el extranjero después del 31 de diciembre de 2014 disponen de una semana para acudir a su consulado y reclamar su inclusión en el censo de españoles con derecho al voto.
Un derecho cuyo ejercicio se presenta como una especie de ‘Battle Royal’ a la que sólo sobreviven los participantes más convencidos de su papel en la democracia.
En las pasadas elecciones al Parlamento andaluz, como recogió el portal ‘Marea Granate’, los andaluces residentes en Alemania que se habían inscrito como tal después del 1 de noviembre, quedaron fuera del censo de españoles residentes permanentes debido al adelanto electoral. La última opción que les quedaba era entonces inscribirse como residentes temporales en el ERTA, algo que le fue denegado a los que llevaban más de un año en el país e incluso a las personas que seguían figurando como inscritas en España. Todo esto a pesar de que ni la Ley Orgánica del Régimen Electoral General ni el Real Decreto 1621/2007 limitan expresamente la inscripción en el ERTA a un año.
Luego está el asunto del voto rogado, introducido por la Ley Electoral que sacaron adelante PP, PSOE y CiU en 2011. Esto supone que los dados de alta en el ERTA como residentes temporales o no residentes tienen que rogar el voto en el consulado. No habría más términos para escoger en el diccionario.
El “mal de muchos, consuelo de tontos” tampoco nos vale. Si comparamos –y las comparaciones suelen dejarnos a la altura del betún- los trámites que tiene que pasar un expatriado español con los de un expatriado británico, por ejemplo, pareciera que la democracia participativa fueran conceptos diferentes para cada gobierno.
Los hijos de la Gran Bretaña residentes en el extranjero no solo no tienen que rogar, sino que pueden escoger a una persona de confianza que esté en el país durante el proceso electoral para representarle y votar en su nombre. Así de fácil. El interesado debe rellenar un formulario y enviarlo a su oficina local de registro electoral. El formulario tiene que llegar a su destino sólo 6 días antes de la celebración de las elecciones. Además, el registro en el censo electoral para expatriados británicos cierra el 20 de abril de 2015, 15 días antes de las generales del 7 de mayo.
Alex Robertson, Director de Comunicaciones de la Comisión Electoral, afirma que “mucha gente no es consciente de que se pueden registrar como votante en el extranjero para las elecciones generales; necesitamos desafiar esta concepción de que una vez que te has trasladado fuera no puedes tomar parte en la votación”. Por eso han desarrollado un plan de comunicación internacional para animar a los electores en el extranjero a participar.
El registro en el censo para expatriados españoles cerró el 31 de diciembre de 2014, meses antes de las autonómicas y mucho más de las nacionales. Y si se te ha pasado la fecha, entonces tienes siete días -¿para qué queremos más? Ni que tuviéramos que trabajar y cumplir horarios- para presentar una reclamación en el consulado. Ah, y rogar, claro. No hablemos de planes de comunicación internacional para animar al voto. La propaganda de los partidos es lo primero. Que todos sepamos quién es rojo, azul, magenta, morado, naranja o rosa palo. Pero que sepamos y podamos votar, eso es secundario.
Lo de los franceses va más allá. Hay once circunscripciones electorales fuera del país. Los expatriados eligen por tanto a once diputados que representen sus intereses en la Asamblea Nacional. Se estima que entre 1,5 y 2 millones de franceses residen en el extranjero –según Le Monde-. De acuerdo con el último padrón del Instituto Nacional de Estadística de enero de 2015, son 2.183.043 las personas con nacionalidad española residentes en el extranjero. ¿Sería viable crear circunscripciones exteriores para España? ¿Mejoraría el sistema electoral o derrocharía dinero público? La respuesta es cosa de economistas, pero desde luego da que pensar.
Queridos compañeros en países más o menos lejanos: el papá Estado ya no nos quiere. Tuvimos que salir de su cobijo y buscar un porvenir –para muchos, aún por venir- cuando el trabajo empezó a ser un lujo, y ahora parece que nos quisiera quitar además el alivio de sentir que ostentamos un mínimo de capacidad decisoria en sus asuntos. Surge entonces una abstención forzada fruto del desánimo y la impotencia. “¿Para qué voy a molestarme, perder tiempo y paciencia si ni siquiera me aseguran que pueda votar? Total, mi voto no va a cambiar nada”.
Desde un punto de vista pragmático, algo tiene de sentido una afirmación como esa. ‘Disfrutamos’ de un sufragio censitario disfrazado de universal. El idealismo de defender algo por lo que lucharon nuestros antepasados es el mayor estímulo al que nos podemos aferrar, porque en la esfera de lo real nuestra participación ni se valora ni se respeta.
Menos mal que Fátima Báñez nos anima. Menos mal que tenemos una envidiable ‘movilidad exterior’. Porque ser ‘emigrante’ es sólo para pobres.