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Animales atados, animales condenados

Todavía, a día de hoy, podemos ver a perros atados en fincas, patios, jardines o huertas. Un animal atado es un animal condenado.

El responsable del cuidado adecuado de un animal (perro, burro, caballo, etc..) que tiene por costumbre tenerlo siempre atado no es consciente en la mayoría de los casos de las consecuencias que puede implicar tanto para el animal como para el responsable mismo.

Tener un animal atado implica condenar al animal a una muerta segura en determinados casos, como por ejemplo, en los que detallo a continuación:

 

  • Inundaciones (como ocurrió recientemente, con la gota fría del pasado mes de septiembre en varios municipios de Murcia y la zona de la Vega Baja de Alicante ya que murieron muchísimos animales ahogados que no pudieron ser rescatados cuando equipos de voluntarios o incluso sus propios propietarios lo intentaron).
  • Incendios (como suele ocurrir con frecuencia en época estival).
  • Terremotos (como por ejemplo ocurrió hace unos años en el municipio murciano de Lorca).
  • Robos con ladrones agresivos (el animal no puede huir).

¿Por qué se tiene a los perros atados?

Hay personas que tienen perros siempre atados o encadenados por diferentes motivos, a continuación cito algunos, a modo de ejemplo:

  • Porque se confunde el ladrido de un perro con un timbre y se quiere al perro solo para que avise de la presencia de algún extraño.
  • Para evitar que le rompa las plantas, lo cultivado o alguna otra cosa material.
  • Para evitar que el animal se le escape.
  • Porque no quieren tener al animal dentro de casa.
  • Porque es un instrumento; solo lo sueltan para cazar, la cría, etc.
  • Porque no se es consciente del sufrimiento que se le causa al animal.
  • Porque su familia siempre ha tenido a los perros atados.

¿Qué infracciones puede cometer la persona que tiene a un perro siempre o la mayor parte del tiempo atado?

Las infracciones administrativas cometidas por el responsable del cuidado adecuado del animal que suele tener un perro atado suelen ser en la mayoría de los casos algunas o todas las que se citan a continuación:

 

  • ➢ Que el animal no tenga el microchip a nombre del poseedor del animal o ni tan siquiera tenga microchip.
  • ➢ Que el animal no tenga la vacuna de la rabia que es obligatoria en casi toda España, excepto en alguna Comunidad Autónoma como por ejemplo, en el País Vasco y Cataluña.
  • ➢ Que el animal esté infectado de parásitos internos y/o externos (lombrices, pulgas, garrapatas, etc)
  • ➢ Que el animal esté muy sucio e incluso desprenda un fuerte hedor a suciedad, heces, basura, etc.
  • ➢ Que el animal esté rodeado de heces y orienes (malas condiciones higiénico-sanitarias)
  • ➢ Que el animal no tenga alimento adecuado y suficiente (restos de pan y/o de sobras de comida putrefacta).
  • ➢ Que el animal no tenga agua limpia y potable (agua verde, agua sucia, etc).
  • ➢ Que el animal no tenga asistencia veterinaria, en el caso de padecer leishmania u otra enfermedad.
  • ➢ Que el animal no tenga asistencia veterinaria en el caso de estar herido.
  • ➢ Que el animal no tenga refugio adecuado de las inclemencias del tiempo.
  • ➢ Que el animal esté desnutrido e incluso en algunos casos caquéctico (extrema delgadez, con riesgo para la salud del animal).
  • ➢ Que el perro esté atado siempre o la mayor parte del tiempo.

Las leyes autonómicas de protección animal de todas las Comunidades Autónomas contemplan todas o la mayoría de las citadas conductas de una u otra forma en su catálogo de infracciones administrativas y de igual modo lo hacen las ordenanzas municipales de protección animal de los más de ocho mil municipios que tiene España.

Además hay informes de veterinarios, como por ejemplo, el de la asociaciación AVATMA que recogen de forma literal que el hecho de tener a un animal atado es una crueldad.

¿El que tiene un perro atado puede ser considerado un delincuente?

Sí, la persona que tiene siempre un perro atado puede estar cometiendo un delito de maltrato animal ya que si las cadenas son cortas le puede provocar una atrofia muscular por falta de movilidad e, incluso, un maltrato psicológico en la mayoría de los casos.

Si se prueba el sufrimiento físico y/o psíquico del animal con informes veterinarios, adiestradores o etólogos caninos, la persona que tiene a un perro atado de forma habitual puede ser denunciado e incluso condenado por delito de maltrato animal, según el artículo 337 del Código Penal.

En tal caso, la persona condenada será calificada como delincuente y tendrá antecedentes penales.

¿Prohíbe la Ley 6/2017 de Protección Animal de la Región de Murcia tener perros atados?

Sí, la Ley 6/2017 prohíbe tener perros atados y el solo hecho de tener un perro atado, aunque estuviera bien alimentado, con buenas condiciones higiénico-sanitarias, con refugio de las inclemencias del tiempo y con asistencia veterinaria puede implicar una multa económica de hasta 1.500 euros.

La ley permite con carácter puntual, no como algo habitual, tener un perro atado un máximo de diez horas.

Si bien la mayoría de las ordenanzas de protección animal de la Región de Murcia no contemplan esta conducta como infracción administrativa porque no han actualizado sus ordenanzas municipales a la Ley 6/2017 de Protección, a excepción del Ayuntamiento de Fortuna y de Alcantarilla.

No obstante, cualquier ciudadano, así como las entidades de protección animal pueden solicitar a su Ayuntamiento por escrito que actualicen su ordenanza de protección animal a la Ley 6/2017, para que se contemple esta infracción y otras más. De esta forma, los agentes de la autoridad podrán denunciar la situación de la mayoría de casos de perros atados que existen en todos los municipios de la Región de Murcia.

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Todavía, a día de hoy, podemos ver a perros atados en fincas, patios, jardines o huertas. Un animal atado es un animal condenado.

El responsable del cuidado adecuado de un animal (perro, burro, caballo, etc..) que tiene por costumbre tenerlo siempre atado no es consciente en la mayoría de los casos de las consecuencias que puede implicar tanto para el animal como para el responsable mismo.