La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha recibido ya para su estudio la exposición razonada del `Caso Auditorio´, formada por ocho tomos con anexos, enviadas por el Juzgado de Instrucción 1 de Lorca.
La Sala, que preside el titular del TSJ, el magistrado Miguel Pasqual del Riquelme, ha comenzado el estudio de dicha exposición motivada para determinar si puede asumir la causa debido al aforamiento de Sánchez.
La Sala decidió a principios de marzo de 2015 enviar la querella presentada por la Fiscalía Superior de la Región de Murcia para que por el Juzgado de Instrucción de Lorca se investigaran los presuntos ilícitos penales que se habrían cometido en la construcción del auditorio de Puerto Lumbreras cuando Sánchez era alcalde de este municipio.
Entonces, le pidió al Juzgado practicar las diligencias oportunas para el esclarecimiento de los hechos, indicándole también que si se encontraban indicios de criminalidad contra Pedro Antonio Sánchez que le elevara la exposición motivada.
A partir de hoy, el TSJ deberá estudiar si la investigación puede darse por acabada, como sostiene el Juzgado o si, por el contrario, como mantiene la defensa del presidente autonómico, la misma está sin terminar.
Una de las razones expuestas es que está pendiente de resolverse un recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Murcia contra la negativa del Juzgado de Lorca a recabar del ayuntamiento de Puerto Lumbreras el expediente de liquidación de las obras del auditorio.
En el auto del pasado uno de diciembre, en el que se acordaba elevar la exposición motivada al TSJ, el Juzgado consideraba que de las diligencias practicadas se deducían indicios contra Sánchez por los presuntos delitos de prevaricación, falsedad, malversación y contra la Administración Pública.
En sucesivas resoluciones, se designa ponente al magistrado Julián Pérez Templado; y acreditada la condición de miembro del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en calidad de presidente, de Pedro Antonio Sánchez, se emplaza a las partes para que se personen ante dicha Sala.