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La Audiencia de Navarra pospone al día 26 la vistilla que decidirá sobre el reingreso en prisión de ‘la manada’

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha decidido posponer al día 26, a las 10 horas, la comparecencia sobre la petición de ingreso en prisión provisional de los cinco condenados a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual en los Sanfermines de 2016. La decisión, que anula la vistilla prevista para mañana, viene motivada por un problema de agenda de uno de los abogados de la defensa y del abogado de la víctima, que tienen señalamientos previos. Fuentes del TSJN han informado de que el señalamiento tendría prioridad sobre otros si hubiera causa con preso; es decir, si la decisión se tomase para su excarcelación y no para su reingreso en prisión.

Tanto la Fiscalía de Navarra como el abogado de la víctima han solicitado el reingreso en prisión de los cinco condenados, quienes se encuentran en libertad provisional. El Ministerio Fiscal trata así de evitar la posibilidad de que los penados se sustraigan a la acción de la Justicia, pues los cinco miembros de la manada fueron puestos en libertad mediante auto de la Audiencia Provincial de Navarra del pasado 21 de junio tras cumplir casi dos años en prisión preventiva.

El Ministerio fiscal recalca “el riesgo de que los acusados traten de eludir la acción de la Justicia, ante la altísima probabilidad de que finalmente recaiga una sentencia firme con una pena privativa de libertad grave”.

La fiscal del caso recuerda en su escrito que el TSJN ha confirmado recientemente en una sentencia la condena a nueve años de cárcel por abuso sexual con prevalimiento y que dicha sentencia “cuenta con dos votos particulares que consideran que los hechos debieran ser calificados como agresión sexual y piden el incremento de la pena a imponer hasta los 14 años, tres meses y un día de prisión”.

La fiscal señala que si bien esta sentencia no es firme, “en tanto que puede ser recurrida en casación, anuncia la más que posible imposición a los acusados de una pena grave, atendidas la naturaleza y características del recurso de casación y en especial la intangibilidad de los hechos probados”.

“Si en primera instancia la discrepancia de la sala lo fue entre condenar o absolver, en la sentencia de apelación dicha discrepancia desaparece, siendo unánimemente condenatoria”, añade la fiscal.

La fiscal recuerda asimismo que los acusados estuvieron en prisión desde el 7 de julio de 2016 hasta el 22 de junio de 2018 y explica que la ley de enjuiciamiento criminal prevé que “si fuere condenado el imputado, la prisión provisional podrá prorrogarse hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta en la sentencia cuando ésta se hubiera recurrido”.

Por tanto, considera la fiscal, “cumplidos los requisitos exigidos en cuanto a que los imputados han sido condenados tanto en sentencia dictada por la Audiencia Provincial como en la sentencia de apelación del TSJN, que presumiblemente será recurrida en casación, y fijándose el límite máximo de la prisión provisional en cuatro años y seis meses, consideramos cumplidos todos los requisitos exigibles para modificar la situación personal de los acusados y acordar la prisión provisional de los mismos para asegurar el cumplimiento efectivo de la pena que les sea definitivamente impuesta”.

Miguel Ángel Morán, abogado de la víctima de la manada, pedirá también el ingreso en prisión de los cinco condenados, pues considera que la sentencia del TSJN por la que se ratifica la condena de nueve años de cárcel “ha reforzado los motivos” por los que deberían ingresar en prisión.

“Comportamiento intachable” para la defensa

Martínez Becerra, por su parte, ha manifestado que sus clientes no solo no han evidenciado que exista “ningún riesgo de fuga, sino que han tenido un comportamiento intachable con lo que pidió la Audiencia Provincial” al decretar su libertad provisional.

Respecto al escrito de la fiscal que solicita el ingreso en prisión de los acusados, Martínez Becerra ha señalado que “el escrito no tiene una justificación real y del propio contenido se derivan cuestiones que son bastante peculiares, como el hecho de que parezca que ya el Ministerio fiscal descarta como algo imposible la posibilidad de que el Tribunal Supremo les absuelva”. “No sé de dónde saca esa conclusión. O tiene una información política que no nos ha llegado o tiene una muy escasa confianza en el Estado de Derecho”, ha indicado.

“Hubiéramos podido entender -la petición de la fiscal- si la sentencia del TSJN fuese agravatoria al considerar agresión los hechos, pero no cuando la sentencia es en el mismo sentido. El delito es el mismo, la condena es la misma. Lo incardino todo en un seguidismo de los requerimientos políticos que desde grupos de presión se han producido”, ha asegurado.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular han anunciado además que preparan recursos ante el Tribunal Supremo para que considere agresión y no solo abuso los hechos, criterio compartido por dos de los cinco magistrados del TSJN, que emitieron un voto particular.