Por mucho que se hayan pronunciado los tribunales contra las cláusulas suelo abusivas, para eliminarlas de una hipoteca hay que reclamarlo; no se hace automáticamente. Varios colectivos implicados en este tipo de demandas realizan esta advertencia para aclarar un tema confuso, provocado por ejemplo por las nuevas sentencias. La última que ha resultado vital en Navarra ha sido la decisión de la Audiencia Provincial en la que se recoge la última posición del Supremo, que permite anular estas cláusulas de los contratos pero también fija un límite a la reclamación, ya que no se podrán solicitar devoluciones más allá de mayo de 2013. De esta forma, en la Comunidad Foral se ha abierto una puerta a la eliminación de estas cláusulas, pero también se ha cerrado otra a que se presenten reclamaciones de cantidades mayores. Y, ante este panorama, entidades como denunciascolectivas.com o Irache advierten que los bancos y cajas ahora negocian antes de llegar a juicio para eliminar las cláusulas suelo, pero entonces cabe preguntarse: ¿qué pasa con la retroactividad?
La clave de este asunto, según apuntan fuentes de denunciascolectivas.com, es que ahora las reclamaciones tienen más fuerza para ser reconocidas y, por ello, las entidades financieras plantean acuerdos (asociaciones de consumidores y otros colectivos precisamente antes cargaban contra la cerrazón de los bancos a la hora de negociar) para evitar llegar a juicio, algo que podría suponer un coste económico (por ejemplo, abonar las costas, además de las cantidades a devolver) y también de imagen.
Esta es una de las consecuencias directas, también en Navarra, de la decisión del Tribunal Supremo primero y de la posición de la Audiencia Provincial de Navarra después. El Supremo se pronunció al respecto el 25 de febrero de este año (pero la decisión se publicó en abril), tras la confusión generada en torno a estas cláusulas (uno de los consejos básicos de asociaciones de consumidores es que cada persona revise su hipoteca para saber si incluye una cláusula suelo), a menudo denunciadas por sus condiciones para las personas que debían abonar la hipoteca por su presunta falta de transparencia. Muchos de los afectados han asegurado que no sabían qué firmaban al obtener la hipoteca, mientras que las entidades financieras alegaban que las condiciones estaban muy claras en los contratos. La cláusula suelo es un límite por lo bajo, que la persona que firma la hipoteca se compromete a abonar en caso de que el índice ordinario (el más habitual es el Euríbor, aunque no es el único) baje por debajo de ese límite. También suele venir acompañado de un índice por lo alto, pero este rara vez se ha aplicado, dado el descenso del Euríbor con la crisis económica. Y de ahí la polémica, ya que en los contratos de cláusula suelo se seguía abonando una cantidad importante, a pesar de las caídas de los índices.
Ante este panorama, había diferentes posiciones de los magistrados, y en el caso de que la declararan nula (y, por tanto, sin efectos), eso conllevaba la devolución de las cantidades abonadas a las personas demandantes. Sin embargo, el Supremo puso un límite este pasado mes de febrero a esa nulidad: que no se restituirían las cantidades anteriores al 9 de mayo de 2013, que es cuando el propio Supremo se había pronunciado por primera vez sobre la transparencia de las cláusulas suelo. Y, en esta nueva decisión sobre la retroactividad, que generó controversia por los intereses que había en juego, alegó el trastorno económico que podía suponer una reclamación en masa (este miércoles, por ejemplo, está previsto que quede vista para sentencia una demanda colectiva de la asociación de usuarios de bancos Adicae y 15.000 hipotecados contra 101 bancos) de este tipo de casos. Plataformas como denunciascolectivas valoraron entonces el paso adelante que suponía unificar los criterios a este respecto en España, pero también lamentaron el paso atrás que consistía poner un límite a la retroactividad y no garantizar que una cláusula considera nula no tenga efectos, porque ¿qué pasaba con las cantidades abonadas antes de mayo de 2013?
Era, en principio, una cuestión de tiempo que en las provincias y comunidades se hicieran eco de esta decisión del Supremo (ese límite a la retroactividad también se ha fijado en Granada, Cádiz, Zaragoza, Bizkaia y, más recientemente, en Málaga y Pontevedra), y así ha ocurrido en Navarra. El 20 de marzo de 2015, la Sección Tercera de la Audiencia recogió en una sentencia esta decisión del Supremo y, en una demanda antes desestimada contra Caja Rural de Navarra, decidió finalmente dar la razón a la persona demandante, pero contemplando la retroactividad solo desde el 9 de mayo de 2013. Es decir, que solo se le devolvería los intereses pagados desde entonces, y no antes.
Miles de reclamaciones, y subiendo
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirman que, una vez pronunciada la Audiencia en esta sentencia, sienta doctrina y, por tanto, cualquier otro tipo de decisión de los tribunales en la Comunidad Foral seguirán obligatoriamente ese criterio. Hay provincias que antes no concedían la retroactividad y que ahora sí lo están haciendo, mientras en otras zonas la reclamación iba hasta el origen del préstamo y ahora solo puede remontarse a mayo de 2013.
Tras conocerse esta situación, desde la asociación de consumidores Irache (que calcula que cuenta con unas 1.000 reclamaciones en torno a cláusula suelo en Navarra, y la cifra “sigue aumentando”) apuntan que “hemos recibido llamadas de muchas personas que nos preguntaban si esto supone que se va a quitar automáticamente la cláusula suelo”. Pero desde el colectivo insisten en que informarse y reclamar es aún necesario para solventar un tema en el que, admiten, tantas informaciones siguen generando confusión. Sus consecuencias, sin embargo, sí están más claras: que cada mes se abone una cantidad mayor por la hipoteca.