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Condenado a un año y medio de cárcel el creador del 'Tour de la Manada'

El creador de la web que publicitaba falsos tours para recorrer los lugares visitados por “La Manada” durante la noche de los Sanfermines de 2016 en la que agredieron sexualmente en grupo a una joven ha sido condenado a un año y medio de prisión por la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona.

La juez considera a este madrileño de 39 años autor de un delito contra la integridad moral y le obliga además a indemnizar a la víctima con 15.000 euros “por el daño moral causado”, según ha informado el Tribuna Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, la juez destaca que, debido a la creación de la web, que se llevó a cabo entre los días 3 y 5 de diciembre de 2018, la víctima de la violación “vio agravado el trastorno de estrés postraumático crónico que padece como consecuencia de los hechos sufridos el 7 de julio de 2016”, por el que está recibiendo tratamiento psicológico de forma continuada desde septiembre de ese año.

A raíz del visionado de la web, explica la magistrada “los síntomas de la perjudicada se exacerbaron”, por lo que requirió de nuevo de la ingesta de medicamentos, de modo que hasta aproximadamente el mes de mayo de este año no ha podido recuperar “una cierta normalidad, que había alcanzado previamente a la apertura de la página”.

El creador de la web, que posteriormente había cambiado su contenido, argumentó en el juicio que todo se había tratado de un montaje para “lanzar un mensaje contra el sensacionalismo de los medios”. Una declaración que convenció al Ministerio Fiscal, que pidió su absolución, no así a la juez que explica que la agresión sexual “se convirtió por parte del autor ahora acusado en un 'jolgorio', en una ironía, lo que constituyó un sufrimiento adicional importantísimo” para la joven.

La juez explica que estos hechos son constitutivos de un delito contra la integridad moral ya que “la denunciante vio expuesto su sufrimiento, minimizado, banalizado y utilizado, en aras de una presunta crítica, en un claro desprecio a su dignidad”. La magistrada añade que en el juicio la víctima “manifestó que le avergonzó el planteamiento, la idea en sí misma, de que hubiera personas que pudieran pasearse por el lugar en el que fue objeto de la agresión”.

No hay delito de odio

En el juicio, celebrado el pasado 26 de noviembre, la acusación particular acusó al inculpado de sendos delitos contra la integridad moral y odio, por los que solicitó dos años de prisión, y un año, tres meses y un día de cárcel y una multa de 4.050 euros, respectivamente, así como una indemnización de 20.000 euros por el daño moral.

La juez no considera que los hechos puedan ser susceptibles de un delito de odio, el que sanciona a los que provoquen discriminación, odio o violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias porque, aunque dice ser “consciente de que la web en su conjunto es una impresentable valoración de un delito de agresión sexual, que constituye una falta de respeto a las víctimas de los mismos” asegura que “la exigencia legal requiere una provocación concreta a la comisión de un delito determinado, que entiendo no concurre en este supuesto”.