La presentación en el Consejo de Ministros del Anteproyecto de la Ley por la que se regulan las Enseñanzas Artísticas Superiores y se establece la organización y equivalencias de las Enseñanzas Artísticas Profesionales supone el pistoletazo de salida a la tramitación de un texto demandado durante décadas y que, por fin, pretende acabar con el desorden normativo que mantenía a las Enseñanzas Artísticas Superiores en un limbo entre las enseñanzas medias y las universitarias. A pesar de que algunos de los actuales centros de enseñanzas artísticas superiores de España datan de comienzos del siglo XIX y sus titulaciones se convirtieron en equivalentes a las universitarias con la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990, todavía quedaban muchos cabos sueltos que este nuevo texto normativo pretende atar.
Tras una lectura apresurada del anteproyecto, fruto de una consulta pública previa donde se recogieron diversas propuestas, podemos afirmar que supone un avance con respecto a la situación actual y que, esperamos, contribuirá de manera decidida al impulso de la enseñanza del arte en nuestro país.
El texto permitirá a los conservatorios y escuelas superiores integrarse en estructuras supra centros, que podrán adoptar la denominación de Campus de las Artes, y que, esperamos, servirán para potenciar los intercambios enriquecedores entre las diferentes disciplinas y para incorporar otras nuevas, como las Artes Audiovisuales, que por primera vez se incluyen entre el conjunto de las Enseñanzas Artísticas Superiores. En cuanto a gobernanza, se acercan las estructuras de los centros a las propias de la educación superior (adiós, Consejo Escolar; hola, Consejo de Centro) y se introducen nuevos órganos, como el Consejo Asesor, llamado a incorporar a la vida de los centros el enriquecedor criterio de agentes externos de la sociedad y el sector profesional.
El articulado, además, no olvida las reivindicaciones del estudiantado, potencia su participación en la vida académica y garantiza su acceso a becas en igualdad con el universitario.
Tampoco descuida a docentes ya que, por fin, se crean para los centros públicos los tanto tiempo demandados cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Enseñanzas Artísticas Superiores. Además, el anteproyecto explicita su capacidad para desarrollar la investigación y la creación en el ámbito de sus disciplinas, lo que resulta vital no solo para el avance y la innovación en el terreno artístico sino, también, para tender puentes con áreas diversas de nuestra sociedad, donde cada vez la cultura, en sus múltiples facetas, está más presente. Se incorporan también otras nuevas figuras, como las de los eméritos o visitantes, que amplían el abanico docente de los centros.
En relación al personal de administración y servicios, el anteproyecto no deja de lado su indispensable labor, y remarca la importancia de establecer sus perfiles específicos desde las Administraciones, oídos los centros, al ser las personas que garantizan que los espacios escénicos, auditorios, aulas con equipamientos singulares, talleres o bibliotecas puedan ser aprovechados por estudiantes y docentes para el desarrollo de los procesos formativos.
Por último, el anteproyecto también dedica parte de su articulado a la relación de conservatorios y escuelas superiores con el espacio universitario, lo que, esperamos, permita que aquellos centros que lo estimen conveniente puedan adscribirse a universidades y, sobre todo, que se puedan desarrollar doctorados específicos vinculados a la teoría y la práctica artística, desde los que se forme al personal investigador y docente.
El anteproyecto, aun siendo un magnífico punto de partida, contiene, no obstante, elementos que es insoslayable que sean revisados para que la norma que se propone pueda tener el efecto catalizador deseado para reconocer, acompañar e impulsar la extraordinaria labor que se realiza desde los conservatorios y escuelas superiores de enseñanzas artísticas.
A este respecto, resulta incomprensible que a los títulos de grado en enseñanzas artísticas superiores se les someta al escrutinio de la acreditación y verificación universitarias y, al mismo tiempo, no se brinde a los centros la libertad para diseñarlos, como si se trataran de institutos de educación secundaria. Es inaplazable que se otorgue a conservatorios y escuelas superiores la misma autonomía que a las universidades para proponer titulaciones de grado en enseñanzas artísticas superiores, como ya ocurre con los másteres, que respondan a los retos de la sociedad y el ámbito creativo actuales, reflejen la diversidad de centros de nuestro país y fomenten la introducción de nuevas especialidades, aún inexistentes pese a tener una presencia manifiesta en el sector artístico.
También parece razonable que esta autonomía se extienda a las pruebas específicas de acceso que deberían ser diseñadas por cada centro en atención a su identidad y singularidades, sin dejar de garantizar una evaluación en igualdad, en atención al mérito y adaptable según las diversas capacidades.
En lo que respecta a la autonomía, es imperioso en el mismo grado que se dote a los conservatorios y escuelas superiores de la capacidad para establecer y firmar convenios por sí mismos. Esto permitiría agilizar y aumentar el abanico de posibilidades para las prácticas curriculares de sus estudiantes y, además, trenzar lazos de colaboración con organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, vinculados con la formación, investigación, creación, conservación y difusión artísticas.
Igualmente es necesario que se apueste por una mayor democratización de los centros superiores artísticos, de modo que se abra la puerta a que se pueda designar a sus direcciones por medio de la convocatoria de elecciones en la comunidad educativa. Asimismo, los cargos que se ocupen de la gobernanza de los futuros Campus de las Artes deberían ser igualmente elegibles, de manera similar a como sucede en los rectorados universitarios, para evitar que sean asumidos por personas ajenas al ámbito académico artístico o impuestos desde arriba por las Administraciones.
En relación a los docentes, debe explicitarse que los nuevos Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanzas Artísticas Superiores serán equivalentes, en cuanto al tiempo de dedicación, niveles y remuneración, a los Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad. De lo contrario, seguirá siendo una tarea titánica que desarrollen la docencia en el espacio de la educación superior y la compatibilicen con la investigación y la creación, lo que ocasionaría que la inaplazable y largamente demandada equiparación de los estudios artísticos superiores a los universitarios se quedara en papel mojado. Tampoco se entiende que, en el actual Anteproyecto, la categoría de Profesores Especialistas se restrinja a los extranjeros, cerrando la puerta a la incorporación de profesionales de reconocido prestigio de nuestro país, como venía siendo habitual hasta ahora.
Esperamos que estas y otras mejoras se incluyan en el texto durante su tramitación y que, antes de que termine la legislatura, se apruebe finalmente la Ley de Enseñanzas Artísticas, saldando de este modo una deuda histórica con la formación artística en nuestro país y, sobre todo, colocándola en la mejor senda para afrontar los retos que están por venir.