Una acusación marciana

22 de abril de 2023 22:26 h

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Sé por experiencia que cuando los fiscales te dicen que están jugando limpio es mejor no darles la espalda

La historia ha recorrido las redes y las televisiones y suscitado la indignación de muchos: el lunes a las nueve y media de la mañana está señalado en Barcelona un juicio, con una petición de pena de dos años de prisión a una joven a la que un tipo le metió mano bajo la falda en un discoteca y al que ésta empujó para apartarlo; tras ese empujón él la cogió por el cuello fuertemente, lo que se dice para estrangularla, y ella le estampó en la cara el vaso de bebida que llevaba en la mano. A ella le pide la fiscal más pena que a él. Los juzgan juntos. La Fiscalía no contempla en ningún momento la eximente de legítima defensa ni completa ni incompleta, no sólo eso, considera en su escrito de acusación que ella le golpeó con el vaso “con el mismo ánimo de menoscabar su integridad física” que tenía el agresor sexual que la cogió por el cuello. 

Rebobinemos porque la cosa tiene bemoles. El relato del escrito de calificación fiscal no añade ningún otro dato. Es tal y como les acabo de contar. Si eso es lo que pasó, si no hay nada que desconozcamos y que la fiscal haya negligentemente olvidado reflejar en la acusación, ésta no sólo es marciana y errónea sino que perjudica gravemente a una sociedad ya confundida sobre los consentimientos y las defensas. Esta chica de L'Hospitalet no sólo no toleró que un agresor “con ánimo libidinoso e intención de satisfacer sus impulsos sexuales” la sobara bajo la falda sino que tampoco parecía dispuesta a que el tipo encima pusiera en riesgo su vida intentando estrangularla cuando lo apartó. Bravo por ella. Claro que después la Justicia no puede mandar el mensaje torcido de que si te defiendes, si te niegas, si dejas claro que no consientes puedes acabar siendo tú la que salga más perjudicada. No es sólo que el ministerio público pretenda que a ella la condenen a dos años de prisión y a él a quince meses sino que en su escrito le pide a la víctima que indemnice al agresor con 1.570€ por las lesiones mientras que a él se lo deja en 330€.

Una de las cosas que me han enseñado gentes que sabían mucho de Derecho es que éste en su aplicación no puede producir resultados absurdos. Si esto sucede o bien la ley está mal hecha o ha sido mal aplicada o no se han utilizado los mecanismos existentes y adecuados para matizarla. Es tan evidente que esta calificación produce un resultado absurdo que en algún punto debe de fallar. No me cabe la menor duda de que el fallo será corregido en algún estadio del proceso -que espero que sea la primera instancia- porque así está construido el sistema: los errores individuales son corregidos de forma piramidal al ser examinados por más personas en más ocasiones. Esa es la base de la imperfecta justicia humana. Lo que resulta muy difícil es corregir los estragos que estas incorrecciones van creando en el subconsciente popular, muchas veces facilitados por comentarios poco técnicos que acaban haciendo calar el mensaje de que para una mujer víctima de una violencia sexual la mejor actitud es la pasividad. 

Lo grave, lo gordo, es que un fiscal no es sólo un acusador sino que es un defensor de la legalidad y, por tanto, no puede pedir dos años de prisión para una mujer por una conducta si esta es plenamente legal. La legítima defensa es un acto legal. Lo que la fiscal describe en sus escrito es una legítima defensa de manual: hay actualidad de la agresión ilegítima -oiga, la está estrangulando tras meterle mano-; hay necesidad racional del medio empleado para acabar con la agresión y hay ausencia de provocación por parte de la mujer al agresor. En fin, no quiero ni pensar que una fiscal haya introducido ese tercer elemento en un caso como este. Ni pensarlo quiero. 

Luego están las confusiones que se crean hablando en medios y redes de la “falta de proporcionalidad” de la legítima defensa. No, en serio, lo he oído en un plató y en varios tuits. Algo así como “para defenderte de que te metan mano y de que te retuerzan del cuello no puedes cometer un mal mayor que es dejarle secuelas por cristales a tu agresor por usar un vaso”. ¡Pues claro que puedes! ¡Y para escapar de quien te tortura también puede resultar que le causes la muerte! La legítima defensa no exige de proporcionalidad sino de “necesidad racional del medio empleado”. Ese vaso que tenía en la mano, lo tenía a mano; precisamente asido en la mano, mientras la intentaban estrangular. La legítima defensa se deriva de una situación a la que ha dado lugar el agresor -como es el caso- y el medio empleado es racional porque nadie, ni la fiscal de Barcelona, podía exigirle que en esas circunstancias dejara el vaso y lo sustituyera por ¿un bolso, un libro, una flor?, en una discoteca de madrugada a la par que le estrujaban el cuello.

¿Cómo no ha visto esto tan claro la fiscal y sus supervisores y jefes? Espero que nos enteremos en el transcurso del juicio, porque no es aceptable ni el trago que está pasando la víctima ni la falsa creencia que se puede instalar en las mujeres sobre el riesgo que corren si intentan sacarse de encima a un agresor sexual que encima las agarra por el cuello. 

Por contra hace mucho tiempo que pienso que es hora de dejar de hablar de mujeres indefensas y aterrorizadas que no pueden hacer nada o que se ven en problemas cuando lo hacen. Puede pasar y pasa en algunos casos. No hay obligación de resistirse pero es perfectamente posible en muchos casos defenderse. Según el relato que nos hace la propia fiscal es lo que hizo esta chica de L'Hospitalet. Pedirle dos años de prisión por ello es un escándalo. Insisto, excepto que haya algo que no sabemos, algo que la fiscal no haya escrito debiendo hacerlo. Existiendo legítima defensa el ministerio fiscal está obligado a solicitarla. De haber algún impedimento, está obligado igualmente a argumentarlo. Nada de eso se refleja en el escrito de la fiscal, que la propia oficina de prensa de Fiscalía de Cataluña ha hecho llegar a los periodistas con todas las acusaciones de los juicios en la Audiencia de Barcelona de la próxima semana. Tampoco se entiende bien por qué el juicio está efectivamente señalado en esta instancia y no en un juzgado de lo Penal que parece el competente y al que se refiere el escrito fiscal difundido. Estoy deseando que se aclare todo esto. Pero por si les llega la onda de que si te defiendes puedes acabar tú más condenada que el agresor sepan que es una acusación marciana que tendrá que poner en su sitio el tribunal. Espero.