Consejos vendo...

Consejos vendo que para mí no tengo. Es el refrán que se me vino inmediatamente a la cabeza mientras escuchaba en directo la insólita rueda de prensa protagonizada por la Guardia Civil sobre el caso Diana Quer.

Allí estaban dos coroneles en la cima de su carrera y condecorados (adoro la palabra francesa para designar las medallas,“décoration”, que sí, significa también decoración), criticando con fineza y desparpajo al Tribunal de Justicia de la UE y sus sentencias, al legislador español con mayoría del PP y a los periodistas, todo en el mismo pack. Y lo hacían mientras daban una rueda de prensa fuera de norma, de la que apuesto no habían hablado al juez competente, y en la que surfeaban sobre la Ley de Enjuiciamiento Criminal española que impone la reserva de las actuaciones, y sobre la Directiva de la UE 2016/343 sobre refuerzo de la presunción de inocencia, y también sobre la prudencia de no hacer aparecer como culpable ante la ciudadanía a quien deberá ser juzgado por un jurado popular.

Los periodistas especializados en sucesos no perdieron la oportunidad de recalcarlo: no daban crédito, nunca habían asistido a una información tan desmenuzada y prolija sobre una investigación policial en público y en directo. Yo, mientras, me imaginaba al juez instructor del Caso Quer echando humo y no me hizo falta ser vidente, ya que hasta sus compañeros de profesión, que no entienden directamente del caso, lo echaban en las redes sociales pasmados ante lo que veían.

Más allá de que los procedimientos judiciales son siempre reservados, aunque no estén declarados secretos, como se recoge en el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es que unos policías en función de policía judicial están directamente afectados por el deber de reserva, cosa que no sucede con los periodistas. La presentación del llamado 'El Chicle' como responsable de la muerte de Diana Quer vulnera también la Directiva 2016/343 de la UE que dice textualmente en su apartado 16: “Se vulneraría la presunción de inocencia si las declaraciones públicas de las autoridades públicas o las resoluciones judiciales, que no fueran de condena, se refiriesen a un sospechoso o acusado como culpable mientras no se haya probado su culpabilidad con arreglo a la ley. Dichas declaraciones no deben reflejar la opinión de que esa persona es culpable”. Y en su apartado 17 nos explica a qué se refiere: “Deben entenderse por declaraciones... cualquier declaración que se refiera a infracción penal y que se emita por una autoridad que participe en el proceso penal como por ejemplo: autoridades judiciales, policiales u otras como ministros..). Luego nos quejamos de que condenen a España en Estrasburgo. Y esas restricciones se hacen directamente a miembros de las policías que, en ese mismo acto, pedían a los periodistas que se autorregulen incluso cuando no infringen ninguna norma o ley. Consejos vendo...

Claro, que las normativas europeas no parecieron ser muy del agrado de los mandos de la Benemérita. Al menos, algunas. En su intervención criticaron también la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que obligará a restringir el tiempo que se mantienen guardados de forma indiscriminada los datos telefónicos de todos los ciudadanos, aunque permite que estos sean preservados más tiempo por orden judicial. La Guardia Civil, en boca de sus coroneles, cree que siendo respetuosos con los derechos fundamentales de los ciudadanos “quedarán casos sin esclarecer”. Lo cierto es que ser policía en una sociedad democrática significa investigar respetando unas reglas del juego que protegen derechos que como sociedad creemos inalienables. No cabe la menor duda de que en un régimen totalitario, en el que no existen derechos para los ciudadanos, las policías pueden invadir todas las esferas, pueden usar métodos ignominiosos y probablemente el riesgo de que los casos queden sin resolver es menor, pero tampoco cabe ninguna duda de que esa no es la sociedad que tenemos ni que deseamos.

También se puso de manifiesto que la decisión del Partido Popular de legislar para acortar artificialmente y mediante ley los tiempos de instrucción era perjudicial. A ver si me entienden, a mí también me lo parece y lo he denunciado muchas veces, pero yo no soy guardia civil, soy periodista y ni tenemos el mismo papel ni las mismas obligaciones o servidumbres.

En realidad no es un hecho nuevo sino, como bien me decía ayer una magistrada, una tendencia de comunicación. Interior y la Guardia Civil también conocen la importancia de lo que los expertos han denominado “ganar la batalla del relato”. Así que se pusieron a ello. El anterior ministro ya protagonizó otro episodio. Fernández Díaz, flanqueado por la Guardia Civil, ofreció una rueda de prensa sobre el resultado de una comisión rogatoria enviada a Francia en el Caso Cordón. Dieron los datos de la casa en la que había estado retenido cerca de Lyon y precisaron detalles tan aparentemente nimios, pero llamativos periodísticamente, como las muescas que dejó Publio Cordón en la madera del armario en que estuvo encerrado para contar los días. Todo ello sin pedir permiso al juez y sin que éste hubiera interrogado aún a los detenidos. De este modo los abogados de éstos acudieron a la diligencia perfectamente instruidos del contenido de la comisión declarada secreta, que devino inútil a esos efectos. El juez llegó a abrir investigación por revelación de secretos contra el ministro pero ya imaginan que pasó con ella después de que fuera denunciado por prevaricación y la Fiscalía insistiera en que no había delito.

No seré yo quien niegue que ha habido en este caso periodistas y medios que han pisado con demasiada alegría las lineas rojas de la ética profesional. Si lo hubieran hecho de las leyes, que respondan ante ellas. Lo que me resulta un poco jactancioso es reprochar una falta de autorregulación -que podría enmascarar una petición de autocensura- a los que no tienen ciertas obligaciones legales, en el transcurso de un acto público que podría, ese sí, haber vulnerado otras.

Lo dicho. Consejos vendo que para mí no tengo.