¿Puedo odiar al ministro del Interior sin que me detenga?
¿Puedo, en uso de mi libertad de expresión, odiar al ministro del Interior, compartir ese odio con los demás, incluso incitaros a que también vosotros lo odiéis? ¿Me sirve esa libertad para desacreditar o menospreciar a Fernández Díaz? ¿Puedo hacer un chiste humillante sobre el ministro? ¿Y puedo tuitearlo? Veamos si podemos usar nuestra libertad de expresión sin que el ministro nos acuse de todo aquello que acusa a Zapata y a otros: incitación al odio, descrédito, menosprecio, humillación, tal como están recogidos en el Código Penal.
En principio, el ministro no es una víctima. Ni del terrorismo, ni del antisemitismo. Si lo fuese del franquismo, tendríamos barra libre para humillarlo, pero no es el caso. Salvada esta primera línea roja, no pensemos que ya podemos mofarnos de él alegremente, no.
Con el actual Código Penal en la mano, deberíamos tener especial cuidado con que no parezca que al meternos con Fernández Díaz difundimos “informaciones injuriosas” o provocamos “a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones” por “motivos racistas, antisemitas y otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía”. Solo faltó que añadieran la coletilla: “y cualesquiera otros motivos”, pues ahí ya cabe casi todo.
Es decir, que en el caso del ministro, ya deberíamos andar con pies de plomo si nuestro chiste, tuit o artículo se refiere por ejemplo a su mítica conversión al catolicismo más integrista durante una visita a Sodoma-Las Vegas. Cuidadito con que parezca que lo menospreciamos por su condición de miembro del Opus Dei, de misa diaria, rezo del rosario y pertenencia a grupos ultracatólicos.
Pero si además tardamos unos días en meternos con el ministro, cuidado que entrará en vigor la nueva redacción del Código Penal, que achica aun más los límites de la libertad de expresión. A partir del 1 de julio las conductas punibles serán tantas, y sobre todo tan interpretables, que la libertad de expresión se va a convertir en una pequeña nota al pie del Código Penal. De verdad, léete la nueva y extensísima redacción del artículo 510, y verás cómo corres a revisar tus tuits antiguos y borrar como loco. Porque con ese texto en la mano, un ministro talibán podría lanzarse a una cruzada implacable si le apetece.
Y esa es parte del problema: que tenemos un ministro talibán. Un integrista, si prefieren. Y quizás estoy pisando ya la difusa línea roja, pero me arriesgo. ¿De qué otra forma llamamos a un ministro que ha dicho que vive la política “como un magnífico campo para el apostolado y la santificación”? A un tipo así, que sale cada mañana de misión, lo colocas al frente de la policía y le pones en la mano un Código Penal con una manga tan ancha, y en dos días deja Twitter reducido a una sucesión de fotos de gatitos y comentarios al último Master Chef.
Antes de la ‘leyes mordaza’, ya estaba penado ofender, discriminar o incitar al odio contra víctimas y otros colectivos. Pero en casos de poca monta la interpretación de los jueces solía primar la libertad de expresión. Hasta que llegó el ministro apóstol y empezó a ver “incitaciones al odio” por todas partes: una pitada al himno, un chiste, burlas por el accidente de un avión, tuits de mal gusto, amenazas indefinidas. Y llegaron las detenciones de tuiteros: el community manager superenrrollado de la Policía se transmutó en agente que se presenta en casa de un chaval bocazas (menores de edad a veces) y lo detiene. Un chaval, o un músico, en redadas fantasmales como esa ‘Operación Araña’.
Si ya está pasando con el actual Código Penal, esperen a ver lo que es capaz de hacer con el nuevo texto un ministro apóstol, con una fiscalía a su servicio, y con asociaciones tan integristas como él dispuestas a poner la denuncia. Yo, por si acaso, declaro aquí que el señor ministro es una bellísima persona, al que deseo lo mejor. Amén.