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El decreto del Gobierno que regula los alquileres entrará en vigor este miércoles
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicará el martes 5 de marzo el decreto de medidas urgentes del Gobierno que regula las nuevas condiciones de los alquileres y limita las subidas anuales de los precios al incremento del IPC para todos los contratos nuevos. Se preveía que saliese en el BOE este sábado, pero el decreto se publicará ese día “por cuestiones técnicas de publicación”, han informado fuentes del Gobierno.
Tampoco se han publicado en el BOE de este sábado los decretos ley de igualdad aprobados ayer por el Gobierno que amplían los permisos de paternidad para fomentar la igualdad de género y contemplan la obligación para las empresas de más de 50 trabajadores de publicar sus tablas salariales diferenciadas por sexo. Según pudo saber eldiario.es, la entrada en vigor de estas medidas está prevista también para el miércoles.
Las medidas en materia de alquiler
El decreto de medidas urgentes en materia de alquiler no contempla la bonificación del 80% del IBI para el alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por el índice de referencia del precio del alquiler de vivienda. En concreto, con este real decreto, que amplía a cinco años la prórroga de la duración del contrato frente a los tres actuales, se vuelve a la situación de 1994 respecto a la toma en consideración del incremento del IPC para situar el aumento de la renta de las viviendas en alquiler, aunque en este caso el IPC no será obligatorio como entonces y solo operará “como máximo”.
Esta medida solo será para los nuevos contratos que se suscriban desde la entrada en vigor del real decreto y no tendrá efecto retroactivo, puesto que sería difícil determinar qué consecuencias podría tener si afectase a los contratos vigentes. Asimismo, esta medida, según Fomento, da más garantías sociales, a los inquilinos y no desincentiva la oferta.
Por otro lado, el decreto incluye la elaboración en un plazo de 8 meses de un sistema estatal de índices de referencia a las viviendas, que se actualizará anualmente y que se utilizará para hacer un seguimiento del mercado y servir de soporte “a medidas de carácter fiscal”.
No obstante, aunque el borrador del real decreto sí recogía una bonificación del 80% del IBI para inmuebles en alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por este índice de precios, finalmente el decreto definitivo plantea algo más genérico y da a los ayuntamientos y a las comunidades la posibilidad de que decidan su política de vivienda “de acuerdo con su marco fiscal”.
Permisos de paternidad
Los permisos de paternidad se equipararán progresivamente hasta las 16 de semanas, serán intransferibles entre los progenitores, y una parte de esas semanas podrá disfrutarse en cualquier momento del primer año de vida del bebé, según ha podido saber eldiario.es. La fórmula que este viernes saca adelante el Ejecutivo es una mezcla entre las propuestas que durante los últimos meses habían hecho el PSOE y Unidos Podemos y ve la luz después de un fuerte debate dentro del propio Gobierno.
En 2019, los permisos de paternidad serán de ocho semanas: seis obligatorias (exactamente como ocurre ahora con el permiso de maternidad) y dos, voluntarias. El de maternidad seguirá igual (seis semanas obligatorias y diez voluntarias) y la madre podrá ceder cuatro semanas al padre (actualmente puede ceder las diez).
En 2020, los padres tendrán 12 semanas de permiso: seis obligatorias y seis voluntarias. Ese año, la parte del permiso que la madre puede transferir al padre baja de las cuatro semanas a dos. En 2021 se completará la equiparación de permisos: ambos progenitores tendrán 16 semanas (seis obligatorias y diez voluntarias, el esquema actual para las madres) y ya no habrá posibilidad de que las madres cedan parte de sus semanas al padre.
Se completará, por tanto, un sistema de permisos iguales e intransferibles, una de las demandas de grupos como la Plataforma Por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción (PPiiNa), que en los últimos años ha centrado su acción en esta reivindicación como palanca para la igualdad.
Hay, además, dos novedades de calado. Mientras que las primeras seis semanas de permiso deben ser ininterrumpidas después del parto o la adopción, las diez restantes podrán ser disfrutadas en cualquier momento del primer año de vida del hijo o hija, aunque serán ininterrumpidas. Es decir, una madre o padre podrá decidir volver a su puesto a las seis semanas de vida de su hijo, trabajar, por ejemplo, tres meses, y volver a ausentarse para tomar, ya de golpe, las diez semanas restantes de su permiso.
La otra novedad es que, aunque las primeras seis semanas de permiso sí serán simultáneas para madre y padre, las diez restantes no. Ambos progenitores podrán turnarse para cuidar, de forma que el bebé podrá estar a su cargo durante más tiempo y los padres, por primera vez, tener un permiso propio que les permita quedarse a solas en el cuidado de sus hijos recién nacidos.
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