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El Constitucional obliga al Supremo a dictar otra sentencia contra los ultras condenados por asaltar Blanquerna

Los quince ultras que asaltaron Blanquerna, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Madrid.

Elena Herrera

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El Tribunal Supremo tendrá que dictar una nueva sentencia contra los catorce miembros de grupos ultraderechistas a los que condenó a penas de entre tres y cuatro años de cárcel por el asalto al centro cultural Blanquerna de Madrid en la Diada de 2013. Así lo ha acordado este martes por unanimidad el pleno del Tribunal Constitucional, que declara vulnerados los derechos a un proceso con toda las garantías y a la presunción de inocencia por la aplicación por parte del Alto Tribunal de la agravante de obrar por motivos de discriminación ideológica.

El Supremo se basó en la aplicación de esa agravante para elevar la condena de la Audiencia Provincial de Madrid. El Alto Tribunal les impuso penas que oscilan entre tres años y once meses y cuatro años y dos meses de cárcel frente a los entre los seis y ocho meses de prisión por el delito de desórdenes públicos y de multa por el delito de daños a los que les había condenado el tribunal inferior. El Supremo entendió que la conducta de los atacantes debía ser castigada con años de cárcel porque entrañaba intolerancia hacia la ideología catalanista.

Por otro lado, el Constitucional inadmite otros extremos de su recurso relativos a supuestas vulneraciones del derecho a la libertad ideológica y a la libertad de expresión que habían alegado los condenados en sus recursos. El tribunal de garantías ha adelantado este martes únicamente la parte dispositiva de la sentencia, no el texto completo.

En noviembre de 2017, la Sala Segunda del Constitucional suspendió de forma cautelar el ingreso en prisión de los condenados por este asalto a la espera del dictamen de la sentencia final sobre los seis recursos de amparo que se ha conocido este martes.

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