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Andalucía recurrirá la Ley de Tasas Judiciales ante el Constitucional

EFE

Sevilla —

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El Gobierno andaluz recurrirá ante el Tribunal Constitucional la Ley estatal de Tasas Judiciales por considerar que es un “ataque directo” al derecho a la igualdad y a la tutela efectiva consagrados por la Constitución Española.

El consejero andaluz de Justicia e Interior, Emilio de Llera, tras la reunión del Consejo de Gobierno en la que se ha autorizado la interposición de dicho recurso, ha informado de que el objetivo de la Junta es “defender los derechos de los andaluces frente a una ley injusta, insolidaria y restrictiva en derechos”.

Además, ha sostenido que con esa ley se crea una “justicia para las clases muy pobres, que no tendrán que pagar las tasas; para las muy altas, que no serán disuadidas por el precio de la tasa por su potencial económico”, mientras que perjudicará sobre todo a los niveles sociales medios y bajos.

Según el Ejecutivo andaluz, los artículos 1, 2, 3, 4 y 7 de la Ley de Tasas Judiciales vulneran el principio de igualdad y el derecho a la tutela efectiva al ampliar y generalizar el pago por el acceso a la justicia produciendo un “efecto disuasorio” para gran parte de los ciudadanos y de las pymes.

Igualmente, la Junta cree que las circunstancias económicas de los ciudadanos no deben limitar el acceso a un servicio esencial como es la justicia y que el establecimiento de barreras de pago es un “ataque al principio de igualdad”.

El titular de Justicia ha llamado la atención sobre que la ley refuerza la superioridad del empresario sobre el trabajador en el orden social, ya que para recurrir en suplicación y casación el empleado tendrá que pagar tasas.

También es “discriminatoria” la norma en el derecho contencioso-administrativo al generalizar a todas las personas físicas, con la salvedad de los funcionarios, las tasas que se venían aplicando a las personas jurídicas, lo que refuerza la posición prominente de la administración, según De Llera.

En el orden civil ha denunciado que las tasas por divorcios ordinarios fijadas en 300 euros añaden “trabas” a las mujeres víctimas de la violencia machista, si finalmente no se les exime de este pago.

El consejero ha puesto algunos ejemplos del coste para los ciudadanos del copago judicial y de que la reclamación es inferior a la propia tasa y, así, recurrir una multa de tráfico de 100 euros cuesta 200 euros; facturas de empresas suministradoras por importe de 80 euros vale 200 euros y 312 euros demandar a un banco por una factura indebidamente cobrada de 3.000 euros.

Un trabajador con un salario bruto de 1.200 euros al mes, una antigüedad de cinco años y al que la empresa le debe tres nóminas tendrá que abonar una tasa de 224 euros si el recurso es de suplicación y de 324 euros más si recurre al Supremo.

El consejero ha confiado en que el Constitucional dé preferencia a este recurso para que no tarde diez años como ha ocurrido con el recurso del Gobierno central a la decisión de la Junta de eximir de la colegiación obligatoria a los profesionales al servicio de la Administración, y que ha sido declarada inconstitucional en una sentencia conocida ayer.

El Gobierno andaluz apoya los argumentos jurídicos del recurso en la jurisprudencia del Supremo y en informes del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado en relación con la Ley de Tasas Judiciales, que ponen de manifiesto la “desproporción y posibles efectos inhibidores” de las subidas de algunas tasas.