La Audiencia de Valencia ha estimado parcialmente los recursos de la Fiscalía y la asociación de víctimas contra el archivo, en septiembre, de la ampliación de la investigación del accidente del metro de Valencia que costó la vida, el 3 de julio de 2006, a 43 personas y causó heridas a otras 47.
Así consta en el auto de la Sección Segunda de la Audiencia hecho público esta tarde por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, en el que entre otras cosas revoca el auto del Juzgado de Instrucción número 21 que archivó esa petición de investigación y ordena la práctica de once nuevas diligencias “ya que existen indicios, nuevas señales o pistas que pudieran aclarar, iluminar o ilustrar el motivo o la causa” de la tragedia.
Estas pasan por tomar declaración como testigos a los mecánicos y personal del taller que revisaron la unidad siniestrada en 2005 y 2006, y requerir a Ferrocarrils de la Generalitat (FGV) el listado de maquinistas que tuvo esa unidad desde el 20 de junio de 2006 y en concreto cuáles la conducían en los descarrilamientos previos que sufrió, que serán oídos por la jueza en calidad de testigos.
FGV tendrá también que remitir copia del informe de la avería en los frenos de la unidad siniestrada, y el Sindicato Independiente Ferroviario hacer lo mismo con la documentación que disponga sobre esa incidencia, ocurrida entre el 20 y el 21 de junio.
La jueza deberá tomar declaración como testigos-peritos a los funcionarios de la brigada de Policía Judicial que hicieron su informe quince días después de la tragedia.
Además, Siemens, como fabricante de la unidad siniestrada, habrá de informar sobre las características técnicas de ventanas y marcos y de los sistemas de sujeción de esta, así como las causas y medidas adoptadas tras el incidente con el sistema de frenado ocurrido trece días antes del accidente que tuvo lugar en la estación de Jesús.
Ferrocarrils, asimismo, tendrá que informar sobre las personas que en aquellas fechas eran responsables de revisar periódicamente y decidir la ubicación y características técnicas y de funcionamiento de las balizas de limitación de velocidad instaladas en el tramo Plaza de España-Jesús.
La Audiencia ordena también practicar nueva diligencia de investigación pericial por el mismo experto que hizo los informes anteriores “con los nuevos datos, hechos y documentos que se deduzcan de las diligencias anteriores”, para determinar si el estado de la UTA 3736 fue una de las causas del accidente.
Para la práctica de ese informe se habrá de citar a las partes personadas para que puedan hacer “las preguntas y aclaraciones que estimen oportunas”.
A lo largo de este auto, los tres magistrados de la Sección Segunda insisten en la necesidad de atender las peticiones de investigación de la Fiscalía a la luz de nuevos datos conocidos en los últimos meses y, especialmente, de satisfacer el derecho de las víctimas y sus familiares a que se agoten todas las vías posibles de investigación ante un hecho “de tan reseñable gravedad”.
“Las sospechas de veracidad de los hechos denunciados pudieran no ser contundentes; sin embargo, desde la perspectiva y a juicio de esta Sala, son suficientes para que debiera perseverarse en una indagación judicial”, señala el auto.
Insisten los magistrados en que en este caso “no se han agotado” aún los “medios razonables y eficaces de investigación”, así como que “ante la más mínima duda, hay que agotar” esta vía judicial, “buscando la verdad, dejando inocuo el más mínimo resquicio de duda frente a la actuación de personas físicas o jurídicas que puedan haber sido o no responsables de una acción que, como la presente, ha producido la tremenda cifra de 43 muertos y 47 heridos”.
Las víctimas, remarcan, no deberán nunca “ni sospechar que no se hizo lo debido” para investigar lo sucedido, y sentencian: “Jurídica y moralmente estamos obligados a ser respetuosos, considerados y tolerantes con la más mínima duda planteada por las partes”.
“No caben dudas -advierten los ponentes-, titubeos o vacilaciones, no hay que desfallecer en la búsqueda de la verdad para evitar una victimización secundaria de las víctimas del fatal accidente, personificada en ellas mismas o en sus parientes más cercanos”.