Casado utiliza un argumento falso para exculpar a Ayuso del caos en Madrid: el Gobierno no tiene “competencia exclusiva” en las pandemias

El Cazabulos

21 de septiembre de 2020 13:34 h

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En pleno caos sanitario en la Comunidad de Madrid y tras meses acusando al Gobierno de una deriva “autoritaria” por el estado de alarma que decretó en marzo para controlar la pandemia, el líder del PP, Pablo Casado, insiste ahora en cada una de sus intervenciones públicas en que la competencia de la gestión de las pandemias corresponde en exclusiva al Ejecutivo central y no a las comunidades autónomas.

Sin embargo, no existe ninguna normativa que recoja que el Gobierno es el encargado de gestionar la Sanidad en caso de pandemias, ni que durante las crisis sanitarias como la del coronavirus las comunidades autónomas pierdan la competencia en materia de salud pública que les otorgan sus respectivos estatutos de autonomía.

La ley de Salud Pública de 2011 se limita a establecer que “la autoridad sanitaria estatal tendrá facultades para actuar en las actividades públicas o privadas para proteger la salud de la población”. Esto no implica que las comunidades autónomas pierdan sus competencias. El Gobierno también es el encargado de lanzar las alertas en caso de pandemias, pero en ningún caso gestiona la Sanidad, como dice Casado, dado que se trata de una competencia autonómica.

A pesar de ello, este lunes el líder del PP volvía a insistir en esa misma idea durante una entrevista en Telecinco. “Hay que decir una cosa muy clara. La competencia exclusiva de las pandemias declaradas a nivel internacional es de los gobiernos estatales. Esto no lo digo yo sino una ley que aprobó Zapatero en el año 2011”, aseguraba Casado en la citada entrevista.

Se refería a la citada Ley de Salud Pública que, sin embargo, no sostiene semejante afirmación. La normativa tan solo circunscribe como funciones del Ministerio de Sanidad “la gestión de alertas de carácter supraautonómico o que puedan trascender del territorio de una comunidad autónoma o la gestión de alertas que procedan de la Unión Europea, la Organización Mundial de la Salud y demás organismos internacionales y, especialmente, de aquellas alertas contempladas en el Reglamento Sanitario Internacional (2005), en su caso, en coordinación con las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla”.

También corresponde al Gobierno “la coordinación y evaluación de la Red de Vigilancia en salud pública, velar para que los criterios utilizados en la vigilancia sean homogéneos, estén homologados y por la oportunidad, pertinencia y calidad de la información; la coordinación y gestión de los intercambios de la información correspondiente a la vigilancia tanto en el ámbito nacional como en el ámbito de la Unión Europea, de la Organización Mundial de la Salud y demás organismos internacionales relacionados con la salud pública”, así como “la coordinación de los mensajes dirigidos a la población en el caso de que las Autoridades sanitarias emitieran comunicados o recomendaciones en contextos de alerta o crisis sanitarias o que afecten a riesgos inciertos que pudiesen afectar a más de una comunidad autónoma”.