Es el más leve de los cohechos, pero su relevancia en la lucha contra la corrupción es total porque castiga a quien recibe regalos o dádivas simplemente por ser quien es en la vida pública. Penado con hasta un año de cárcel y hasta tres de suspensión de empleo y cargo desde 2010, el delito de cohecho pasivo impropio intenta poner coto desde la parte de los receptores a una de las prácticas en principio más sutiles que tienen los corruptores para ablandar las voluntades de los políticos: hacerles regalos más o menos cuantiosos 'a cambio de nada'. Al menos, de nada inmediato.
La cuestión de los regalos o dádivas a responsables públicos ha vuelto a la actualidad de manera reciente con los casos de los apartamentos de lujo de la cadena Be Mate, propiedad del empresario Kike Sarasola, que alojan o han alojado a políticos en condiciones ventajosas. La presidenta de la Comunidad de Madrid paga 80 euros la noche por los dos apartamentos de ese empresario en los que lleva viviendo más de dos meses. El precio de mercado para solo uno de ellos en estancias más breve estaba cerca de 200 euros la noche.
Además, eldiario.es reveló que el exlíder de Ciudadanos, Albert Rivera, vivió casi dos años mientras era diputado en un piso de 300 metros cuadrados en el centro de Madrid cedido por Sarasola. El empresario hotelero declinó explicar cuánto cobraba al político por el uso de ese lujoso apartamento turístico en el centro de Madrid, valorado en alrededor de dos millones de euros. Tampoco Rivera, que ponía al empresario como ejemplo del tipo de “emprendedores que necesita España”, aceptó dar esta información.
La “esencia” del delito de cohecho pasivo impropio es que no exige que haya una contraprestación y, por tanto, permite que haya castigo cuando no se puede demostrar que la haya habido, explica Margarita Bonet, profesora de Derecho Penal en la Universitat Autònoma de Barcelona. Otros tipos penales sí castigan de forma más severa a los funcionarios o cargos públicos que favorecen a un particular a cambio de un regalo llevando a cabo actos indebidos en el ámbito de sus funciones.
“La clave aquí es que el funcionario o autoridad se deja engatusar, encandilar y predisponer por el particular mediante un regalo sin necesidad de hacer algo concreto. Solo quiere tenerle contento para lo que pueda pasar en un futuro”, señala Alejandro de Pablo, profesor de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. “Eso es algo que destroza la confianza de los ciudadanos en sus servidores públicos porque la aceptación del regalo hace a sospechar que, en un futuro, si tuviera que adoptar alguna resolución sobre ese particular, su imparcialidad estaría dañada”, añade.
Aunque no es una figura penal excesivamente recurrente, la hemeroteca sí recoge algunos casos que obtuvieron cierta relevancia mediática. Uno de los más célebres es el llamado caso de los trajes del expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps. En enero de 2012 un jurado lo absolvió por cinco votos contra cuatro al considerar que no se podía probar que hubiera recibido prendas de vestir de empresas de la trama Gürtel que lograban contratos millonarios a dedo de la Administración que dirigía. El Supremo avaló esa decisión en abril de 2013.
El Alto Tribunal sí ratificó en 2015 la condena por este delito a su homólogo en las Islas Baleares, Jaume Matas. En este caso, por lograr que un hotelero mallorquín pagase 3.000 euros al mes a su esposa durante un año por no realizar “trabajo alguno” a través de uncontrato falso. La Audiencia de Palma había considerado probado que, gracias a su condición de máximo responsable político, percibió una “prebenda o donación” a través de un contrato simulado a su mujer.
Este también fue uno de los delitos que una jueza de Madrid atribuyó a Cristina Cifuentes y Pablo Casado por sus máster supuestamente regalados en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. La negativa del Supremo a investigar al líder del PP precedió al archivo de todo el caso Máster a excepción del acta falsificada de Cifuentes, que está pendiente de juicio.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dejó por escrito en una sentencia de junio de 2008 los requisitos del cohecho pasivo impropio: ser autoridad o funcionario en el ejercicio de sus funciones, haber aceptado una dádiva o regalo y que exista una “conexión causal” entre la entrega de esa prebenda y el oficio público del funcionario. El último de los requisitos quiere decir que sin esa especial posición de poder no hubiera habido regalo.
Esa resolución —que condenó a dos guardias civiles a los que la dirección de un club de alterne permitió no pagar consumiciones y “diversos encuentros sexuales” por su condición de agentes— también insistió en la “esencia” de este tipo penal: hay castigo sin que haya constancia de la existencia de una contraprestación directa a quien hace el regalo. “En este delito no hay algo a cambio de algo, sino que la única conexión es entre el regalo y el hecho de que el funcionario es funcionario y tiene cierto poderes decisorios en asuntos administrativos, sin necesidad de que haga o deje de hacer algo debido o indebido por su cargo”, dice De Pablo.
De ahí que algunos juristas adjudiquen a este delito la naturaleza de “peligro abstracto”, pues entienden que el buen funcionamiento de la Administración no se ha llegado a lesionar sino que únicamente se ha puesto en peligro, explica Bonet. Esta es una manera “compleja” de verlo, sostiene esta jurista, que considera que la aceptación y ofrecimiento sí suponen una lesión aunque “menos grave” del buen funcionamiento de la Administración porque parte de la base de que ésta es corruptible con facilidad y, por lo tanto, se intenta obtener rédito.
¿Soborno o acto de cortesía?
Otra cuestión clave es cómo se diferencia la recepción de un regalo que se puede considerar delito de algo enmarcado en los “usos sociales” o actos de cortesía. Por ejemplo, el Supremo rechazó en 2017 la petición de una jueza de instrucción de Lugo para investigar por cohecho pasivo impropio al exministro socialista José Blanco, al senador del PP Xosé Manuel Barreiro y a un excompañero de partido de este en la Cámara Alta, José Antonio De las Heras, a los que un empresario imputado en varias causas de corrupción regaló durante sucesivas navidades lotes de vino de lujo. El Alto Tribunal enmarcó esos regalos en la “mera cortesía”.
Bonet explica que para distinguir si es un regalo basado en la amistad o es en consideración a su cargo público para sobornar al político en cuestión o ‘tenerlo contento’ lo que habitualmente se hace es observar la dádiva desde lo que se llama la esfera de un “profano imparcial”. “No tiene tanto que ver con si la persona se puede comprar un bolso de determinada marca sino con el importe objetivo que para una un tercero ni muy rico ni muy pobre supondría comprarse ese bolso”, explica.
Dado que “no hay un criterio claro”, De Pablo sostiene que la mejor forma de evitar sospechas es entender que un funcionario no debe aceptar regalos de particulares y propone “fortalecer la AdministracioÌn puÌblica” como vía para evitar precisamente estas rendijas por la que se cuela la corrupción. “Es mejor para una sociedad que busca una Administración independiente exigir impuestos a las empresas y perseguir a aquellas que no pagan, que aceptar donaciones y regalos simbólicos; es mejor disponer de instalaciones y dependencias para los servidores públicos, que aceptar casas, instalaciones o medios de empresarios y hoteleros”, dice este experto.
De Pablo hace con esta afirmación una referencia clara a la diferencia entre la casa que usó la vicepresidenta Carmen Calvo durante su cuarentena, de titularidad pública, y los apartamentos de Isabel Díaz Ayuso. También Quim Torra hizo uso de la residencia oficial del president de la Generalitat, la Casa dels Canonges
Bonet, por su parte, considera que la fórmula para acabar con este tipo de regalos que minan la confianza de los ciudadanos en los servidores públicos es desarrollar políticas de verdadera transparencia y códigos de buenas prácticas claros. “Así estas pequeñas inversiones irían desapareciendo y las mayores serían más detectables”, asegura.