Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE
Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.
Fin del estado de alarma: más de 9.000 detenidos y 1,2 millones de sanciones
El estado de alarma por la pandemia del coronavirus llega a su fin con más de 9.000 detenidos y casi 1,2 millones de sanciones. Durante estos meses, saltarse el confinamiento ha comportado propuestas de sanción que puede conllevar multas desde los 600 euros por desplazamientos no autorizados hasta los 10.400 por organizar o participar en actividades de grupos que suponen riesgo de contagio, según una guía distribuida por Interior al mes del estado de alarma.
Este volumen se convertirá en un reto para la administración ya que, según los expertos, deberán afanarse en su tramitación si no quiere que, al menos las de carácter leve, prescriban.
Por comunidades autónomas, y con datos de mediados de junio, es Andalucía la que acapara el mayor número de sanciones, con algo más de 194.000, por delante de Madrid, con unas 183.000, y la Comunidad Valenciana (en torno a las 167.000). Las tres representan el 48 por ciento del total. Respecto a las detenciones, son también esas tres comunidades las que absorben la mayoría, con más de 1.400 en cada caso.
Apenas comenzado el estado de alarma, las redes se llenaron de vídeos con originales formas de saltarse el confinamiento. Sonado fue el caso del vecino de Murcia que sacó la basura disfrazado de dinosaurio; o de esos otros de Palencia y Monforte (Lugo) que, a falta de perro, sacaron a pasear al peluche, el primero, y a dos cabras sujetas con una correa, el segundo.
Ya en plena desescalada, la celebración de botellones, como el famoso de Tomelloso (Ciudad Real), y fiestas en los domicilios han obligado a los agentes a levantar actas de sanción.
La 'ley mordaza': base de las multas
La Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, ha sido en la que se han apoyado los agentes para denunciar al infractor, dado que no se creó ninguna norma específica, si bien algunos expertos dudan de que este régimen sancionador haya dado una “respuesta adecuada” a las infracciones y se preguntan si no hubiese sido mejor crear uno específico.
En opinión del catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia Gabriel Doménech, la regulación ha sido “insuficiente” y el Gobierno ha tratado de utilizar dicho régimen sancionador “con interpretaciones discutibles”.
Silvia Del Saz, catedrática en el mismo campo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), destaca los problemas en la tipificación de la infracción, generalmente por desobediencia, que exige un requerimiento previo, y ve camino en los recursos que se planteen.
Ambos ponen de relieve las distintas interpretaciones en torno a algún aspecto de la ley del estado de alarma, como el que indica que una vez finalice, “decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las autoridades competentes” y las medidas adoptadas en base a éstas, “salvo las que consistiesen en sanciones firmes”.
Aunque admiten que no hay jurisprudencia al respecto, más allá de que las sanciones decaigan, ambos opinan que se refiere a la devolución de las competencias que el mando único haya adquirido de forma extraordinaria con el estado de alarma.
En este caso han sido las Delegaciones del Gobierno las encargadas de tramitar las propuestas de sanción, si bien en el País Vasco y Cataluña, una vez el Ministerio del Interior dejó de ostentar el mando único el 24 de mayo, las fuerzas de seguridad autonómicas comenzaron a reportar las multas ante sus respectivas consejerías.
Mientras, en una respuesta parlamentaria, el Gobierno defiende que las propuestas de sanción han estado “plenamente fundamentadas jurídicamente” en la ley de Seguridad Ciudadana, que no exige requerimiento “más que para la sanción de conducta consistente en la negativa a identificarse”.
Y recuerda que “existe suficiente información pública para que los ciudadanos” sepan cuáles son las circunstancias que han motivado el estado de alarma y “cómo adaptar sus comportamientos” al mismo.
Pero la vulneración de las normas no solo ha devenido en sanciones administrativas, sino que los tribunales también han actuado estos meses para tratar de atajar la reincidencia con condenas, generalmente a penas leves o multas, pero que también han llevado a incumplidores a prisión.
0