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El Fiscal atribuye sedición a personas o entidades que impulsan movimientos populares y menciona a ANC y Òmnium

EUROPA PRESS

MADRID —

La denuncia por sedición que la Fiscalía ha presentado ante la Audiencia Nacional por los incidentes en Cataluña de los pasados 20 y 21 de septiembre --que por turno ha correspondido al juez Ismael Moreno-- atribuye esta conducta delictiva a las “personas que han inducido, sostenido o dirigido estas actuaciones” pero también a la “existencia de un concierto de voluntades entre personas o entidades, públicas o privadas” que con sus actos hayan impulsado movilizaciones o “movimientos populares para imponer el referéndum independentista por la fuerza de la intimidación”.

En el texto de la denuncia se pide al juez que abra actuaciones por estos hechos y que dirija oficio a la Guardia Civil para que elabore un atestado con “todas las actuaciones llevadas a cabo para impedir la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad” en cumplimiento de las resoluciones dictadas por el juez de instrucción número 13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer. Se trata del magistrado que ordenó la detención de cargos de la Generalitat responsables de la organización de la consulta ilegal del 1 de octubre.

En el escrito se cita a la Asamblea Nacional Catalana (ANC) por montar en la Rambla un puesto para voluntarios desde donde se organizaban los turnos de relevo para las concentraciones ante la Consejería de Economía y se dice también que sus voluntarios hicieron un cordón ante el edificio para evitar que la Guardia Civil se llevara a los detenidos.

Se refiere también el fiscal a las manifestaciones del presidente de esta organización, Jordi Sánchez, y del de Omnium Cultural, Jordi Cuixart, pidiendo a los concentrados que la movilización no se detuviera.

Se trata de conductas de las que es competente la Audiencia Nacional por cuanto son constitutivas de un delito de sedición y estaban anteriormente incluidas en los delitos contra la forma de Gobierno.

Según el relato de hechos que hace la denuncia, que firma el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, en el curso de práctica de una serie de diligencias de entrada y registro acordadas el pasado día 20 por el Juzgado de Instrucción nº 13 de Barcelona “una muchedumbre de personas se concentró ante los edificios registrados con la finalidad de impedir por la fuerza a los agentes de la autoridad el legítimo ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de las resoluciones judiciales”.

A continuación la Fiscalía relata los distintos incidentes por zonas, empezando por la de Rambla-Gran Vía, done tuvo lugar una concentración frente a la Consellería de Economía.

“A través de redes sociales se difundió una convocatoria para oponerse a la práctica de las diligencias”, precisa y añade que individuos que no han podido ser identificados, “aprovechando la situación (...) pincharon las ruedas de diversos coches patrulla de la Guardia Civil que estaban aparcadas frente a la Conselleria de Economia, a fin de impedir su legítima actuación.”

CITA LA ACTUACIÓN DE ANC y OMNIUM

Es en este punto en el que el fiscal se refiere a que Asamblea Nacional Catalana (ANC) montó en el número 10 de la Rambla, junto al Colegio de Periodistas un puesto para voluntarios en donde podían recoger un chaleco de diferentes colores y desde donde se organizaban los turnos de relevo.

Añade que voluntarios de la ANC “con petos de color verde, conscientes de que con ello dificultarían la intervención policial, hicieron un cordón ante la puerta de la Conselleria de Economía, para evitar que la Guardia Civil se llevara a los detenidos”.

ATAQUE AL PSC

En esos momentos se produjeron situaciones de gran tensión en Via Laietana, donde los manifestantes se sentaron sobre el asfalto delante de los coches y furgonetas de la Guardia Civil para impedir su movilidad, según detalla el fiscal, que incluye el ataque a la sede del PSC por parte de los manifestantes “llegando incluso a producirse agresiones a militantes socialistas”

Añade que a mediodía la concentración ante Economía concentraba a unas 3.800 personas y que la planificación de estas actuaciones llegó al punto de contar con voluntarios que repartían bebidas y comida a los concentrados.

El texto también incluye las manifestaciones del presidente de la ANC, Jordi Sánchez ante las 40.000 personas --según Guardia Urbana- que a las ocho de la tarde se concentraban en el lugar y al hecho de que tuviera que montarse un dispositivo por los Mossos para posibilitar la salida de los miembros de la Guardia Civil, que pudo producirse hasta las siete de la mañana del día 21.

También se refiere el fiscal a que en el exterior, tres vehículos oficiales de la Guardia Civil fueron atacados por la muchedumbre, obligando a los agentes a refugiarse en el edificio de Hacienda y añade que “la turba destrozó los tres vehículos oficiales” y otros incidentes registrados en la Consejería de Gobernación y en la sede de las CUP como consecuencia en este caso de la llegada de furgonetas de la Policía Nacional y donde se impidió el requiso de cartelería de propaganda del referéndum.

Fuera de Barcelona, el escrito cita las dificultades de los agentes en su actuación en la imprenta de Bigues i Riells donde se encontraron las papeletas del referéndum y donde cientos de manifestantes les impedían el paso.

En Sabadell, mientras se llevaba a cabo por orden judicial el registro en el domicilio particular del jefe de gabinete de Governació, Joan Ignasi Sànchez, se concentraron en las proximidades del mismo una treintena de personas en protesta por la operación de la Guardia Civil.

JURISPRUDENCIA DE 1980

Todos estos hechos son, “en principio”, constitutivos de un delito de sedición, a la que se refiere el fiscal Carballo como “forma colectiva y tumultuario de alzamiento, 'rebelión en pequeño' y que queda consumado ”cuando el alzamiento haya producido el peligro objetivo para la consecución de esos fines sediciosos“, según fijó en sentencia el Tribunal Supremo en octubre de 1980.

“La finalidad última de estas movilizaciones es conseguir la celebración del referéndum para conseguir la proclamación de una república catalana independiente de España, siendo conscientes de que desarrollan una actuación al margen de las vías legales impidiendo la aplicación del ordenamiento jurídico en su conjunto, y en particular, de la norma fundamental de todos los españoles, la Constitución”, afirma la Fiscalía.

Dice también que la sedición, según la doctrina del Supremo, se lleva a cabo realizando la conducta típica: alzarse públicamente y tumultuariamente, elemento que equivale a que el alzamiento sea caótico, anárquico, inorgánico y desordenado, “aunque nada impediría, según opinión unánime, que de ser organizado y ordenado también se aplicara el precepto analizado” y se refiere por último a la conspiración para la sedición, que debe ser igualmente investigada.