La portada de mañana
Acceder
Un día 'normal' en la zona cero: “Dormimos con un cuchillo bajo la almohada”
El material arrastrado por la DANA pudo aumentar hasta un 50% su poder destructivo
El 'Que te vote Txapote' no sirve para gestionar catástrofes. Por José Precedo

La Fiscalía comprueba si el pago de 678.000 euros de Juan Carlos I a la Comunidad de Madrid en impuesto de donaciones cubre su deuda fiscal

El abogado de Juan Carlos I realizó el miércoles una declaración ante la Comunidad de Madrid, a quien corresponde en su caso recaudar el impuesto de donaciones, y como consecuencia abonó 678.394,72 euros por cantidades no declaradas en relación con las cantidades que percibió procedentes de un empresario mexicano, amigo suyo, y que el rey había escondido a la Hacienda pública. La declaración fue presentada ante la Fiscalía en la mañana del jueves y esta comprobará a partir del viernes si esa cantidad satisface el montante del fraude que investiga Anticorrupción desde hace más de un año, según han informado a elDiario.es fuentes del caso. 

En el supuesto de que la liquidación sea correcta, la investigación a Juan Carlos I será cerrada de acuerdo a lo que establece el Código Penal. La ley establece que una regulación de las cantidades no declaradas evita la investigación judicial al sujeto siempre que se produzca antes de que le sea notificada la inspección por parte de Hacienda o la Fiscalía o la Abogacía hayan presentado una querella. Ninguno de estos dos supuestos se ha producido en el caso de Juan Carlos I. 

Fuentes de Anticorrupción aseguran que el Ministerio Público no había presentado aún una querella porque no disponía de una liquidación que reclamar al monarca emérito, esto es, que cuando Juan Carlos I ha presentado su declaración no han terminado las investigaciones para determinar cuánto debe al fisco por la supuesta donación de Allen Sanginés-Krause. El análisis de la declaración del monarca permitirá a los fiscales comprobar si es completa y si concuerda con lo que ellos han averiguado hasta ahora. El País publicó el pasado domingo que se habían producido contactos entre el abogado del rey y la Agencia Tributaria para saldar la deuda con Hacienda del rey emérito. Hacienda tampoco aclara si participó en el cálculo de la cuota que ha abonado el monarca.

En cuanto a por qué Hacienda no comunicó una inspección al monarca, las fuentes consultadas aseguran que la Agencia Tributaria no estaba realizando dicha inspección pese a que conocía por su unidad adscrita a Anticorrupción las pesquisas en torno a los gastos con las tarjetas opacas y otras cantidades procedentes del millonario mexicano. En este sentido, aseguran que Anticorrupción tampoco había solicitado la liquidación a la Agencia Tributaria porque continuaba practicando diligencias sobre las cantidades defraudadas y el origen del dinero. Entre esas diligencias se encuentran varias comisiones rogatorias al extranjero que aún no han sido satisfechas.

La Fiscalía informó al rey emérito de la investigación contra él

elDiario.es reveló el pasado 3 de noviembre que Anticorrupción investigaba los gastos del monarca procedentes de la citada donación. La Fiscalía informó oficialmente en esos días al monarca, a través de su defensa, de que estaba siendo investigado en el marco de unas diligencias relativas al uso de tarjetas con fondos opacos y otros fondos vinculados al empresario mexicano Allen Sanginés-Krause, según adelantó El Periódico y confirmó elDiario.es. La comunicación a los afectados es un trámite habitual, pero puede ser relevante por sus efectos en la regulación tributaria que Juan Carlos I presentó este miércoles. 

El Código Penal establece que el pago de la deuda tributaria exime al contribuyente de la sanción administrativa y de la actuación judicial siempre que esa confesión —y, por supuesto, el pago de lo defraudado— llegue antes de que Hacienda notifique “el inicio de actuaciones de comprobación o investigación”, de que la Fiscalía o la Abogacía del Estado formulen una querella o de que la Fiscalía o el juez “realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias”. En este caso, el monarca fue informado oficialmente por el Ministerio Público antes de haber presentado una declaración que su defensa remarcó que se había realizado “sin requerimiento previo”. 

Los fiscales del caso estudiarán si esa comunicación impide cualquier posibilidad de regularización pero no está claro que ese hecho pueda anular la declaración promovida por el monarca. Las fuentes fiscales consultadas aseguran que la jurisprudencia del Tribunal Supremo es muy garantista a este respecto y que ha fijado que para que se invalide una regularización cuando hay confesión y pago de la deuda se tiene que haber formulado una querella contra el contribuyente y que no basta con que se le haya comunicado oficialmente como ocurrió en el caso de Juan Carlos I.

El rey emérito conocía desde hace meses la investigación de la donación de su amigo Sanginés-Krause y el riesgo de que acabara en una imputación, según han asegurado a elDiario.es fuentes de su entorno. Sin embargo, Juan Carlos I solo se ha avenido a pagar su deuda con el erario público después de la comunicación formal de la Fiscalía de que estaba siendo investigado. En la causa figuran con esa condición el propio Sanginés-Krause y el coronel Nicolás Murga Mendoza, edecán del rey emérito antes de pasar a situación de retiro. Ambos fueron interrogados como investigados por Anticorrupción hace varios meses.

La Fiscalía asegura que seguirá ahondando en el origen de la donación y en la posible responsabilidad penal del donante y el presunto testaferro, papel atribuido al coronel Murga. Sin embargo, fuentes jurídicas consideran complicado que esa investigación prospere si el delito fiscal queda anulado por la declaración realizada por Juan Carlos I ya que la investigación de cualquier otro delito podría resultar “prospectiva”.

Las 70 palabras del comunicado hecho público este miércoles por el abogado del rey Juan Carlos I abren un rosario de interrogantes sobre la actividad fraudulenta de su cliente y de la actuación del Estado ante el conocimiento de la misma. El letrado Javier Sánchez-Junco se limitó a anunciar que había presentado “una declaración sin requerimiento previo” ante las “autoridades tributarias competentes” y que de la misma había resultado una deuda que ya había sido satisfecha. A esa confusión contribuye la Ley de Protección de Datos y las referencias a los datos fiscales de los contribuyentes y la decisión de la Fiscalía General de ningún extremo de la investigación a Juan Carlos I.

Un informe de Hacienda sobre el rey de 2018

Otro indicio de que Hacienda no era ajena a la situación del monarca es la respuesta que dio en septiembre de 2018 al entonces juez del caso Villarejo. Según publicó elDiario.es el pasado julio, el 4 de septiembre de 2018 (en el auto aparece 2019, pero debe tratarse de una errata), el juez De Egea libró oficio a la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) de la Agencia Tributaria (AEAT) “al objeto de recabar determinada información sobre el rey emérito”. Al día siguiente, 5 de septiembre de 2018, se produjo la respuesta de Hacienda, “en donde se señala que el rey emérito no ha presentado declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720)”, según recogió el actual juez del caso, Manuel García-Castellón, en el auto en el que ordenó en julio de 2020 la reapertura de la pieza Carol, vuelta a cerrar después. “Tampoco hay constancia de que el Rey emérito posea cuentas corrientes en el extranjero”, escribió el actual instructor del caso Villarejo en referencia al informe de Hacienda.

En una nota difundida por Anticorrupción en 2018, la Fiscalía decía algunas cosas más sobre las alusiones que Larsen hacía acerca de Álvaro de Orléans, el primo del rey del que entonces se desconocía que estaba al frente de la fundación Zagatka, de la que Juan Carlos I y Felipe VI eran beneficiarios. “Los datos son notoriamente insuficientes para avanzar en la tramitación de esta pieza, pues aluden a una posible cuestión fiscal que no es susceptible de mayores indagaciones, pues el hipotético requerimiento de información a las autoridades suizas –se desconoce incluso la ciudad o ciudades concretas- no permitiría ir más allá de lo que se conoce en el ámbito de la cooperación internacional como una ”fishing expedition“ (término utilizado para las investigaciones prospectivas, algo así como ”ir de pesca“)”.

“Todo ello”, matizaba Anticorrupción, “sin perjuicio de las actuaciones que pueda llevar a cabo en sede administrativa la Agencia Tributaria”. ¿Se produjo esa investigación administrativa de la Agencia Tributaria? Un portavoz de la misma, consultado por elDiario.es el pasado mes de julio, respondió que el organismo público nunca facilita información sobre personas concretas.

¿Quieres llevarte nuestra última revista?

Los socios y socias de elDiario.es recibirán nuestra nueva revista 'Argentina. Un país inexplicable' próximamente en su domicilio. Hazte socia/socio y te la mandamos a ti también.

Recibirás además las próximas revistas trimestrales que editemos y disfrutarás de todas las ventajas que ofrecemos a nuestra comunidad de lectores más comprometidos. ¡No te quedes sin ella!