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La familia de Franco enterrará al dictador en la cripta de La Almudena si se exhuman sus restos del Valle de los Caídos

La familia de Franco enterrará al dictador en la cripta de La Almudena si se exhuman sus restos del Valle de los Caídos

EUROPA PRESS

MADRID —

En esas alegaciones, adelantadas por La Razón, la familia de Franco insta a que si se lleva a cabo la exhumación de los restos se les entregue “de forma inmediata” el féretro con su cadáver en la basílica del Valle de los Caídos, para que, tras las honras fúnebres y oficios religiosos, se proceda a darle sepultura en la cripta de la Almudena.

En el escrito de alegaciones que la familia Franco registró este viernes en el Ministerio de Justicia plantean hasta doce motivos que, a su juicio, justifican la paralización de la exhumación.

En concreto, aseguran que el Decreto Ley aprobado para exhumar a Franco “no cumple” los requisitos de “extraordinaria y urgente necesidad” para que la exhumación se haya decidido a través del art. 86.1 de la Constitución; y que implicaría una “apropiación indebida” del derecho de disposición sobre dicho cadáver y “vulnera claramente el derecho fundamental a la intimidad persona y familiar”.

Los familiares de Franco señalan que el derecho fundamental a recibir sepultura de acuerdo a sus convicciones religiosas está directamente relacionado con el de no ser “removido o privado de la misma por motivos que no sean de orden público”. “Se viola este derecho al no existir justificación alguna de orden público que justifique dicha medida y haber sido promovida desde el Gobierno actual por motivos exclusivamente ideológicos y con la intención no velada de vejar y humillar en su cadáver a la figura histórica”, apuntan.

Además, las alegaciones presentadas reflejan que el Gobierno y la Administración General del Estado “carecen absolutamente de jurisdicción” en el interior de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos“, por lo que no puede proceder a la exhumación de cadáver alguno sin la autorización de la autoridad eclesiástica correspondiente.

La competencia en materia de sanidad mortuoria está, según la familia del dictador, conferida a la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias propias de las entidades locales, por lo que el Real Decreto Ley, en cuanto se refiere a la exhumación de restos mortales, “invade competencias que no le son propias, vulnerando así el artículo 149.1.16 de la Constitución”.

La exhumación de un cadáver embalsamado como el de Franco, requiere, según sostiene en las alegaciones, de una autorización sanitaria que sólo puede solicitar la familia del difundo. Asimismo, el escrito censura que el procedimiento se refiera “única y exclusivamente” a los restos mortales del dictador, a pesar de que en el Valle de los Caídos se encuentran los cadáveres de más personas, religiosos y seglares, “que no pueden considerarse fallecidos a consecuencia de la Guerra Civil”.

La familia resalta que la exposición de motivos que precede al decreto y la parte dispositiva del mismo “son discordantes”, ya que la primera, en su opinión, tiene un “marcado contenido político y personal”, mientras que en la segunda “desaparece cualquier mención al general Franco”.

Para la familia de Franco, el procedimiento “vulnera” la disposición adicional incluida en el Decreto del Gobierno al no haber tenido en cuenta “que existen muchos otros enterramientos en el Valle de los Caídos de personas que no fallecieron a consecuencia de la guerra”, y que, por tanto, la exhumación de Franco “debe efectuarse de forma simultánea a la de los demás inhumados que estén en su misma situación”.

En este sentido, los abogados de la familia Franco destacan la “indeterminación” en la que incurre el decreto a la hora de establecer “el hecho jurídico” sobre el que se basa la exhumación al no precisar qué entiende el Gobierno por “personas fallecidas como consecuencia de la Guerra Civil”.

Por otro lado, el escrito recuerda que sigue vigente en el Código Penal el delito de profanación, el cual “no puede modificarse por un decreto”. “El respeto debido a la memoria de los muertos es el que exigen sus familiares y las condiciones dignidad y respeto son derechos irrenunciables e inalienables de los allegados, no pudiendo el Estado establecer un baremo objetivo de dignidad y respeto”, subraya la familia del dictador.

Por último, los abogados de la familia Franco consideran que el decreto del Gobierno se convertiría en constitucional si, de cara a posibles enterramientos futuros, “sólo deberían poder ser inhumados en el Valle personas fallecidas a consecuencia de la guerra”; y, en lo que se refiere a los enterrados actualmente allí, “sólo podrán ser exhumadas las personas cuyas familias hayan dado su visto bueno y siempre que lo permita la autoridad eclesiástica”.

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