“Cualquiera que ha tenido una inspección sabe que Hacienda hace una acusación y luego él tiene que defenderlo. Es una inspección salvaje, sacada de quicio”. Los datos desmienten la declaración hecha por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, para defender el caso de presunto delito fiscal por el que ha sido denunciado su novio ante la Fiscalía. El primer día que hizo declaraciones tras publicar elDiario.es la exclusiva el pasado martes 12 de marzo, Díaz Ayuso quiso enmarcar el caso de su pareja en un procedimiento habitual, pero los datos de la Agencia Tributaria –organismo dedicado a la recaudación y prevención del fraude dependiente del Ministerio de Hacienda– desmienten que casos como el de su novio sean lo normal en las inspecciones fiscales.
Según la última memoria anual hecha pública por la Agencia, en 2022 –el año en que se inició y notificó la inspección a la pareja de la presidenta– se investigó a un total de 28.692 contribuyentes, que acabaron liquidando deudas por valor de más de 5.000 millones. La gran mayoría de inspecciones acaban con el reconocimiento del contribuyente, en cuyo caso paga lo defraudado más la multa correspondiente. Si hay discrepancia, el contribuyente puede recurrir al tribunal económico-administrativo, dependiente de Hacienda. Si el contribuyente sigue sin estar de acuerdo, se va a un proceso contencioso de la justicia ordinaria, que decide quién tiene razón.
El caso de Alberto González Amador no es ninguno de estos, sino el de una minoría de inspeccionados en los que la Agencia Tributaria observa que, además de haber pagado de menos han podido cometer un delito. Como la propia memoria oficial recoge, la inspección “también pueden finalizar con la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal cuando, en el curso de las actuaciones, se aprecian indicios de delito contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales o contrabando”. El caso de la pareja de Ayuso es de presunto delito fiscal contra la Hacienda Pública (en realidad dos delitos, uno por cada ejercicio investigado) y otro por falsedad documental (falsificación de facturas). Para que un fraude acabe en Fiscalía –que en este caso, a su vez ya ha presentado denuncia ante la justicia ordinaria–, requiere que se haya defraudado más de 120.000 euros y que además se aprecie dolo, es decir voluntariedad y deliberación para defraudar.
Según esos datos oficiales, “en 2022, se han remitido al Ministerio Fiscal 184 informes de delito fiscal, siendo el importe global de cuotas defraudadas de 612,33 millones de euros”. Aunque puede que una inspección se inicie en 2022 y la denuncia se haga al año siguiente, las cifras cada año se mantienen relativamente estables (en 2021 llegaron a Fiscalía 179 casos por importe de 156,31 millones de euros), de manera que cogiendo datos de contribuyentes investigados en 2022 y casos que se denunciaron ese año, solo el 0,65% acaba en denuncia por delito. Es decir, casos de presunto fraude de gravedad que puedan revestir delitos penales, como el caso de González Amador, son una minoría.
Pero, ¿cómo dieron con él y por qué es uno de los casi 29.000 investigados? La inspección de la Agencia utiliza análisis informáticos y programas para cruzar bases de datos de manera automática y programada para dar con los contribuyentes en los que se observan parámetros de riesgo. En su plan de 2024, el organismo hace hincapié en que “las bases de datos de la Agencia Tributaria es uno de los pilares básicos de nuestro sistema tributario. El sistema de información, asistencia y análisis de riesgos se debe asentar en unas bases de datos amplias y de calidad. Del mismo modo es prioritario disponer de un censo de empresarios, profesionales y retenedores correcto y actualizado”.
Una de las alertas que saltan al manejar esas bases es, por ejemplo, que tu empresa facture seis veces más y que, sin embargo, no aumenten proporcionalmente tus beneficios. Es el caso de la pareja de Ayuso. Carlos Cruzado, inspector, presidente de los inspectores de Gestha y autor del libro Los ricos no pagan IRPF, explica que “normalmente saltan unas alarmas de sospechosos, lo que llamamos perfiles de riesgo”, es decir, personas que, por las incongruencias de sus datos fiscales o sus comportamientos de gasto e ingreso, es probable que estén defraudando o dispuestas a defraudar. En cuanto al método empleado por González Amador, este experto lo considera poco sofisticado: “Uno se puede encontrar entramados societarios complejos, o facturas que responden a servicios que es difícilmente demostrable si se prestaron o no”. Por ejemplo, en el fraude se suele usar el concepto de servicio de consultoría o elaboración de informes para emitir facturas falsas, ya que es un trabajo intelectual cuya tarificación tiene elementos subjetivos.
Según ha publicado elDiario.es, Amador emitió facturas por ejemplo a Costa de Marfil por gastos de 900.000 euros en una operación para vender al gobierno marfileño vacunas que nunca entregó porque la operación se frustró. O pagó por servicios que no se prestaron en empresas de sectores diferentes al suyo que han admitido que no dieron a Amador ningún servicio. Una de ellas, en México, cuyas autoridades confirmaron a Hacienda que no consta nada en sus registros. “Es una actuación bastante burda”, califica Cruzado. Seguir el rastro de las facturas de este tipo es fácil porque es demostrable que no hay bienes adquiridos ni servicios.
El intento de rebajar beneficios en sociedades es un tipo de fraude que tiene en la diana la Agencia Tributaria, según los planes generales que cuelga en el Boletín Oficial del Estado todos los años. “Se seguirá con la comprobación de aquellas entidades que han sido creadas instrumentalmente con el único fin de emitir facturas irregulares para ser deducidas por sociedades operativas”, dice su plan de 2024. Incluye también poner el foco en las criptomonedas, mejorar el cruce de información internacional o vigilar “la simulación de la residencia fiscal de algunos contribuyentes por la diferente tributación existente en una Comunidad Autónoma distinta de la real, con la intención de aprovecharse indebidamente de una inferior tributación”. Además de estos planes anuales conocidos, “luego hay otros planes específicos que no se hacen públicos, con áreas preferentes de investigación, además de los casos que van saltando”, explica Cruzado.
En los ejercicios de 2020 y 2021, saltaron todas las alarmas con las empresas de Alberto González Amador, que además intentó retirar facturas ya emitidas mientras estaba en proceso de inspección de la Agencia Tributaria. Al tirar del hilo, según el expediente trasladado a la Fiscalía por los indicios de delito, encontraron sociedades vacías, un entramado de más empresarios y gastos que no encajan con servicios.
El artículo 305.1 del Código Penal castiga con penas de uno a cinco años de cárcel a quien eluda el pago de impuestos disfrutando “indebidamente” de beneficios fiscales y lleva aparejado también una pena de multa, que puede ir de la mera cuantía defraudada a multiplicar por seis esa cantidad. En este caso, por tanto, podría alcanzar los dos millones de euros si se tomara como referencia la parte más alta de la horquilla. El artículo 392 del Código Penal al que apunta la Fiscalía en su querella, impone, en solitario, penas de cárcel de entre seis meses y tres años, además de multas con cuotas de hasta 12 meses, a quien cometa en documentos públicos, oficiales o mercantiles “algunas de las falsedades” prohibidas.
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En elDiario.es somos conscientes de que publicar noticias como esta no es fácil, que puede haber consecuencias. Al menos ya sabemos a qué nos enfrentamos esta vez. Nos lo han dejado claro y por escrito: “Os vamos a triturar, vais a tener que cerrar”. Las amenazas de Miguel Ángel Rodríguez, la mano derecha de la presidenta de Madrid, no son solo un calentón. No es siquiera la primera vez que recurre a presiones así para evitar que se publique una información.
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