Los seis indicios contra Cristina Cifuentes
Los agentes resumen los seis indicios que les hacen concluir que el comité de expertos que presidía Cifuentes amañó el contrato en favor de la empresa de Arturo Fernández como contraprestación a sus donaciones al PP. Estos son esos indicios:
- En los Pliegos Administrativos se incluyeron criterios de solvencia técnica acumulativos con exigencia de clasificación que restringieron la concurrencia de empresas a la licitación.
- En los Pliegos Administrativos se han incluido criterios de valoración de las ofertas contrarios a Derecho: valoración de la experiencia, valoración de mejoras ofertadas sin haberse estas concretado previamente, inclusión de fórmulas que desnaturalizan el componente económico.
- Arbitrariedad en las valoraciones efectuadas por el comité de expertos. Destaca la inclusión de subcriterios utilizados por el comité de expertos para fundamentar las valoraciones que no fueron publicados en los pliegos y por tanto eran desconocidos por los licitadores cuando presentaron sus ofertas.
- Arbitrariedad a la hora de valorar hechos de idéntica similitud para favorecer o penalizar según a qué empresa; es decir, trato diferente para situaciones idénticas.
- A una de las empresas licitadoras se la valora con cero puntos en dos criterios de valoración (30 puntos en juego), alegando el comité de expertos en su Informe, que la misma fue puntuada con cero puntos porque no presentó ningún tipo de documentación al respecto. Oídos representantes de la empresa en declaración manifestaron no ser cierta la aseveración del Informe del comité de expertos y facilitaron a esta Unidad la documentación que presentaron en su día y la certificación de la misma por su asesoría Jurídica. Ambos técnicos que desconocían las puntuaciones finales otorgadas sobre esos criterios de valoración no se explican lo sucedido.
- Coincidencia integrantes del órgano de contratación y del comité de expertos con miembros de Patronato FUNDESCAM e integrantes del Comité de Campana como son Cristina Cifuentes, quien compatibilizó el ser miembro del comité de expertos con la de ejercer como Presidenta de la Mesa de contratación, circunstancia contraria a Ia legalidad y que vulnera la imparcialidad que debe presidir la actuación de la Presidenta de la mesa de contratación. La sitúa además como interviniente en las valoraciones arbitrarias y en Ia aprobación de esas mismas valoraciones efectuadas por Ia mesa de contratación en una decisión con potestad resolutoria. Asimismo pertenecía al Patronato de FUNDESCAM cuando se efectuaron las aportaciones de 160.000 euros del empresario y que fueron destinado a sufragar gastos de campana y perteneció al comité regional de Campaña del Partido Popular de Madrid en los referidos comicios.