El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha asegurado este martes que el rey emérito tendría que haber declarado “como imputado” por la donación de 1,5 millones de euros que le hizo a la infanta Cristina para comparar el palacete de Pedralbes.
Preguntado en una entrevista en Al Rojo Vivo de La Sexta por las declaraciones del exfiscal Pedro Horrach de que el Juan Carlos I tendría que haber tenido que declarar “como testigo” si su figura “no fuera inviolable”, Castro ha señalado que “más que como testigo”, el monarca tendría que haber declarado “como imputado”. “Don Juan Carlos tendría que haber declarado más como imputado que como testigo teniendo en cuanta que hay un préstamo hecho a su hija”, ha apuntado el juez instructor.
El exfiscal del Caso Nóos, Pedro Horrach, afirmó este lunes que la inviolabilidad de la que goza el rey, según el artículo 56 de la Constitución, debería estar sujeta a “límites determinados” tras la implicación de la corona en el Caso Nóos en el que Juan Carlos I no pudo declarar en los juzgados porque así se establece en la 'Carta Magna'.
“Esa donación pudo ser delito fiscal”, asegura Horrach en una entrevista con el diario El Mundo, en la que señala que el delito está prescrito y que no pudo sentarse en el banquillo de los testigos porque su figura es “inviolable”.
El Tribunal Supremo ha rebajado este martes en cinco meses la condena de seis años y tres meses de cárcel a Iñaki Urdangarin por el caso Nóos. Por unanimidad, la Sala de lo Penal le impone una condena firme de cinco años y 10 meses de cárcel por malversación, prevaricación, fraude, dos delitos fiscales y tráfico de influencias.
Ahora la Audiencia de Baleares tendrá que decidir sobre su ingreso en prisión, pero la rebaja mínima de Urdangarin apunta a que su ingreso en prisión puede ser inmediato, aun si su abogado decide recurrir al Constitucional o solicitar un indulto, según fuentes jurídicas.
Asimismo, el Alto Tribunal mantiene la responsabilidad de partícipes a título lucrativo de Ana María Tejeiro y Cristina de Borbón en el delito de malversación y fraude de sus maridos, pero no en los delitos fiscales.
La consecuencia de esta decisión es que tanto Iñaki Urdangarín como Diego Torres deberán asumir en su totalidad el pago de lo defraudado, que en el caso de este último y en el de su esposa ya está consignado, como resaltaba la sentencia recurrida.
El tribunal da la razón en este punto a Ana María Tejeiro, y por extensión a Cristina de Borbón, quien había decidido no recurrir, al considerar que no existen precedentes de que se haya aplicado la responsabilidad civil a título lucrativo en un delito fiscal. En el caso de Cristina de Borbón, la cuantía asciende a 136.950 euros, y en el de Ana María Tejeiro, a 172.550 euros.
La consecuencia es que Cristina de Borbón ve reducida su multa en 128.138 euros y Ana María Tejeiro 172.384 euros, en lo que se refiere a las indemnizaciones fijadas por los delitos contra la Hacienda Pública por el que también fueron condenadas sus parejas.