Interior recurre el fallo sobre Pérez de los Cobos alegando que no puede haber “control judicial” sobre un puesto de confianza
El Ministerio del Interior ha recurrido la sentencia que condenó a este departamento por el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid y que obliga a su restitución. En su recurso, la Abogacía del Estado insiste en que el departamento que dirige Fernando Grande Marlaska cesó al coronel del puesto de libre designación que ocupaba como consecuencia de una “pérdida de confianza” por no estar de acuerdo con su forma de “proceder” y niega que se hiciera uso de esa potestad administrativa “para un fin distinto del legalmente previsto”.
El recurso de la Abogacía del Estado expone las razones que, según Interior, le llevaron a perder la confianza en el coronel y se opone a que, tratándose de un puesto que requiere de la máxima confianza, no pueda ejercerse desde el poder ejecutivo total libertad en el momento de la destitución. “La suficiencia de un comportamiento para generar una pérdida de confianza no puede ser objeto de control judicial, ya que, de lo contrario, estarían controlándose las condiciones subjetivas determinantes de la confianza”, se puede leer en el recurso, al que ha tenido acceso elDiario.es.
La sentencia, del pasado 31 de marzo, estableció que la “motivación” que llevó a su cese fue “ilegal” porque Pérez de los Cobos cumplió con su obligación al no informar de las pesquisas sobre el 8M, que afectaban al entonces delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, porque la instructora de ese caso le había impuesto el deber de reserva. De hecho, el juez afirmó que el coronel “podría” haber cometido un delito de haber comunicado a sus superiores el desarrollo de esas actuaciones. Esa investigación mantuvo imputado a Franco por no haber prohibido los encuentros multitudinarios que tuvieron lugar en los nueve días previos al estado de alarma, entre ellos la marcha feminista. En la resolución del cese firmada por la directora de la Guardia Civil, María Gámez, se indicaba que el motivo del cese había sido la negativa del coronel a informar sobre investigaciones en curso.
Interior, sin embargo, insiste en su recurso en que el motivo del cese fue la pérdida de confianza por dejar de informar de “incidencias relevantes” y cuya comunicación “no constituye ninguna contravención de la legislación aplicable o de las órdenes de la magistrada”. De hecho, asegura que el coronel informó hasta en cuatro ocasiones de incidencias sin poner objeción alguna y “cambió unilateralmente su comportamiento por algún motivo”.
En concreto, siempre según Interior, el cese fue motivado porque Pérez de los Cobos no informó a la cadena de mando de la “entrega” a la jueza de un informe de la Unidad de Policía Judicial de la Comandancia de Madrid que apuntaba al entonces ministro Salvador Illa y Fernando Simón por permitir el 8M, del que “se tuvo que enterar por la prensa” cuando lo publicó en El Confidencial el 22 de mayo. Y asegura que cuando se le preguntó tras la “filtración” de esa información, el coronel contestó que “ni conocía ni debía conocer nada”.
Este hecho motivó la “pérdida de confianza” que alegó el ministerio, que reitera en su escrito de apelación que la solicitud de información “tampoco fue caprichosa, sino motivada por una filtración a la prensa de una investigación sobre un suceso de trascendencia que afectaba a personas de relevancia pública” e insiste en que no hubo ninguna “petición ilegal de información”, por lo que su destitución no fue en ningún caso un “ejercicio de arbitrariedad”, sino que tuvo una motivación “real y legal”.
El recurso mantiene un tono elevado en el fondo y la forma contra la sentencia del titular del Juzgado número 8 de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Celestino Salgado. De hecho, pide anular su fallo y le acusa de haber vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de Interior por haber incluido en el relato de hechos probados manifestaciones de Pérez de los Cobos que, según Interior, “contradicen el resultado de la prueba practicada”.
Asimismo, el recurso presentado por la Abogacía del Estado asegura que el fallo infringe la normativa sobre ceses en puesto de libre designación, recogidos en la Ley de Personal de la Guardia Civil; así como la normativa y jurisprudencia aplicables al funcionamiento de la policía judicial y al cese en puestos de libre designación en la Administración.
También rebate la supuesta desviación de poder: “No se ha hecho uso de la potestad administrativa para un fin distinto del legalmente previsto, sino como consecuencia de la disconformidad con el proceder del jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, que ha motivado la pérdida de confianza de la directora de la Guardia Civil, del secretario de Estado de Seguridad y del ministro del Interior”.
17