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El Poder Judicial anula la multa de 1.500 euros al juez que encarceló a Juana Rivas por desvelar datos de sus hijos

Manuel Piñar.

Elena Herrera

19 de marzo de 2025 16:45 h

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El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado anular la sanción de 1.500 euros que el anterior mandato del órgano impuso a Manuel Piñar Díaz, el juez de Granada que dictó la primera sentencia contra Juana Rivas, por desvelar en un periódico datos personales de uno de los hijos de la mujer. La decisión de aceptar el recurso de alzada presentado por Piñar se ha tomado por unanimidad de los miembros del pleno, formado por diez vocales conservadores y diez progresistas y la presidenta, Isabel Perelló, informan a elDiario.es fuentes del órgano de gobierno de los jueces.

El 12 de junio de 2024, la Comisión Disciplinaria del CGPJ le impuso la citada multa al considerarlo autor de una infracción grave de la ley del Poder Judicial por haber revelado “fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función”. Por cuatro votos a tres, el órgano consideró probado que el magistrado envió un comunicado al diario ABC —que el periódico publicó bajo el título “NOTA Manuel Piñar”— en el que revelaba datos sobre unos presuntos abusos sexuales que habría sufrido uno de los hijos menores de Rivas.

Según la resolución que le impuso la multa, el magistrado, ya jubilado, decidió emitir ese comunicado después de que su decisión de rechazar que Rivas saliera de la cárcel después de que el Gobierno le concediera el indulto parcial fuera objeto de críticas por determinados sectores. El anterior CGPJ, determinó que el “deber de reserva” del magistrado “no desaparece” aunque los hechos ya se hubiera divulgado por otras vías, tal y como intentó alegar sin éxito ante la autoridad disciplinaria del CGPJ.

“Era sabedor de determinadas circunstancias —que afectaban a un menor—, por ser el encargado de conocer del procedimiento donde tales datos o hechos obraban; pese a ello, los trasladó a un medio de comunicación con el fin de justificar el sentido de un pronunciamiento judicial”, recogía la resolución sancionadora que ahora queda anulada.

Sin embargo, la resolución que ahora anula esa multa sostiene que no está “plenamente acreditado” que fue el juez quien envió ese comunicado —algo que él niega—, pues no consta el correo electrónico por el que fue remitida, ni aparece firmada por el juez, ni, consta dato alguno que permita afirmar su autoría. Además, la resolución sostiene que esos datos fueron previamente revelados a la prensa por la defensa de Rivas. En consecuencia, añade, “difícilmente se puede hallar en la conducta enjuiciada la voluntad de revelar lo ignorado o secreto, que ya era de público conocimiento”. La Fiscalía también pidió aceptar el recurso de Piñar.

El pasado diciembre, el juez reclamó al CGPJ que le indemnizara con 100.000 euros por supuestos “daños y perjuicios” y como compensación por las cantidades económicas que va a dejar de percibir por su decisión de jubilarse de forma anticipada. El juez consideró que la sanción que le había impuesto el órgano y otra investigación disciplinaria a la que le sometió por verter en su Facebook comentarios machistas e insultos contra miembros del Gobierno —y que no derivó en sanción— perjudicó su “salud física y emocional” y su “honor y consideración pública”, lo que le llevó a pedir la jubilación anticipada y reducir sus ingresos. Entonces, el actual pleno rechazó indemnizarle por unanimidad.

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