El Poder Judicial vuelve a designar a los mismos jueces cuyo nombramiento anuló el Supremo
Ricardo Cuesta y Fernando Marín volverán a ser magistrados del Tribunal Supremo. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con amplio respaldo, ha acordado en un pleno ordinario celebrado este lunes asignarles de nuevo las dos plazas en la Sala Militar que ocupaban hasta el pasado abril, cuando el Alto Tribunal anuló sus nombramientos tras constatar diversas irregularidades en el procedimiento de adjudicación y dio un mes al órgano de gobierno de los jueces para repetirlo.
Aunque las sentencias que declararon nulos esos nombramientos se dictaron diez días después de la entrada en vigor de la reforma que impide al CGPJ hacer nombramientos con el mandato caducado —situación en la que está este órgano desde diciembre de 2018—, el Supremo indicó que esa reforma no podía afectar a sentencias firmes que retrotraían actuaciones a un momento anterior a su aprobación. Y dio un plazo de un mes al CGPJ para que repitiera el procedimiento “conforme a derecho” en las circunstancias y condiciones existentes en aquel momento. A petición de uno de los candidatos, la Sala incluso dictó un auto posterior en el que señaló la “irrelevancia para el litigio” de esa reforma y reiteró que las sentencias debían ejecutarse en sus propios términos en el plazo fijado.
A este mandato se ha acogido la mayoría del pleno para aprobar la adjudicación de las plazas. La elección de Fernando Marín ha salido adelante con 18 votos a favor y la de Ricardo Cuesta con 15, pues tres vocales —Nuria Díaz, Carmen Llombart y Wenceslao Olea— han respaldado a Carlos Melón, que fue el aspirante que impugnó ante el Supremo ambos nombramientos. Además, los vocales Roser Bach, Enrique Lucas y Concepción Sáez, pertenecientes al sector progresista, han votado en blanco en ambas designaciones.
“Amigable componenda”
Los jueces de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo anularon los nombramientos de Cuesta y Marín que el CGPJ había hecho en noviembre de 2019 —con el mandato caducado— tras haber constatado irregularidades en la confección de las ternas, de las que se dejó fuera a candidatos considerados “idóneos”; y la omisión de tres informes preceptivos fijados en las bases de la convocatoria.
En la sentencia relativa al nombramiento de Marín, los magistrados cuestionan que la Comisión Permanente —encargada de elegir las ternas de aspirantes sobre la que después decide el Pleno— propusiera únicamente a dos candidatos para cada una de las plazas pese a que consideraba “idóneos” y “con potencialidades muy similares” a cuatro. “Lo que no podían hacer era prescindir lisa y llanamente de las exigencias legales y hacer una amigable componenda con ambas plazas, dos candidatos para cada una de ellas, decisión que abre la puerta a todo tipo de posibles especulaciones sobre la selección de cada una de las duplas”, sostiene la resolución.
Por otro lado, los jueces entendieron que el CGPJ también infringió el procedimiento para cubrir dichas plazas al omitir el trámite de recabar tres informes preceptivos —de la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central, del Presidente de la Sala Quinta del Tribunal Supremo y del Ministerio de Defensa— contemplado en las bases de la convocatoria. La Sala indicó que una vez incluida su exigencia en las bases con carácter preceptivo, no se puede prescindir de ese elemento del procedimiento mes y medio más tarde. “Fuera cual fuera la razón por la que no se solicitaron los informes, no puede admitirse que en tan breve lapso de tiempo los mismos hubiesen pasado de ser útiles a prescindibles hasta el punto de no ser siquiera solicitados”, sostuvieron los jueces.
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