El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha citado como investigados, el 10 de octubre, al exseleccionador femenino de fútbol Jorge Vilda y a los directores de la Selección masculina, Albert Luque, y de Marketing de la RFEF, Rubén Rivera, en la causa que se sigue por el beso no consentido de Luis Rubiales a la jugadora Jennifer Hermoso en la final de pasado mundial y en la que se investiga presuntos delitos de agresión sexual y coacciones.
Según informa la Audiencia Nacional, Vilda ya tenía la condición de investigado antes de la citación, mientras que Luque y Rivera han pasado de su condición original de testigos a investigados, de acuerdo a las diligencias que se vienen practicando. El pasado lunes declararon como testigos el hermano de la jugadora, Rafael Hermoso, y una amiga de la jugadora.
De Jorge mantiene las citaciones previstas para mañana como testigos de la jefa de prensa de la selección femenina, Patricia Pérez, y del exdirector de Integridad de la RFEF, Miguel Caba, quienes declararán a partir de las 10 de la mañana.
El pasado lunes, el hermano de Hermoso y la amiga de la jugadora ratificaron y ampliaron lo manifestado por la futbolista en su declaración ante la Fiscalía, “tanto en lo referente a la falta de consentimiento en el beso, como en las coacciones”, según fuentes jurídicas. En esa declaración, Hermoso afirmó que tanto ella como su entorno más próximo —familia y amistades— sufrieron “una presión constante y reiterada” por parte de Rubiales y el entorno profesional de este para que “públicamente, justificara y aprobara el acto cometido contra su voluntad”.
El magistrado acordó una batería de citaciones de testigos tras haber interrogado el viernes 15 de septiembre al expresidente de la RFEF. En su declaración, Rubiales negó la falta de consentimiento y que hubiera hostigado a la futbolista. Como medidas cautelares, el juez prohibió al expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) acercarse a menos de 200 metros de la jugadora y comunicarse con ella mientras avanza la investigación.
Además del hermano y una amiga de la jugadora también han comparecido este lunes dos peritos que han ratificado un informe aportado por la defensa de Rubiales. Según El Español, uno de esos peritos es experto en lectura de labios. Las fuentes consultadas amplían que esa pericial de parte analiza el momento previo al beso para tratar de descifrar si Rubiales y Hermoso hablaron y, en ese caso, qué se dijeron. La defensa pretende, de esta forma, apuntalar la tesis del expresidente federativo de que fue un beso de mutuo acuerdo. Según su versión, ella le dijo “eres un crack”. Y fue cuando entonces él le preguntó “¿un piquito?”, a lo que ella respondió “vale”.
Por otro lado, el juez ttenía previsto interrogar mañana jueves a varios cargos de la RFEF. A saber: el director de Marketing, Rubén Rivera; la jefa de prensa de la selección femenina, Patricia Pérez; el director de Integridad, Miguel García Caba; y el director de la sección masculina, Alberto Luque.. Tras las últimas diligencias, Rivera y Luque deberán ir acompañados de un abogado y podrán acogerse a su derecho a no declarar, prerrogativas de su nueva condición de investigados, consecuencia a su vez de los indicios recabados contra ellos.
El próximo lunes será el turno de tres compañeras de Hermoso en la selección, que también están citadas en calidad de testigos. La futbolista todavía no ha sido llamada a declarar, pero ha dejado claro en varios pronunciamientos públicos que el beso no fue consentido. Minutos después de que se produjera, expresó en un vídeo grabado en el vestuario que no le había gustado. Y en un comunicado posterior afirmó que se había sentido “vulnerable” y “víctima de una agresión” como consecuencia de “un acto impulsivo, machista, fuera de lugar” y “sin ningún tipo de consentimiento” por su parte.
En su querella, el Ministerio Público considera que ese beso que Rubiales impuso en la boca a la futbolista mientras le agarraba la cabeza con las dos manos es constitutivo de un delito de agresión sexual previsto en el artículo 178 del Código Penal. Este precepto prevé penas de uno a cuatro años de prisión en el caso de las agresiones sexuales en las que no media intimidación, violencia o anulación de la voluntad, aunque el órgano sentenciador puede imponer la pena de prisión en su mitad inferior (de un año a dos años y medio) o multa de dieciocho a veinticuatro meses atendiendo a “la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable”.