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El juez decreta la libertad para los dos titiriteros

El juez Ismael Moreno ha acordado la puesta en libertad de los dos titiriteros detenidos el pasado viernes en Madrid después que la Fiscalía informase a favor esta misma mañana. Ambos siguen acusados de un delito de enaltecimiento del terrorismo y otro contra las libertades individuales y deberán comparecer diariamente en el juzgado. Los acusados de ensalzar a ETA y Al Qaeda han salido de la prisión de Soto del Real a las 17.45 horas.

El magistrado asume así el cambio de criterio de la Fiscalía en el sentido de que la defensa de los artistas ha acreditado el arraigo de ambos como argumento que espanta el riesgo de fuga. El juez se escuda en que el sábado, cuando decidió enviarlos a prisión, no se le había presentado documentación que acreditara ese “arraigo familiar que éstos tienen en España, domicilios conocidos, formación académica y actividades desempeñadas” por los imputados.

“Se infiere (de todo ello) que no tratarán de sustraerse a la acción de la justicia y, consiguientemente, el riesgo de fuga queda muy mermado, pues dicho arraigo implica la existencia de razones familiares, sociales y económicas que hacen el presunto delincuente contemple con mayores dificultades la huida”, asegura el juez. Sobre la confiscación de los guiñoles no se pronuncia y se limita a asegurar que la reiteración delictiva “ya es escasa en estos momentos”.

El magistrado advierte de que los hechos “perpetrados” tienen “viabilidad delictiva”. “Cualquier persona que lea la expresión incluida en el cartel exhibido por los investigados Gora Alka-ETA puede verificar que con las mismas, se está alabando o justificando bien a los autores de hechos terroristas o los propios hechos, sin que el hecho de que tal exhibición se lleve a cabo bajo la cobertura o con ocasion de la escenificación de una obra con guiñoles, pueda suponer por sí misma una despenalización de la referida conducta”, afirma Moreno en su auto.

Hubo “discurso del odio”

Ismael Moreno dice partir del Código Penal y de jurisprudencia del Tribunal Constitucional para aludir al caso de los titiriteros y afirmar que “no se encuentran bajo la protección constitucional la realización de actos que, en desarrollo de aquellas ideologías, vulneraen otros derechos constituionales”. “La libertad de expresión no puede ofrecer cobertura al llamado discurso del odio, esto es, a aquél desarrollado en términos que supongan una incitación direta a la violencia contra los ciudadanos en general o contra determinadas razas, creencias, etc.”, añade.

En este sentido, el juez afirma que la obra de los titiriteros suponen “algo más que una mofa de determinados colectivos”, en referencia a la muerte de guiñoles que representan a una monja, un policía y un juez. Se trata, dice, de “una provocación al odio”. Y añade: “El discurso del terrorismo se basa en el exterminio del distinto, en la intolerancia más absoluta, en la pérdida del pluralismo político y, en definitiva, en la aterrorización colectiva como medio de conseguir esas finalidades”.

A Raúl García y Alfonso Lázaro se le retirarán los pasaportes. El juez les prohibe también abandonar territorio español. Los imputados abandonarán la prisión de Soto del Real en cuanto se de traslado del auto judicial al centro penitenciario.