El juez de Púnica archiva la causa contra el empresario señalado por Bárcenas como donante de Aguirre

EFE

Madrid —
26 de marzo de 2021 17:29 h

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El juez que investiga el caso Púnica ha acordado este viernes archivar la causa para el empresario a quien el extesorero del PP Luis Bárcenas señaló como el donante que entregó 60.000 euros para la expresidenta madrileña Esperanza Aguirre, ante la falta de indicios que sustenten su versión.

Lo hace en un auto fechado 24 horas después de que este empresario, Luis Gálvez, declarase ayer como imputado en la Audiencia Nacional, donde negó todos los hechos que relató Bárcenas; rechazó haber entregado esa cantidad ni ninguna a nadie del PP y dijo que nunca había estado en la sede de la calle Génova de Madrid.

El juez admite que se encuentra ante “dos versiones radicalmente distintas de los hechos”, pero también subraya que de lo investigado “no se desprende la existencia de indicios racionales de la participación” del empresario en los hechos, un criterio que coincide con el de la Fiscalía, que ayer mismo, tras la declaración de Gálvez, pidió el archivo.

Explica que su imputación se basó “en esencia” en la declaración que prestó Luis Bárcenas como testigo, donde “involucró” a Gálvez, propietario de la empresa Ploder, en los hechos “sin más sustento indiciario que su mera referencia”.

Bárcenas le señaló como el empresario que le entregó a él y a su antecesor en la Tesorería del PP, Álvaro Lapuerta, ya fallecido, 60.000 euros para “la campaña” de Esperanza Aguirre, aunque no supo concretar si fue la de 2007 y 2008. Una declaración por la que la expresidenta madrileña se querelló contra él por falso testimonio.

Gálvez lo negó ayer ante el juez. Dijo que no conocía a Bárcenas ni a Lapuerta y que con Aguirre únicamente coincidió en algún acto; y también rechazó haber entregado ese dinero o alguna otra cantidad a nadie del PP.

De ese modo y teniendo en cuenta “la falta de indicios que sustentan las manifestaciones” de Bárcenas y la “verosimilitud en la declaración” de Gálvez que puso de relieve la Fiscalía, “no puede mantenerse” su imputación “en un momento procesal en el que es exigible un especial rigor”, señala el juez en su auto.

Pero es que además, añade, “en el supuesto de haber resultado mínimamente acreditado la posible existencia del hecho investigado, que no es el caso, tampoco hubiera sido posible seguir adelante con la imputación” al haber prescrito.

Para valorar “la oportunidad” del archivo, el juez ha tenido en cuenta un reciente auto en el que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional advertía de la “larguísima instrucción que se inició hace ya más de 7 años” y rechazaba practicar diligencias solicitadas por la Fiscalía que, dijo, no debían “demorar por más tiempo la conclusión” de esta pieza, centrada en la presunta financiación irregular del PP de Madrid.