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DOCUMENTO | Consulta la sentencia íntegra del juicio del procés
Es catedrático de Derecho Constitucional y licenciado en Ciencias Empresariales por ICADE. Fue diputado entre 1993 y 2008 y entre 2011 y 2015. También secretario de Estado para la Unión Europea y uno de los participantes en la redacción de la Constitución Europea que dio lugar al Tratado de Lisboa, pero si su opinión tiene valor en este momento es porque fue, en 1995, el artífice del redactado del delito de rebelión en el Código Penal y el autor de una enmienda que establecía explícitamente que para que hubiera rebelión debía haber violencia.
¿Si el Tribunal Supremo ha acreditado, como dice la sentencia, que hubo violencia, por qué no se ha probado el delito de rebelión?la sentencia
Porque el Tribunal considera que no hubo la magnitud de violencia imprescindible para que se pusiera en riesgo la integridad territorial de España. Si hubiera sido así, se hubiera decretado el estado de excepción o de sitio. Nunca hubo la más mínima posibilidad de que Cataluña se segregara de España.
¿Puede haber una solución política al conflicto catalán con los líderes encarcelados?
Sí. Además, no estarán mucho tiempo en prisión porque las penas impuestas permiten flexibilizar inmediatamente el régimen penitenciario. Cuando transcurre la cuarta parte de la condena, se puede acceder a los beneficios penitenciarios, si así lo considera la administración penitenciaria y lo aprueba el juez de vigilancia penitenciaria. Quienes hayan sido condenados a 10 años y lleven ya cumplidos 2 y medio en prisión provisional, pueden solicitar ya los permisos.
¿Por qué cree que el Supremo ha renunciado a blindar el cumplimiento de las condenas?
Porque entiende que no le compete inmiscuirse en el régimen penitenciario. Y así es.
¿La independencia fue una quimera?
Sin duda alguna. El Estado español es fuerte y no es pensable que se fuera a romper porque un grupo de personas así lo pensara. En la práctica, se ha visto que tampoco es fácil acabar con la Constitución.
¿Cuál debe ser la solución política?
Desde luego no pasa por la independencia, pero sí por una negociación del estatus de Cataluña en España. No hay estado en el mundo que permita el derecho de autodeterminación, pero una opción es la reforma federal de la Constitución.
¿Cree que el Gobierno ha cerrado la puerta a posibles indultos?
Así se desprende de las declaraciones del ministro de Fomento y del presidente. Ambos se han referido al cumplimiento íntegro de la sentencia. Pero le diré que el indulto cabe en los delitos de rebelión, no en el de sedición ni en casos en los que los condenados pueden estar en régimen abierto en un plazo relativamente corto. El indulto conllevaría un desgaste innecesario para el Gobierno. Pero aprovecho para decirle que me considero una persona totalmente contraria a esta figura que me parece más propia del antiguo régimen. El indulto es una forma en la que el Gobierno enmienda la plana a un tribunal. Solo cabe si es el mismo tribunal sancionador quien lo propone.
¿Ve posibilidad de que prosperen los recursos que se deriven ante el Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)?
No será fácil. Ha habido un escrupulosos respeto a las garantías procesales. Lo tendrán complicado.
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