En su segunda y última legislatura, el Gobierno de Mariano Rajoy puso en marcha una de las reformas más efímeras de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: la modificación del artículo 324 y la limitación de los plazos que tiene un juez para investigar una causa. Cinco años después, el ejecutivo de Pedro Sánchez modificó la norma, dando la posibilidad de ampliar el plazo sin limitación. La combinación de esos plazos cerrados iniciales con la obligación posterior de ampliarlos cada medio año se ha traducido en el cierre en falso de causas judiciales, algunas relacionadas con la corrupción política: la mafia rusa y sus conexiones con el Partido Popular, el caso Isofotón de Andalucía o causas de corrupción que afectaban al expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez.
La 'operación Testudo' de Alicante
El último caso fue destapado por elDiario.es en la Comunitat Valenciana. La Audiencia Provincial de Alicante obligó al juzgado de Benidorm a archivar la macrocausa abierta en torno a la mafia rusa y su presencia en la provincia con conexiones, además, con el Partido Popular. En septiembre de 2021 la magistrada había llamado a declarar a varios imputados pero el tribunal supervisor dio la puntilla al caso: esa providencia había sido “acordada fuera de los plazos perentorios de la instrucción”.
La causa, en la que durante años la jueza, la Fiscalía y el grupo antiblanqueo de la Policía Nacional investigó el flujo de dinero que llegaba a España procedente, sobre todo, de Rusia, queda por ahora en nada por los incumplimientos de estos plazos para prorrogar una investigación compleja. La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso contra el carpetazo dado al asunto confiando en una interpretación más benevolente de la doctrina del Tribunal Supremo y las directrices del propio Ministerio Público.
Se trata de una causa que, tal y como ha desgranado desde su arranque elDiario.es, tuvo en su nómina de imputados a varios políticos del PP como el concejal de Seguridad Ciudadana en Benidorm, Lorenzo Martínez, o el expresidente del PP en Altea, Jaime Sellés, cuyas causas ya habían sido sobreseídas en febrero. Otros de los considerados líderes, el empresario y abogado Alexey Shirokov, también era entonces militante de la formación que ahora preside Alberto Núñez Feijóo.
Los distintos autos de la magistrada instructora previos al archivo describían la entrada y salida masiva de dinero entre España y Rusia “sin llamar la atención de las autoridades” para invertirlo en distintos sectores como el ocio o la hostelería de Benidorm y Altea. Una organización con “forma piramidal”, según la instructora, con un primer nivel formado por empresarios rusos que usaban una “fachada de hombres de negocios” y un nivel más bajo formado por funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que, a cambio de dinero u otras dádivas colaboraban con ellos. Policías y guardias civiles, según las pesquisas ahora archivadas, fueron comprados para labores ilegales de seguridad y cobro de deudas.
El 'caso Isofotón' de Andalucía
Poco después de las informaciones de este periódico sobre el destino de la 'operación Testudo' llegaba un nuevo caso en las páginas de El Mundo. El juzgado de Sevilla que investigaba el conocido como 'caso Isofotón' lo archivó al darse cuenta de que la anterior jueza instructora del caso había ampliado el periodo de investigación pero cuatro meses fuera de plazo. La Fiscalía Anticorrupción, como en el caso de la operación Testudo de Alicante, ha presentado diversos recursos buscando revertir esta situación.
Este 'caso Isofotón' investigaba los 80 millones de euros que la Junta de Andalucía inyectó entre 2005 y 2012 en la fotovoltaica malagueña que da nombre a la causa, de manera supuestamente irregular. La empresa cerró después de recibir a lo largo de los años todos estos millones de dinero público y la causa ha cerrado con 40 imputados en la lista, la mayor parte de ellos ligados a la Junta de Andalucía en la etapa del PSOE y, entre ellos, varios exconsejeros.
Este caso adquirió dimensión nacional después de que Anticorrupción pusiera el foco sobre un acta de la Comisión de Asuntos Económicos andaluza de 2012 relativa a la concesión de las ayudas investigadas. Un encuentro en el que participaron los actuales ministros María Jesús montero y Luis Planas, que rechazan las acusaciones de la oposición basadas en este caso ahora archivado.
Algo similar ocurrió el pasado mes de julio con una de las múltiples ramificaciones del caso de los ERE de Andalucía relacionado con una ayuda supuestamente irregular de varios millones de euros concedida por la Junta al Grupo Joly. El instructor del caso entiende que las ayudas pudieron ser concedidas de manera irregular pero que la instrucción se había prolongado de manera irregular durante varios meses, tal y como había establecido previamente la Audiencia Provincial de Sevilla.
El expresidente de la Región de Murcia
Uno de los primeros casos en experimentar los efectos de la reforma del Gobierno de Mariano Rajoy fue el que afectada a Pedro Antonio Sánchez, presidente de la Región de Murcia por el PP entre 2015 y 2017 y previamente alcalde de la localidad de Puerto Lumbreras. Un juzgado investigó si el entonces regidor había contratado ilegalmente a un arquitecto para sacar adelante el proyecto de acondicionamiento de la Rambla de Nogalte de este municipio de 15.000 habitantes.
El caso quedó archivado por la aplicación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y por la caducidad de los plazos, en una decisión que fue la primera de este estilo que estudió la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Los jueces explicitaron que “no se trata de compartir o no” esta reforma legal, sino de cumplir con la norma que había en ese momento. “No hubo rigor procesal de cumplimiento de la norma en este caso, y con esta opción legislativa de lo que se trata con ello es de evitar la inactividad procesal que en este caso se produjo de forma patente y palpable”, reprochó el Supremo.
En ese caso, dijo el Supremo, la Fiscalía pidió determinadas diligencias “fuera de plazo” cuando debía tener “una actuación proactiva, sancionándose la pasividad con la declaración de nulidad de diligencias extemporáneas que den lugar a la apertura del juicio oral, y que de ser así daría, como aquí ocurrió, a la absolución de los acusados”.
Dos reformas en cinco años y muchas críticas
En 2015 la mayoría absoluta del Partido Popular sacó adelante la reforma del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que limitó los plazos para investigar una causa en un juzgado. Según esa primera reforma, una investigación judicial podía prolongarse medio año como máximo aunque el juez, siempre a instancias de la Fiscalía, podía declarar el caso como una causa compleja hasta los 18 meses prorrogables.
Después de decenas de intentos fallidos para reformar esta norma con el PP todavía en el ejecutivo, el cambio llegó en 2020. El nuevo artículo 324 de la LeCrim no eliminaba la existencia de esos plazos pero sí permitía la posibilidad de pedir prórrogas de forma ilimitada.
La reforma de 2015 puesta en marcha por el ejecutivo de Mariano Rajoy suscitó graves críticas entre los operadores jurídicos al entender que su derogación era necesaria “para evitar la impunidad que, sin duda, provocará el archivo de las causas” condenadas al archivo 36 meses después de la entrada en vigor de la nueva LeCrim. Así lo dijeron las cuatro asociaciones de jueces y las tres de fiscales en un comunicado conjunto de finales de 2018. Dos años antes, un comunicado de Juezas y Jueces para la Democracia, de la Unión Progresista de Fiscales y del Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia criticaba que “las deficiencias de su redacción, la falta de encaje sistemático en nuestro sistema procesal y la ausencia de un criterio único en su interpretación han llevado al límite a los juzgados de instrucción y a las fiscalías”.