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Un magistrado del Supremo violó la ley al asesorar a Urdangarin y Torres

Políticos, empresarios y también jueces. La última tanda de correos electrónicos aportados al caso Nóos por Diego Torres demuestra cómo un magistrado del Tribunal Supremo pasó a engrosar la lista de voluntariosos colaboradores de la trama empresarial montada por el yerno del rey Juan Carlos y su socio. Incumpliendo la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el magistrado Ángel Aguallo asesoró a los socios del Instituto Nóos en un proyecto de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) entre febrero y junio de 2008.

Los correos intercambiados entre el magistrado, que escribe desde su dirección corporativa del Ministerio de Justicia, y los protagonistas de la trama, principalmente a través de su secretaria, Julita Cuquerella, acreditan la participación de Aguallo en el proyecto que Torres y Urdangarin querían realizar con la empresa Pernod Ricard.

El 13 de mayo de 2008, Diego Torres escribe a la dirección de Aguallo: “Hola Ángel: Me temo que esta mañana te he enviado el documento a la dirección de correo antigua. Te lo reenvío ahora. Es una nueva versión de la presentación del proyecto. Las primeras páginas se centran en mostrar la conveniencia de reforzar la estrategia de RSC actual con una política centrada en el uso responsable del agua como símbolo de consumo responsable. Hemos añadido las transparencias que describen las iniciativas en las que se pueden concretar el proyecto. Estas pueden o no incluirse en un primer informe, como os parezca más adecuado. Dime qué opinas. Un cordial saludo. Diego”.

Que la relación se produce en ambos sentidos lo acreditan los numerosos correos en los que la asistente de Urdangarin se escribe con Aguallo para concertar citas. Cuando Aguallo comenzó a asesorar a la trama, en febrero según los correos, aún no era magistrado sino letrado del Tribunal Constitucional. Fue en marzo cuando se convirtió en magistrado de la Sala Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, lo que no impidió que siguiera colaborando con la trama.

Pero la Ley Orgánica del Poder Judicial blinda a Aguallo, en concreto con los plazos de prescripción de faltas graves como esta. La LOPJ establece el régimen de incompatibilidades para los jueces, tanto en asesoramientos jurídicos, sean o no remunerados, como en empleos remunerados o participando en actividades mercantiles, en primera persona o a través de terceros. Cualquiera de estas actividades constituye una falta grave que prescribe al año.