Manuela Carmena afronta una nueva polémica, esta vez a cuenta del nombramiento del coordinador general del Ayuntamiento de Madrid. Según publica hoy La Razón, la Junta de Gobierno que preside Carmena designó para el cargo a Luis Cueto, marido de su sobrina y funcionario adscrito al Ministerio de Economía. El diario asegura que el nombramiento incumple el Reglamento de Ordenación del Personal, que prohíbe “nombrar como personal eventual” a quienes “tengan un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o parentesco de consanguinidad o de afinidad dentro del cuarto grado”.
El Consistorio defiende, sin embargo, que la designación cumple con la ley. Ha asegurado en una nota de prensa que el puesto de coordinador general de Alcaldía es “un cargo de personal directivo no eventual” y que el nombramiento de Luis Cueto “se ciñe estrictamente a los criterios citados y, por lo tanto, a la legalidad vigente”.
El Consistorio ha realizado un informe jurídico en el que constata que, según el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid (aquí en PDF), los coordinadores generales forman parte de “los órganos centrales directivos” y que, como tales, quienes los integran “no son personal de confianza”. “Es decir, no son personal eventual y no tienen la misma consideración legal que estos últimos”, zanja la nota.
La designación de Cueto, prosigue el Ayuntamiento, “está avalada por su condición funcionarial” y “es conforme a los criterios de competencia profesional y experiencia en gestión de la administración pública, ya que está adscrito como funcionario al Ministerio de Economía y su trayectoria se corresponde con este perfil”.
El artículo del Reglamento que cita La Razón fue modificado por Ana Botella (aquí en PDF) el pasado mes de marzo y se ciñe expresamente al “nombramiento de personal eventual”, que define como “solo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin”.
El informe jurídico del Ayuntamiento afirma que Cueto es “personal directivo” y no “personal eventual”. El documento recuerda que el personal directivo se nombra “atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia” y que “existe una preferencia legal en favor de los funcionarios con titulación superior”, como es el caso de Cueto.