Una orden del Gobierno impedirá a Rubiales presentarse a la presidencia de la Federación si la FIFA le sanciona antes
El Gobierno ha concluido el borrador de una orden sobre los procesos electorales en las federaciones deportivas nacionales según la cual el anterior presidente de la Real Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales, no podrá aspirar a volver a ser elegido para el puesto si la FIFA o el Tribunal de Administrativo del Deporte (TAD) le imponen una sanción definitiva. Según el nuevo texto, cuyo contenido adelantó elDiario.es, no podrán ser candidatos a la Asamblea General de las federaciones deportivas quienes estuvieran inhabilitados para ocupar cargos directivos “por resolución firme en vía administrativa” que haya dictado un Tribunal Deportivo, federación nacional o internacional.
La Federación Internacional de Fútbol (FIFA) abrió el pasado agosto un expediente disciplinario a Luis Rubiales por el citado beso no consentido y su comportamiento obsceno en el palco de autoridades durante la final del último Mundial de fútbol. El organismo internacional considera que el expresidente de la RFEF pudo incurrir de dos artículos de su código disciplinario. Si al finalizar el expediente, la FIFA concluye que debe sancionar a Rubiales, la nueva orden electoral del Ministerio de Deportes le impediría presentarse.
La incógnita es si la FIFA resolverá antes de las elecciones en la RFEF y cuándo se celebrarán estas. El expediente abierto por la FIFA suspendía de sus funciones a Rubiales, de forma preventiva, durante tres meses. Algunas estimaciones consideran que eso obliga a la FIFA a finalizar el expediente e imponer una sanción, o exculpar a Rubiales, en este plazo de 90 días, que finalizaría a finales de noviembre de este año. El propio secretario de Estado y presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD) ha estimado que las elecciones a la Presidencia de la RFEF se celebrarían en el primer trimestre de 2024.
Por su parte, el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) instruye un expediente a Rubiales por una “falta grave” en relación con el beso no consentido que le impuso a Jenni Hermoso tras la final del último Mundial de fútbol. La apertura de un expediente por “falta grave” y no “muy grave” impidió que Rubiales fuera suspendido provisionalmente, tal y como pretendía el Consejo Superior de Deportes.
La dificultad de atenerse a la resolución del TAD es que, aunque llegara antes de los comicios internos, se trata de una resolución que es recurrible ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y es del todo improbable que hubiera una resolución firme antes de las elecciones en la RFEF.
Rubiales se enfrenta además a un proceso penal por el beso no consentido y las presuntas coacciones posteriores a Jenni Hermoso. El Juzgado Central de Instrucción número Uno de la Audiencia Nacional le mantiene imputado por un delito de agresión sexual y otro de coacciones. La resolución firme en la vía penal sería, en cualquier caso, la que más se retrasaría en el tiempo y podría llegar en años.
El borrador de la nueva orden electoral elimina los miembros natos de la asamblea general de las federaciones, de tal forma que, a excepción del presidente, todos los miembros deberán ser electos. Además, establece la obligatoriedad de establecer mesas electorales que permitan a los electores ejercer su derecho al voto en la sede en los organismos autonómicos cuando el número de licencias de licencias en ese territorio sea igual o mayor al 10% del total de licencias a nivel estatal. “Con esta medida se persigue mejorar la democratización de los procesos electorales”, ha asegurado el CSD en una nota.
El Consejo Superior de Deportes ha publicado en la tarde de este miércoles el borrador de la orden y, con ello, arranca el trámite de audiencia pública para la presentación de aportaciones, que se extenderá hasta el 3 de noviembre de 2023. Todas las federaciones deben convocar elecciones en 2024 por tratarse de año olímpico.
Igualdad entre hombres y mujeres
La nueva orden ministerial recoge también la obligación de asegurar una mayor representación femenina en los estamentos de deportistas, entrenadores y árbitros. Las federaciones deportivas, además, deberán recoger en su reglamento electoral las medidas para la igualdad efecitva entre hombres y mujeres referentes a la participación de estas en los órganos de gobierno que impone la Ley Orgánica 3/2007. Asimismo, la Comisión Delegada y la Comisión Gestora de las federaciones deportivas deben estar integradas, al menos, por un 40% de mujeres, de acuerdo a esa misma Ley de 2007.
De otro lado, la orden del Ministerio de Deportes impone que las personas discapacitadas estén representadas en las asambleas generales de las federaciones deportivas “de forma ponderada”.
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