El 27 de mayo de 2019, el departamento de tesorería de Vox envió un correo electrónico con instrucciones precisas a sus departamentos de contabilidad y la palabra “URGENTE” en el asunto. La orden era “regularizar de manera urgente todo el dinero que tengáis por merchandising. (...). Los ingresos han de realizarse tal y como se recaudaron, cantidades inferiores a 299 euros, indicando la fecha de recaudación”. Daba dos opciones para ingresarlo: en la cuenta provincial del partido o en una cuenta específica.
¿Por qué Vox pide en una nota interna que se ingrese el efectivo de ventas promocionales en una cantidad justamente menor a 299 euros? El partido no ha atendido la petición de información de elDiario.es, pero hay una pista con ese límite en la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos que, en su artículo 6, dice que “los beneficios derivados de las actividades promocionales (...) precisarán la identificación del transmitente cuando la transmisión patrimonial al partido político sea igual o superior a 300 euros”. Con un ingreso de menos de 300 euros no hay que presentar esa trazabilidad. Si el ingreso es mayor de 299, sí. Con esta instrucción interna, el partido podría evitar dar datos concretos de sus ingresos. Lo curioso es que este artículo está pensado para una persona que comprara a Vox merchandising por más de 300 euros, no para el sumatorio de una colecta, según los expertos consultados. Aún así, la tesorería de Vox da esa orden del límite de los 300 euros.
Lo que sí están claras son las dudas que plantea el Tribunal de Cuentas en su último informe –analiza los años 2018 y 2019– sobre este tipo de ingresos de Vox, cuyo crecimiento es exponencial en un año (22.000 euros recaudó en 2018, 354.000 en 2019). El dinero se ingresó a través de cajeros automáticos en efectivo “sin identificar”, según relata el informe, y en su mayoría en cantidades inferiores a 300 euros (el 80% de los casos en la anualidad de 2019, justamente siguiendo la orden interna que desvela elDiario.es). Fuentes del Tribunal de Cuentas explican a elDiario.es que no se ha podido verificar con certeza si ese dinero procede efectivamente solo de venta de lotería, pines y bolígrafos o también hay en esa partida dinero de donaciones sin identificar recaudadas en mesas o de otra manera. El motivo por el cual el tribunal no puede esclarecer el asunto es que no ha sido aportada suficiente documentación por parte de Vox. Por ejemplo, el informe refleja que el partido no le ha dado facturas o justificantes de la venta de esos productos que se puedan cotejar con los ingresos, no hay lista de precios fijados ni tampoco el Tribunal ha tenido acceso al inventario, aunque Vox hace mención a él en sus alegaciones. Ese inventario tampoco se ha registrado en contabilidad. Además, el órgano fiscalizador alerta de cuantías totales que no cuadran o facturas presentadas que son posteriores al ejercicio en cuestión, como describe en algunas notas al pie.
Las donaciones anónimas (por ejemplo, dinero depositado en efectivo en una hucha recaudatoria de cuyo donante no se registra nombre) están prohibidas, sin excepciones, desde 2007, en el artículo 5 de la ley de financiación –“los partidos políticos no podrán aceptar o recibir directa o indirectamente donaciones anónimas, finalistas o revocables”–, y son consideradas delito desde 2015 tras la reforma ese año del Código Penal.
Las dudas que plantea el Tribunal de Cuentas se disiparían en parte con la documentación interna del partido a la que ha tenido acceso elDiario.es. En este caso, con la circular “002/2019” fechada el 23 de mayo de 2019 en Valencia (elDiario.es no ha podido confirmar si el documento parte desde Vox España y se reenvía a todas las delegaciones territoriales como definitivo, pero sí es documentación que circula entre el partido en la provincia de Valencia y se toma como guía oficial, según los correos revisados, para aclarar la forma de proceder con los ingresos). Primero define la regulación de las donaciones, con su máximo de 50.000 euros y la necesidad de identificación del donante. Hasta ahí, normal y legal. Pero luego dedica un epígrafe a “Beneficios por donaciones anónimas en mesas informativas. Límite máximo, 299 euros. El ingreso en cuenta (no transferencia). Se trata de beneficios de actividades del partido”. De esta manera concreta por escrito una práctica irregular en la financiación de partidos, ya que mete las donaciones –que deben siempre ir acompañadas de nombre y DNI del donante– como si fueran beneficios del partido por la venta de productos, de manera que queda oculta la donación.
En esa misma circular se dan instrucciones sobre cómo hacer los ingresos de la “hucha de donativos de municipios”. Una vez más, como en el caso de las “donaciones anónimas”, indican que se haga en efectivo y no por transferencia y con el máximo otra vez de 299 euros. En ninguno de los dos casos pide la necesaria identificación del donante pese a que habla claramente de donativos. Además, la carta alerta de que si no se hace como ellos dicen, lo que califican como “de forma correcta”, “bien se devolverá el dinero, bien se lo quedará la Hacienda pública si no hay identificación del donante”. Cuatro días más tarde de estas circulares, la tesorería nacional envía el correo sobre cómo “regularizar” el merchandising, sin citar ya la palabra “donaciones” o “donante”, pero manteniendo el límite de 299 euros. elDiario.es tampoco ha podido confirmar con el partido, ya que no contesta a este medio, si la instrucción para ingresar donaciones como si fueran ingresos mercantiles se ha revertido posteriormente a 2019.
En el informe del Tribunal de Cuentas también se hace mención a otras dos circulares de Vox, en este caso fechadas una en 2018 y otra un mes antes a las desveladas ahora por elDiario.es. En ellas, el partido directamente indicaba que “no hay necesidad de identificar a los donantes si el ingreso es por una cantidad inferior a 300 euros por la actividad promocional”, algo que confunde de nuevo el concepto donación con el de ingreso por beneficios o ventas, siendo la donación anónima una ilegalidad.
Vox no ha contestado a elDiario.es sobre estas circulares internas pero sí dio una respuesta en su día al Tribunal de Cuentas sobre las instrucciones que recoge su informe. En su alegación, el partido justifica el uso de la palabra “donante” como un error en la nomenclatura: “Al abordar indicaciones sobre actividades de merchandising, se introduce erróneamente la palabra donante, cuando la situación de hecho sobre la que se quiere dar indicaciones no es la donación”.
Según resume el Tribunal: “La falta de control en la venta de productos promocionales y la ausencia de un precio de venta de los mismos posibilita la percepción de donaciones al margen de los requisitos” de la ley. De hecho, advierte de que podría constituir “una irregularidad sancionable”. A la pregunta de si se ha abierto un proceso sancionador a Vox por este motivo, fuentes del Tribunal de Cuentas no lo confirman y recuerdan que nunca informan sobre los procesos sancionadores que se abren, sino que se comunica sobre procesos cuando se cierran.
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