Cuando los parlamentarios votan a dos manos e incluso con el codo y con los pies

Carmen Moraga

Madrid —
18 de febrero de 2024 21:56 h

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Un gallego diría que han sido “cosas de las meigas”. Pero Rocío Monasterio lo despachó asegurando que eran “cosas de la tecnología”. La portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid fue pillada el pasado uno de febrero votando por ella y por un compañero de bancada, José Luis Bartolomé, que no estaba presente en el hemiciclo porque había renunciado a su escaño días atrás y aún no había sido relevado por el siguiente de la lista (el segundo siguiente, en este caso, ya que el primero, renunció). Pero a la dirigente de Vox no le pareció nada “grave” apretar el botón del ausente en la votación de la enmienda a la totalidad a la Ley de Economía Circular presentada por Más Madrid, a pesar de saber que el reglamento de cualquier parlamento o asamblea regional prohíbe tal cosa.

Su comportamiento le ha costado que la Mesa de la Cámara regional haya decidido este viernes abrirle un expediente informativo y sancionador que podría acabar con la suspensión temporal de la diputada durante quince días o un mes, con la consiguiente la pérdida de ingresos a su grupo parlamentario. El proceso deberá resolverse en un plazo máximo de 18 días, entre el periodo de alegaciones y el de prueba y será instruido - si acepta el encargo- por la diputada del PP Mercedes Zarzalejo, presidenta de la Comisión de Economía y Empleo de la Asamblea. 

En la anterior reunión de este órgano, celebrada el día 9, el presidente del Pleno, Enrique Ossorio, aplazó la decisión, anunció que había ordenado investigar los hechos y que en base al informe que presentaran los técnicos el órgano competente adoptaría una resolución. Al final, será la propia Mesa la que decidirá la suerte de la portavoz de Vox, al haberse descartado derivar el asunto a la comisión de Autonomía, Reglamento y Estatuto del Diputado.

Pero poco hay que investigar porque existe una grabación del momento en la que se ve nítidamente a Monasterio apretando los botones del escaño de al lado, el del ausente Bartolomé, entre risas. En su defensa la dirigente de Vox dijo que había intentado “darle a todos los botones para que se apagase” el panel. “Por mucho que yo le daba, eso no se apagaba”, añadió, mientras restaba “gravedad” al asunto.

Sus explicaciones no convencieron a ninguno de los portavoces de los demás grupos, que le lanzaron severas críticas, entre las que no faltó la de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, que comparó su comportamiento con el de un conductor que circula a 140 kilómetros por hora por donde solo se puede ir a 80. “Usted comprenderá que tendrá que ser multada”, avisó. La portavoz de Más Madrid, Manuela Bergerot, cree que Monasterio debe ser suspendida como diputada durante 30 días, como mínimo.

¿Qué dicen los reglamentos al respecto?

En todos los parlamentos regionales hay normas que rigen el funcionamiento de las cámaras y que establecen los derechos y deberes de los políticos que salen electos y recogen sus actas. Ninguno contempla específicamente el posible fraude de la suplantación del voto electrónico por parte de un parlamentario, un comportamiento que entraría dentro de las denominadas “conductas sancionables”.

En el de la Asamblea de Madrid, el artículo 33, que es el que se le ha aplicado a Monastario, señala en su punto tercero como conducta sancionable “atentar contra la dignidad de la Asamblea de Madrid o contra la disciplina, el orden o la cortesía parlamentaria, provocando, en este último supuesto, desorden con su conducta, de obra o de palabra, en los términos previstos en el artículo 138 de este Reglamento”. A su vez, el artículo 34.1b) dispone que, en este supuesto, podrá imponerse como sanción ‘la suspensión de alguno de los derechos de los diputados reconocidos en los artículos 15 a 21 de este Reglamento por un tiempo de 15 a 30 días“.   

En el Congreso el artículo 79.2 de su Reglamento determina que “el voto de los Diputados es personal e indelegable”. Y en el punto 3 establece excepciones y señala que “se computarán como presentes en la votación los miembros de la Cámara que, pese a estar ausentes, hayan sido expresamente autorizados por la Mesa para participar en la misma”. En el Senado también se especifica en su artículo 92.5 que el voto es “personal e indelegable”. Las dos Cámaras, no obstante, también han autorizado el voto telemático cuando se den ciertas circunstancias: “En caso de embarazo, maternidad, paternidad, enfermedad o en situaciones excepcionales de especial gravedad en que, por impedir el desempeño de la función parlamentaria y atendidas las especiales circunstancias se considere suficientemente justificado”, como puede ser el fallecimiento de un familiar cercano.

La multiplicación de votos en el Senado

Volviendo la vista atrás, el caso del voto irregular de Monasterio no es el único que ha saltado a la luz en estos años de democracia, protagonizados por otros diputados nacionales o autonómicos y también por senadores de distintos partidos políticos. Hay dos, al menos, que no se olvidan y han quedado grabados a fuego en las hemerotecas.

El más chocante y llamativo fue el que protagonizaron el 10 de mayo de 1991 los entonces senadores andaluces del PSOE Joaquín Galán y Gaspar Zarrías, que ostentó después la vicepresidencia de la Junta de Andalucía durante el mandato de Manuel Chaves.

La Camara Alta debatía aquel día las enmiendas a la ley del IRPF y, al llegar la hora de la votación, Galán ejerció su voto con una mano y con el pie apretó el botón de su compañero de bancada, ausente del hemiciclo. Zarrías no se quedó corto y votó con las dos manos, con una por él y, con la otra, por otro compañero de grupo, también ausente. El ejercicio de malabarismo corporal quedó inmortalizado en unas fotos que publicó el desaparecido diario El Sol. Pero el resultado de las votaciones dejó estupefacta a toda la Cámara, presidida en aquel momento por el también socialista Juan José Laborda: 156 senadores presentes, y sin embargo, 177 votos emitidos, es decir, 19 más de la cuenta. Después se supo que también en la bancada del PP había habido senadores con las 'manos largas'.

El caso quedó 'en casa'. Los dos senadores socialistas fueron sancionados por la dirección de su grupo al haber pruebas gráficas, mientras los del PP salieron indemnes. La Mesa del Senado también dejó pasar el lamentable y bochornoso episodio sin consecuencias para ninguno de los protagonistas de aquel fraude. Laborda incluso quitó gravedad al asunto argumentando que el Senado “no era ni un cuartel militar ni un colegio” y dando como 'normal' que los ausentes hubieran pedido a otros compañeros que votaran por ellos. No obstante, ante las evidentes irregularidades detectadas se tuvo que repetir la votación... pero una semana después.

El caso de Iturgaiz en el Parlamento Vasco

El 20 de noviembre de 2003, durante una sesión del pleno del Parlamento Vasco, el entonces dirigente del PP vasco, Carlos Iturgaiz, también fue pillado 'in fraganti' activando en tres ocasiones la tarjeta electrónica del escaño de su compañero ausente, Jaime Mayor Oreja, para que se contabilizaran sus votos en blanco. Su gesto fue captado por las cámaras y le costó la expulsión del hemiciclo.

Aquel día el dirigente del PP se disculpó y reconoció “haber cometido una torpeza, por estar enredando inconscientemente en los botones del escaño de Mayor Oreja” mientras el PP vasco alegaba que el parlamentario “habría activado el sistema con el codo por error”. Esta explicación fue el blanco de las mofas del desaparecido programa de Euskal Telebista “Vaya Semanita”.

También ironizó el por entonces presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa: “Antes a esto se le llamaba falange y ahora parece ser que, no sé por qué vergüenza, se le quiere llamar codo. Esto es falange y es con esto con lo que el parlamentario está activando el sistema de votación”, dijo, en tono guasón. La Mesa consideró que hubo “una usurpación de personalidad al utilizar el sistema de voto del parlamentario Mayor Oreja, contraviniendo el principio de indelegabilidad del voto” e Iturgaiz finalmente fue sancionado con un mes de derechos y deberes como parlamentario, resolución que se aprobó por mayoría absoluta de la Cámara

El dirigente del PP presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Pero tuvo que esperar tres años a la sentencia que llegó en 2006 y denegó la solicitud de Iturgaiz. Los magistrados justificaron que si bien era cierto que el diputado autonómico “no votó en sentido stricto sensu” porque no pulsó los botones de 'sí', 'no' o 'abstención', al activar la presencia de Mayor Oreja sí alteró el número de parlamentarios que fijan el umbral de la mayoría.

“Lo que en ningún caso resulta dudoso es que en ambas hipótesis el parlamentario, al pulsar el botón que no le corresponde, está suplantando la personalidad de otro parlamentario y con ello infringiendo el deber de respeto de los procesos y mecanismos de votación”, llegó a declarar el Alto Tribunal.