El Partido Popular se financió con dinero negro (capítulo tercero)

Elena Herrera

30 de octubre de 2021 23:11 h

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Hubo una “contabilidad paralela” en el Partido Popular “de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni fue fiscalizada por el Tribunal de Cuentas”. La frase forma parte de los hechos probados de la sentencia que, esta semana, ha ratificado la existencia de un sistema de financiación irregular con el que los populares ganaron elecciones generales y autonómicas durante casi dos décadas. En este caso, utilizado por Bárcenas para pagar la reforma de la sede central de la que ahora quiere huir el partido. A pesar de los intentos de Pablo Casado por despojarse de la pesada losa de los sucesivos escándalos de corrupción que afectan a su formación, la verdad judicial se impone de nuevo. Y ya es la tercera vez que un tribunal acredita la existencia de una caja B en el PP. 

En la sentencia de este 28 de octubre la Audiencia Nacional confirma que ese dinero, procedente de “donativos” que se recibían “siempre en efectivo”, se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho del extesorero Luis Bárcenas, que lo manejaba al margen del departamento de contabilidad y del cajero del partido. Pero los fondos opacos no sólo sirvieron para el enriquecimiento personal del propio Bárcenas, como ya han acreditado otras sentencias. Se utilizaron también para hacer “pagos por las obras de reforma” de la sede central del PP ubicada en la calle Génova de Madrid, amplía ahora el tribunal. 

Es decir, que la reforma del que sigue siendo cuartel general de los conservadores se sufragó, en parte, con dinero negro. De hecho, el PP suma por estos hechos otra condena. Esta vez, como responsable civil subsidiario del delito fiscal cometido por Bárcenas al abonar parte de las obras con fondos de la caja B a espaldas de Hacienda. En la sentencia los jueces señalan que no consta que el partido, a través de sus órganos directivos, ejerciera un “control adecuado” sobre la “gestión” de quien era su gerente. Y afirman que sólo adoptó medidas respecto a él y, en general, de auditoría interna tras producirse los hechos. Una auditoría que, además, tampoco afloró ninguna irregularidad.

De esas entradas y salidas de dinero dio cuenta Bárcenas en sus famosos papeles, “unas hojas que cumplimentaba con anotaciones manuscritas y después en hojas Excel”, dice la sentencia. Los magistrados señalan que contienen errores de saldo y no se apuntaban debidamente todas las entregas, pero no tienen duda de su veracidad. “Reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada, como los traspasos a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el Partido Popular o los pagos por las obras de reforma”, subrayan. 

De nuevo la verdad judicial choca con los testimonios durante el juicio de los máximos responsables del partido entre 1990 y 2018, que comparecieron como testigos. Entre ellos, los expresidentes José María Aznar y Mariano Rajoy y los ex secretarios generales María Dolores de Cospedal, Ángel Acebes, Javier Arenas o Francisco Álvarez Cascos. Con diferentes fórmulas, todos negaron haber conocido la existencia de una contabilidad paralela en el partido y haber recibido los supuestos pagos a su nombre escamoteados a Hacienda que recogen los papeles de Bárcenas. 

Además, varios de ellos trazaron un dibujo un tanto inverosímil del funcionamiento de un partido que ha gobernado el país durante tres lustros por mucho que tenga sobre sí desde 2009 la pesada losa de la trama Gürtel. Por ejemplo, Acebes dio a entender que la obra millonaria de la sede de Génova se hizo poco menos que por empeño del entonces tesorero, el fallecido Álvaro Lapuerta.

También fue recurrente la alusión a los estatutos del PP, que convierten al tesorero en un ente autónomo que solo reporta de forma genérica al comité ejecutivo. Es decir, que si se produjo alguna irregularidad, es ajena por completo al resto de dirigentes en virtud de esa normativa interna. No lo ven así los jueces, que en esta última sentencia subrayan que el PP no ejerció un “control adecuado” sobre la “gestión” de quien era su gerente. La resolución también relata cómo se pagó la reforma de la sede: una parte por los canales legales y la otra “con los fondos B” para que tanto el PP como la empresa Unifica se ahorraran dinero al no pagar impuestos.

El muro del “todo es falso” que la mayoría de exdirigentes del PP intentaron levantar durante la vista lo rompieron seis testigos que sí reconocieron haber percibido el dinero que aparece en los papeles de Bárcenas. Esa negación absoluta choca también con los indicios acreditados durante ocho años de investigación, con la sentencia de la Audiencia Nacional que dio por probada por primera vez la financiación irregular del partido y que propició la moción de censura que desalojó a Rajoy de la Moncloa y con el fallo posterior del Tribunal Supremo que confirmó esa primera resolución.

“Prueba de cargo”

El sistema de financiación irregular del que se nutrió el PP durante al menos 18 años aparece desde el 14 de octubre de 2020 en una sentencia firme dictada por el Alto Tribunal. “El Tribunal contó con prueba de cargo válida y suficiente para concluir tanto la existencia de una 'Caja B', o contabilidad 'extracontable', del PP —sobre la que el recurrente (Bárcenas) ostentaba plena capacidad de control y disponibilidad—, como los distintos actos de apoderamiento verificados por éste, incluido el uso de 149.600 euros, procedentes de dicho fondo, para adquirir unas acciones de la entidad Libertad Digital”, afirmó el Supremo en la resolución que confirmó el fallo previo de la Audiencia Nacional sobre la llamada 'Época I' de la trama Gürtel desarrollada entre 1999 y 2005. 

De hecho, los jueces del Supremo aludieron a la existencia de la financiación irregular en varios pasajes de la sentencia. Concretamente donde se les hacía indispensable para atribuir los delitos a Bárcenas y a su esposa, Rosalía Iglesias, relacionados con la sustracción de casi 300.000 euros de la citada caja y su evasión y blanqueo en Suiza. Y ratificaron la condena al PP por haberse lucrado con 245.000 euros de la corrupción en campañas electorales de sus delegaciones en Pozuelo y Majadahonda. 

El Alto Tribunal únicamente rebatió que no se podía condenar al PP como responsable civil subsidiario de los fondos recibidos por esas delegaciones y al mismo tiempo considerarlo “conocedor y responsable penal”. ¿Su explicación? Que la condición de responsable civil a título subsidiario sólo cabe en alguien que se ha beneficiado de un dinero sin haber participado en el delito con el que se originó ni conocerlo. 

En su sentencia, la Audiencia Nacional había advertido al PP de que no se sentaba en el banquillo de los acusados porque la legislación vigente en el momento de los hechos no permitía juzgar a un partido político. Pero el Supremo refutó que no podía afirmarse la autoría del PP como “autor de delitos de corrupción y prevaricación irregular”, cuando la posibilidad de que fuera destinatario de sobornos no había sido objeto de acusación. El PP aprovechó estos pasajes para afirmar que aquella moción de censura presentada por los socialistas se basó “en la mentira”. Un año después, otra sentencia judicial quiebra los intentos del partido de Pablo Casado por pasar página de sus escándalos de corrupción. La verdad judicial vuelve a ser rotunda: hubo una “contabilidad paralela” en el PP al margen de la contabilidad oficial y que no fue fiscalizada por el Tribunal de Cuentas.