En 1980, durante la primera legislatura de la reinstauración democrática, se aprobó que una parte de los vocales del Consejo General del Poder Judicial se eligiesen por sufragio entre los propios jueces. Ese sistema solo estuvo vigente cinco años, hasta la reforma del PSOE que estableció la elección parlamentaria de los 20 vocales y que sigue vigente con pequeñas variaciones.
Ahora, el pacto de PP y Ciudadanos supone volver al sistema de elección de hace 36 años, una fórmula que celebran las asociaciones judiciales pero sobre cuyos riesgos advirtió el Tribunal Constitucional.
El acuerdo que han firmado las dos formaciones propone que, “para despolitizar el órgano de gobierno de los jueces”, 12 de sus 20 miembros serán elegidos “directamente por los Jueces y Magistrados”. Hasta ahora, todos los puestos se cubrían por designación de Congreso y Senado y mediante un pacto entre los partidos, porque exigía una mayoría de tres quintos.
La elección directa por parte de los jueces de 12 vocales supone volver al sistema que impulsó la UCD en 1980. En 1985 el PSOE aprobó un cambio que establecía el nombramiento único por parte de las Cortes. El PP se opuso y presentó un recurso en el Constitucional firmado por José María Ruiz-Gallardón, el padre de Alberto Ruiz-Gallardón. Este último ahondó en esa reforma del PSOE en 2013, como ministro de Justicia, aumentando el peso del Senado en la elección. Los populares sumaban la mayoría de tres quintos y no necesitaban llegar a acuerdos para nombrar vocales.
El Constitucional ratificó que la reforma del PSOE era acorde a la Carta Magna, y aunque mostró su preocupación por la influencia de los políticos en el Poder Judicial, recordó que los jueces no estarían “vinculados con el órgano proponente”, no serían “delegados” del Congreso y el Senado.
El Alto Tribunal también señaló que el sistema anterior, que ahora quieren implantar PP y Ciudadanos, planteaba algunas dudas. Según este tribunal, la Constitución establece que 12 miembros del CGPJ sean elegidos “entre” jueces y magistrados para que tengan experiencia y conocimiento sobre los asuntos que tendrán que afrontar, pero no implica que deban elegirse mediante elecciones internas.
La principal reticencia del Constitucional fue el “riesgo” que suponía que la elección entre los propios jueces no asegurase un pluralismo político en el CGPJ, como sí lo hace la necesidad de que sean votados por tres quintos de las cámaras. Al final, el órgano de gobierno de los jueces estaría dominado por la corriente mayoritaria en la carrera judicial, que entonces y ahora es la conservadora.
Las asociaciones apoyan la reforma del CGPJ
Celso Rodríguez es el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), de corte conservador y la mayoritaria dentro de la carrera judicial. En su opinión, el nuevo sistema de elección de los vocales del CGPJ es “digno de alabanza”, aunque recuerda que se trata de despolitizar el gobierno del Poder Judicial, porque la justicia “ya es independiente, no está politizada”. “Es el sistema acorde con lo que dice la Constitución”, defiende Rodríguez.
Jueces para la Democracia (JpD) vivió un debate interno acerca de la forma de elección del CGPJ. En un congreso celebrado en 2014 se impuso la corriente que apostaba por el sufragio entre los propios jueces, y así lo defiende ahora el portavoz de la asociación, Ignacio González.
Sin embargo, advierte de que la medida debe garantizar “la representación de las diferentes sensibilidades de la carrera judicial”. Además, apunta que la despolitización de la justicia “es mucho más que eso” y requiere más medidas que cambiar el sistema de elección del CGPJ.
“Lo que hace la reforma es alejar la percepción que tienen los ciudadanos de que el gobierno del Poder Judicial está politizado”. Así lo resume el portavoz de la asociación Francisco de Vitoria (FV), Raimundo Prado. “Es un pilar básico de la regeneración en la justicia”, apunta y pone como ejemplo el caso de dos jueces “precisamente porque los nombró un partido político”.
El nuevo sistema de elección podría perjudicar a los jueces no asociados, la mitad de los que están en activo. Las asociaciones pueden dar apoyo y publicidad a los candidatos que ellas presenten y reducir así las posibilidades de los candidatos independientes.
La influencia de las asociaciones judiciales en la elección del CGPJ ha sido siempre un asunto polémico. En la reforma de 2013, el PP les quitó poder para potenciar a los candidatos independientes y tan solo la APM se prestó a participar en la elección, mientras que el resto rehusaron por no estar de acuerdo con los cambios.
“Si los jueces no asociados pueden votar, podrán votar a quien quieran”, apunta Raimundo Prado (FV). Celso Rodríguez (APM) sí que pide introducir algún tipo de garantía para respetar “la igualdad de posibilidades de todos los jueces y magistrados para acceder como vocales al CGPJ”. Desde JpD, Ignacio González apunta que todos los jueces tienen la posibilidad de presentarse a título individual, sin el respaldo de una asociación, pero reconoce que los asociados “tendrán más apoyos”.
Dudas sobre la reprobación del fiscal general
El acuerdo firmado entre PP y Ciudadanos también recoge la posibilidad de que el fiscal general del Estado pueda ser reprobado por el Congreso. Hasta ahora, la competencia de nombrar y destituir a este cargo es exclusiva del Gobierno, y la ley establece unas causas muy estrictas para su cese. Básicamente incompatibilidad, enfermedad o incumplimiento grave de sus funciones.
Este punto de la reforma provoca más reticencias dentro de las asociaciones judiciales, que no ven en esta medida un fortalecimiento de la independencia de ese puesto. Desde la APM, Celso Rodríguez pide que se desarrolle más ese punto del acuerdo. “No comprendemos en qué consiste esa genérica alusión a la posible reprobación”, afirma, así que prefiere no entrar a valorar la propuesta. Sí apunta que el fiscal no debe tener “obediencia ninguna” ni “presiones de ningún tipo”.
Ignacio González (JpD) reclama que, al menos, se exija una mayoría cualificada para aprobar la destitución del fiscal. Además, advierte del riesgo que supone que el Congreso pueda reprobarle por sus actos: “Podría entenderse como una sanción a un fiscal que tratase de ser autónomo con respecto a las directrices del Gobierno”. Así, también pide que se aclaren las causas para que el Congreso vote su reprobación. La Francisco de Vitoria prefiere no entrar a valorar esta medida.