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La publicidad de los vapeadores en espacios públicos sortea las leyes y provoca dudas entre los expertos

La publicidad de los vapeadores en el Metro de Madrid.

Mario Escribano

'Disfruta sin renunciar a nada', sugieren unos letreros animados en los que que se ve cómo mujeres y hombres de distinta edad inhalan y expulsan el humo de su vapeador. Es una campaña publicitaria de Blu, el cigarro electrónico de Altadis, y está en estaciones de Metro de Madrid, como Callao o Chamartín, o marquesinas de autobús. Expertos y médicos expresan dudas sobre encaje legal de este tipo de anuncios, pero tienen algo claro: es el penúltimo resorte legal que han encontrado las tabaqueras para colocar la promoción de sus productos en el espacio público.

La ley que prohibía la publicidad de tabaco se promulgó en 2005 y ha sufrido variaciones desde entonces. La última fue en noviembre de 2017, a fin de trasponer una directiva europea fechada tres años antes. La idea era equiparar la publicidad de vapeadores o cigarrillos electrónicos a la del tabaco convencional. La condición es que el aparato “pueda utilizarse para el consumo de vapor que contenga nicotina a través de una boquilla”, norma que se extiende incluso al cartucho o depósito. Hacer publicidad, promoción o firmar un patrocinio de este tipo de dispositivos está estipulado como “infracción muy grave”, siempre “que no estén permitidas”.

En este último matiz es donde está la clave: una disposición adicional expone los distintos supuestos en los que no se permiten los anuncios. La ambigüedad de su redacción abre la puerta a interpretaciones, pues se prohíben “las comunicaciones comerciales en los servicios de la sociedad de la información, en la prensa y en demás publicaciones impresas”, sin detallar qué se incluye en este ámbito, mientras que el resto de puntos aluden a radio o televisión.

La motivación del Gobierno para el cambio regulatorio, según informó Europa Press, fue el temor a las sanciones comunitarias, por un lado, y “la imperiosa necesidad de garantizar en todo momento el mayor nivel posible de protección de la salud pública”, de manera que se armonizaban “la regulación de los productos del tabaco y de los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y envases de recarga”.

Los vapeadores de Altadis, empresa que también tiene divisiones dedicadas al tabaco convencional, sí son susceptibles de llevar nicotina: se puede optar por cartuchos con mayor o menor carga de este componente, pero también porque no lo incluya. Por ejemplo, en el embalaje del principal producto que se promociona en su web, el Starter Kit, se indica que contiene un 1,6% de tabaco, además del aviso al que están obligados por otro decreto distinto: “Este producto contiene nicotina, una sustancia muy adictiva. No se recomienda su uso a los no fumadores”.

“¿Cómo es posible que estando prohibida su publicidad en la vía pública haya visto este cartel en una marquesina de la EMT? Soy vapeador y conozco la ley que la regula, ¿será que el fabricante es una tabacalera y eso ayuda?”, denunciaba un usuario en Twitter hace unos días, mientras otro se preguntaba: “¿Alguien me explica cómo Metro de Madrid permite que JCDecaux [la concesionaria de publicidad en las estaciones] ponga anuncios de vapeadores?”.

Contactados por este periódico, desde la Consejería de Transporte se limitan a responder que “la publicidad no la decide Metro, tiene un exclusivista al que alquila sus espacios y es quien lo gestiona”. “Si está ahí, es completamente legal”, responden fuentes de este ente, que recalcan que este tipo de anuncios están supervisados por “organismos independientes como Autocontrol”, ente autorregulador de la industria. Tras contactar con JCDecaux, en Transporte agregan que “en esta campaña miraron cómo estaba la legislación de la Comunidad de Madrid y no encontraron ningún problema al respecto”.

La ley sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid, que data de 2002 y ha sufrido modificaciones posteriores, establece que “se prohíbe expresamente la publicidad, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas y tabaco”, entre otros lugares, en “los medios de transporte público, tanto en el exterior como en el interior, así como los locales o estancias destinados para la espera de estos transportes públicos”. Dentro del mismo artículo, el texto aclara que esto es aplicable “a todo tipo de publicidad, directa o indirecta, incluyendo la publicidad de objetos o productos que, por su denominación, grafismo, modo de presentación o cualquier otra causa, pueda suponer una publicidad encubierta de bebidas alcohólicas o tabaco”.

En Autocontrol explican a este diario que su función es “aplicar la normativa general o sectorial para concretos casos de publicidad” y aluden al Real Decreto de 2017. Esto lo hacen a través de bien “revisión previa”, bien “resolución de reclamaciones sobre anuncios ya emitidos por parte del Jurado de la Publicidad”. ¿Ha habido algún tipo de dictamen al respecto? En el primer supuesto, aluden a la confidencialidad de esa actividad para no dar respuesta; en el segundo, aseguran no haber recibido “ninguna reclamación hasta la fecha sobre estos asuntos”.

Borja Adsuara, experto en derecho y publicidad y exvocal del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, avisa de que en la legislación nacional “hay un hueco, que no se sabe si es intencionado o no” antes de afear la adopción de la directiva que fue “como siempre, por urgencia, fuera de plazo y para evitar sanciones”. “En derecho hay dos visiones”, expone Adsura que relata que, por un lado, estaría la opción de “atenerse estrictamente a la letra de la ley para aferrarse a cualquier cosa o buscar trampas,”. Frente a esto, él defiende la llamada “interpretación sistemática de las leyes”, recogida en el Código Civil. Esto quiere decir: contextualizar la norma dentro del sistema jurídico y respecto a la intencionalidad de la misma. “El espíritu era equiparar el vapeo al tabaco porque es nocivo, y hay que hacerlo en todo, también en la publicidad”, agrega.

Es más, este experto incide en que “nunca hay vacíos legales en estos casos porque, aún habiendo un defecto en la técnica legislativa, cuando no hay una cosa expresamente dicha se sigue el criterio sistemático”, que en este caso debería ser respecto a la directiva europea y la ley española que lo modificó. “La Administración debería hacer esa interpretación porque, si no, aprovechas ese defecto para hacer una interpretación que no es lógica con el resto de la ley. Al final, hay una hiperregulación en la Administración que hace que se pierdan de vista los principios generales y, con ellos, el espíritu de la norma”. Eso sí, recuerda que no es así en los casos penales, donde la tipificación tiene que ser expresa.

“El tabaco es tan dañino que cualquier cosa es más segura”

Jaime Signes, coordinador del área de tabaquismo de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), incide en que las empresas que producen vapeadores o cigarrillos electrónicos “son las mismas que fabrican cigarrillos tradicionales”. Este neumólogo también se muestra partidario de la equiparación publicitaria de ambos productos. “Trabajamos con personas que han tenido problemas con el tabaco y lo que está pasando es exactamente igual a lo que ocurrió hace 20 o 30 años con los cigarrillos mentolados o con nuevos filtros que decían que era más saludable, pero el final era mentira. Son los mismos mensajes que utilizan ahora para vender cigarrillos electrónicos”.

“Hemos tardado muchos años en desnaturalizar un hecho anómalo como es inhalar humo”, recuerda antes de avisar de que “el tabaco es tan dañino que cualquier cosa que se compare con él es más segura”, en referencia a estos nuevos productos: “Es como si comparas cualquier arma con una bomba atómica”. Tampoco considera que el uso del cigarro electrónico sea una vía para dejar de fumar, sino más bien “una puerta de entrada” al tabaco. “Ese tipo de mensajes han provocado que la mayoría de dispositivos que usan adolescentes sean electrónicos”, denuncia.

Según la última encuesta sobre Alcohol y otras Drogas en España, realizada por el Ministerio de Sanidad, el número de fumadores diarios de tabaco (34%) ha crecido hasta alcanzar niveles previos a la ley antitabaco de 2005. En el caso de los cigarrillos electrónicos, un 8,8% de la población los ha probado alguna vez en la vida, 3% en el último año y 1,5% en el último mes. Según los datos ofrecidos por la Unión de Promotores y Empresarios del Vapeo (UPEV), la facturación del sector ha crecido un 22% en el primer semestre de 2019, alcanzando los 45 millones de euros solo en este periodo.

Una de las principales bazas de la industria para defender la promoción de los vapeadores es el caso de Reino Unido, donde el Gobierno los usa de contrapeso al tabaco. “No hay ningún estudio que demuestre que puedan ser de ayuda para dejar de fumar, y para que los médicos lo recomendemos tenemos que tener la certeza de que es un método seguro y eficaz. Para eso ya existen parches, comprimidos o chicles. Yo no puedo recomendar a mis pacientes un producto que lleve sustancias nocivas”, responde Andrés Zamorano, portavoz del Comité Nacional de Prevención del Tabaquismo (CNPT), colectivo integrado por 37 sociedades científicas. Este médico de familia recuerda que “ya han tomado muchas medidas” para reducir el consumo, como el encarecimiento de los paquetes de tabaco.

“Cuando quieres buscar una solución, no puedes irte a otro problema: vamos a ofrecer ayuda a dejar de fumar, con más fiscalidad y más información para dejarlo”, reivindica el portavoz del CNPT pues, según los datos que maneja este colectivo, el 60% de los fumadores quiere dejarlo, por lo que agregan que “el que fuma no es soberano”.

“Siempre buscan resquicios legales”, lamenta sobre los anuncios de vapeadores, pues “se dejó esa ambigüedad en los paneles publicitarios y las multinacionales lo aprovechan con artimañas”. “Hablando con personas que trabajan en el Ministerio [de Sanidad] te dicen que los carteles publicitarios de ese tipo también cuentan como impresos, pero depende de cómo lo quieres considerar, claro”. “Hay apología del hecho de fumar: un niño que ve ese anuncio [el de los vapeadores] y no se pone a diferenciar si es electrónico o no”, ejemplifica para defender que “hay que dar otro barniz a la ley”.

Por ejemplo, este médico de familia también menciona que la obsolescencia del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud, que se firmó en 2003, “pero los cigarrillos electrónicos han llegado después”. “Al final, la regulación tendría que decir que queda prohibido cualquier cigarrillo habido y por haber, porque mañana sacan uno que dice es nuevo y han modificado algo”, ironiza antes de zanjar: “Las tabaqueras son muy hábiles: te dicen que te mata y lo montan tan bien que lo siguen vendiendo”.

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