Sin tiempo para celebrar su primera victoria en el Constitucional, Vox está a punto de cosechar la segunda gran censura a la gestión de la pandemia del Gobierno de Pedro Sánchez. El recurso de inconstitucionalidad, presentado por la formación de extrema derecha contra la prórroga del estado de alarma que el Congreso aprobó el 29 de octubre de 2020, está a punto de imponerse, a la espera del enconado debate que se anuncia para después de verano.
El ponente de la nueva sentencia es Antonio Narváez, que ya tiene prácticamente terminada una propuesta de inconstitucionalidad, cuya votación está prevista para el próximo 14 de septiembre. Narváez se sumará así a la resolución que firmó su compañero Pedro González Trevijano declarando que el confinamiento se había ordenado sin arreglo a la ley. Ambos magistrados comparten una característica particular dentro del tribunal: entraron en él a propuesta del Gobierno de Mariano Rajoy, en el turno de relevo que no precisa opinión de ningún otro partido ni del Consejo General del Poder Judicial. Ahora, sus trabajos más recientes están llenando de éxitos el casillero donde reciben las notificaciones los procuradores que trabajan para Santiago Abascal.
Narváez basa su argumentación, según relatan a elDiario.es fuentes del tribunal, en un juicio sobre la extensión aplicada a aquella prórroga: seis meses. Un plazo demasiado largo, a juicio del ponente. Se trata de nuevos argumentos que nada tienen que ver con los de la primera sentencia de inconstitucionalidad, cuyo resultado se dio a conocer la semana pasada y que solo discutía el confinamiento de la población y criticaba que el Gobierno hubiera optado por el estado de alarma frente al estado de excepción, como herramienta para controlar el desbocado avance del virus. Aquella era una sentencia con resultados políticos devastadores pero que, en su esqueleto, se apoyaba en un resquicio técnico.
Ahora, se abre una nueva vía que interpreta que Pedro Sánchez y el Congreso que avaló la medida se excedieron con una prórroga de seis meses, similar a las que se estaban imponiendo en otros países europeos. La ponencia de Narváez pone el acento en la falta de control parlamentario que, señala, acompañó aquella prórroga y discute el mecanismo que dejó en manos de los presidentes de las comunidades autónomas la ejecución de las medidas. De prosperar la propuesta, toda la arquitectura de control del COVID impuesta a finales del pasado año quedará en entredicho y la llamada “cogobernanza” en tela de juicio.
La Constitución habilita al Gobierno para decretar un estado de alarma por espacio de 15 días. El Congreso entra en juego cuando se plantea una prórroga, cuyo límite temporal y argumentos que la sustenten deben ser sometidos a votación. No hay límites para esa prórroga y menos aún, si la mayoría parlamentaria la sustenta con sus votos. Lo que ahora pretende Narváez, en atención a la reclamación de Vox, es una reescritura interpretada de la carta magna para concluir con el segundo gran golpe a la acción del equipo de Sánchez durante la pandemia.
La única situación precedente que supuso la aplicación del estado de alarma previa a la COVID se produjo en 2010. El Gobierno activó entonces el mecanismo para controlar la crisis en marcha con el sector de los controladores aéreos. Mientras los efectivos militares tomaban el control del día a día de las dependencias de los aeropuertos civiles, el Gobierno consiguió un aval del Congreso para mantener la medida durante un mes. Nadie dijo nada al respecto.
La nueva sentencia sobre el estado de alarma viene a sumar un nuevo capítulo de censura máxima del Constitucional frente a las decisiones del ejecutivo para controlar el virus. Como en la vez anterior, Vox interpreta el papel de instigador y los magistrados que en su día nombro Rajoy, el de ejecutores. Si en julio ha sido Trevijano, ahora es el turno de Narváez.