El Tribunal Supremo ha decidido anular la expulsión del Ejército de Tierra de un soldado que había sido sancionado por denunciar en internet la corrupción que, afirmaba, anida en las Fuerzas Armadas españolas. Los jueces entienden que las críticas y acusaciones que vertió en una página web estaban protegidas por la libertad de expresión y no constituyen una “amenaza real” a la cohesión interna del Ejército. Tampoco ven sancionable que criticara a la Corona española en su perfil de Facebook.
La sentencia relata que este cabo del Ejército publicó, por un lado, “comentarios irrespetuosos hacia la Corona” en su página de Facebook, así como comentarios en contra de algunos partidos políticos, banderas republicanas y comentarios alegando que “Galicia no es España”. Además, en una página web, escribió un artículo en el que afirmaba que el Ejército es “la institución más opaca con la monarquía, heredera de un régimen que impuso el dictador de este país”.
En ese escrito, por ejemplo, afirmaba haber presenciado corrupción durante su intervención en Kosovo en 2002: “Se vendían favores de llamadas telefónicas a España a cambio de un surtido completo de bebidas y alimentos que acababan en las papilas gustativas de los mandos”, decía por ejemplo. “Si esto es así al nivel tan básico a su imaginación les dejo lo que puede pasar a nivel de las altas esferas”, concluía.
La sala de lo militar ha retirado la sanción que le impuso el Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra en 2019 por dos sanciones: ser irrespetuoso con la Corona y por saltarse su deber de “neutralidad política”. La sanción era la máxima posible: la resolución de compromiso, término castrense usado para referirse a la expulsión de las Fuerzas Armadas.
La sala explica que todas sus expresiones carecen de relevancia para ser sancionadas.“Quedan amparadas por el derecho a la libertad de expresión del recurrente pues no apreciamos que, en modo alguno, dichas opiniones o manifestaciones puedan constituir una amenaza real para la disciplina y la cohesión interna de las Fuerzas Armadas”. Solo eso justificaría una sanción.
En un primer momento un tribunal militar había avalado las sanciones que se traducían en la expulsión del cabo. El Supremo anula las sanciones y empieza por criticar que el relato fáctico avalado por el tribunal castrense no tiene “la precisión necesaria” para ser sancionable. “Ni se concretan estos supuestos comentarios irrespetuosos, o actuaciones cuestionadas, ni, y esto es lo mas relevante, consta si esos comentarios o cuestionamientos se realizan por el propio denunciado o simplemente figuran en alguna de las páginas enlazadas”, critica la sala quinta.