El Supremo anula los nombramientos de Enrique López y Eloy Velasco para la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional
El Tribunal Supremo ha anulado los nombramientos de los magistrados Enrique López y Eloy Velasco como miembros de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional, que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó en mayo de 2017.
En una sentencia cuyo fallo ha sido adelantado este jueves, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha estimado los recursos de su compañera de la Audiencia, la jueza de lo Penal Manuela Fernández Prado, y del juez de instrucción de Madrid Carlos Valle, que también se postularon a dichas plazas.
Los nombramientos también los recurrieron otros cuatro magistrados de la Audiencia Nacional, alegando su condición de especialistas en Derecho Penal frente a la capacitación de los dos ganadores del concurso.
Ese recurso de Fernández Prado y sus compañeros Ángel Hurtado, José Ricardo de Prada, Ramón Sáez y Clara Bayarri lo rechazó en junio de 2017 la Comisión Permanente del CGPJ y lo dejó así en manos del Tribunal Supremo, que ahora ha resuelto revocar los nombramientos.
La nueva Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional comenzó a funcionar el 1 de junio de 2017 como una nueva instancia ante la que se pueden recurrir las sentencias de este órgano y está formada por tres magistrados: Eloy Velasco, Enrique López y el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro.
Velasco se incorporó a ella después de haber ejercido en comisión de servicios en el juzgado central de instrucción 6 de la Audiencia Nacional, donde accedió en 2008 tras la salida del instructor del 11M, Juan del Olmo. Allí, Velasco instruyó causas de corrupción como Lezo y Púnica.
Enrique López, que ostenta una plaza en la Sala de lo Penal de la Audiencia, accedió también a la Sala de Apelaciones tras ser nombrado por el CGPJ. En la Sala de lo Penal, y tras un breve paso por el Tribunal Constitucional, fue recusado por el pleno para formar parte del tribunal del caso Gürtel por sus vínculos con el PP.
Desde que entró en marcha, la Sala de Apelaciones ha tomado decisiones como ratificar que la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) en octubre de 2016 no fue terrorismo y confirmar el archivo de la causa para investigar al gobierno del presidente sirio, Bashar al-Assad, por entender que tampoco era terrorismo.