Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
16 grandes ciudades no están en el sistema VioGén
El Gobierno estudia excluir a los ultraderechistas de la acusación popular
OPINIÓN | 'Este año tampoco', por Antón Losada
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El TSJC inhabilita a la alcaldesa Yaiza por la bodega Stratvs pero absuelve al dueño

El TSJC inhabilita a la alcaldesa Yaiza por la bodega Stratvs pero absuelve al dueño

EFE

Las Palmas de Gran Canaria —

0

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado a 14 años de inhabilitación a la alcaldesa de Yaiza (Lanzarote), la diputada de Nueva Canarias Gladys Acuña, por la licencia de actividad que concedió a la bodega Stratvs, cuyo propietario, Juan Francisco Rosa, ha sido absuelto.

La sentencia considera probado que Acuña cometió dos delitos (prevaricación y contra la ordenación del territorio), que su antecesor en el cargo, José Francisco Reyes, también incurrió en prevaricación (siete años sin poder ejercer cargo público) y que el secretario del Consistorio, Vicente Jesús Bartolomé, fue cooperador necesario en ambas infracciones (14 años de inhabilitación).

La Sala de lo Penal del TSJC condena a otros cinco de los imputados en el primero de los juicios derivados del caso Stratvs (la pieza principal es competencia de la Audiencia de Las Palmas), pero absuelve tanto al ingeniero del Cabildo de Lanzarote Manuel Jesús Spínola, como al dueño de la bodega, Juan Francisco Rosa.

El empresario Rosa se enfrentaba en este proceso a una posible condena de año y medio de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio y otro de tráfico de influencias.

La sentencia cuenta con un voto particular firmado por el presidente del TSJC, Antonio Doreste, que discrepa del fallo dictado por sus compañeras Margarita Varona y Carla Vallejo y defiende que se debería haber absuelto a todos los procesados; y, con más motivo, subraya, a los alcaldes y concejales, que desde su punto de vista hubieran prevaricado si hubieran denegado la licencia pedida por Stratvs, ya que esta venía avalada por informes técnicos.

El relato de hechos probados parte de julio de 2005, cuando Rosa pidió al Ayuntamiento de Yaiza la licencia de actividad para la bodega que había construido en el paraje protegido de La Geria y que en su día se presentó como una de las más modernas de España.

El TSJC entiende que el entonces alcalde, José Francisco Reyes, prevaricó de partida al dar curso a esa petición, porque conocía que la actividad para la que se pedía la licencia no se podía autorizar en un suelo rústico de esas características, porque lo prohibían el plan de urbanismo municipal y el plan de ordenación de Lanzarote.

Reyes ha acumulado en los últimos años varias condenas por corrupción y por delitos relacionados con la concesión de licencias hoteleras ilegales en la franja costera de Yaiza, en Playa Blanca.

La Sala de lo Penal considera que tanto el secretario del Ayuntamiento como el ingeniero municipal, Andrés Morales, fueron cooperadores necesarios de los delitos que se cometieron después, porque emitieron informes favorables a la licencia en los que omitieron, a sabiendas, que esta debía ser rechazada porque no cabía autorizar los usos solicitados en un suelo de esas características.

En diciembre de 2008, la junta de gobierno de Yaiza retomó el expediente de la licencia pedida por Rosa para la bodega Stratvs y la concedió, ya con Gladys Acuña como alcaldesa del municipio.

El TSJC sentencia que todos los asistentes a esa reunión cometieron un delito contra la ordenación del territorio, porque eran conocedores de los graves problemas que tenía ese permiso: la propia alcaldesa Acuña y los concejales Evaristo García Pérez, Juan Lorenzo Tavío Santana y Leonardo Rodríguez García.

Etiquetas
stats