En algunas ocasiones, puede darse el caso de que una persona beneficiaria de una prestación por desempleo o subsidio comience a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial. Así, según informan desde el SEPE, tiene la posibilidad de suspender la prestación o establecer una compatibilización.
Concretamente, existen dos posibilidades, según comunican desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). De esta forma, se puede interrumpir el cobro de la prestación mientras se encuentra vigente el contrato de trabajo o compatibilizar la actividad laboral con la percepción de la prestación o subsidio.
Estos son los dos supuestos que pueden darse en caso de cobrar una prestación o subsidio y comenzar un trabajo a tiempo parcial:
- En caso de interrumpir la prestación, si el contrato tiene una duración menos a 360 días, cuando finalice es posible solicitar la reanudación de dicha prestación o subsidio.
- Si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice, puede solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que usted interrumpió al empezar a trabajar.
En este último supuesto, hay que tener en cuenta que si el trabajador opta por reanudar la antigua prestación, las cotizaciones que hubiese generado en el último empleo no podrán añadirse para una prestación posterior. Así lo aclaran desde el SEPE.
Claves de compatibilización según el SEPE
Realmente, para pode compatibilizar ambas acciones solamente es necesario estar cobrando una prestación contributiva o subsidio e iniciar un trabajo a tiempo parcial mientras se recibe dicha prestación. Tal y como informan desde el SEPE, otro requisito importante consiste en mantener la inscripción como demandante de empleo.
“El pago de la prestación y subsidio por desempleo se realizará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que usted indique, siempre que sea titular de la misma”, recuerdan los profesionales del SEPE.
Tramitación necesaria
En caso de que un trabajador que percibe una prestación o subsidio consiga una colocación a tiempo parcial, debe comunicar dicha actividad a la Administración. Esta comunicación puede producirse a través de los siguientes canales:
- Sede Electrónica del SEPE. En este caso es preciso disponer de DNI electrónico, certificado digital o usuario y contraseña cl@ve.
- Servicio de atención telefónica a la ciudadanía, que está disponible de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
Por último, también es posible en cualquier oficina de empleo. Para ello, es importante pedir cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través de vía telefónica.