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43 días en prisión preventiva por un desalojo a los 20 años: “Es una medida desproporcionadísima”

Tiene 20 años y estudia Antropología Social y Cultural en la Universidad de Sevilla. Reside, con una beca, en la Residencia Universitaria Flora Tristán y colabora en diversos servicios y proyectos sociales como voluntario. Su vida dio un giro la mañana del 15 de febrero cuando fue a apoyar un movimiento ciudadano por una vivienda digna en el número 42 de la calle Macarena. Durante el precipitado desalojo, fue detenido y, al día siguiente, encarcelado. Lleva 43 días en prisión preventiva. El juez acaba de prorrogar la medida, pero su abogado y sus padres esperan que el juzgado reconsidere su decisión porque, además de considerarle inocente de los delitos de los que se le acusa, no tiene ni antecedentes policiales ni penales y creen que ha sido su “fuerte compromiso y vocación social” lo que le llevaron a estar en el sitio equivocado, en el momento equivocado.

Principalmente, ven desproporcionada la medida y su prolongación en el tiempo. “La prisión provisional en democracia no está pensada para estas situaciones. No hay riesgo de fuga, no se van a destruir pruebas y, por supuesto, no se van a atacar bienes jurídicos del propietario, en este caso un funcionario de policía. El juez claramente lanza un mensaje (prevención general de la norma penal): se acabaron las ocupaciones y el movimiento de solidaridad por el derecho a la vivienda. Urge visibilizar y contraargumentar esta barbaridad jurídica desde posiciones garantistas y firmes”, dice su abogado, contrario a los argumentos esgrimidos por el juez.

En su recurso, el letrado acompaña certificados, fechados en las últimas semanas, de los directores de los proyectos de los que el joven es “asiduo colaborador” (Asociación de Amistad con el Pueblo Saharaui, IES de Sevilla,...), que terminan con un “para que conste a los efectos oportunos”. El joven realiza labores de voluntariado con jóvenes en zonas de exclusión social como el Polígono Sur, según dice también la carta del director de la residencia Flora Tristán realizada bajo el mismo fin, y es “una persona muy conocida y querida en el movimiento asociativo en Sevilla”, añade el recurso de la defensa. “Es un estudiante normal con una vida estructurada, con una amplia vocación social, comprometida y de justicia social, alejada cualquier tipo de comportamiento violento”, resume el escrito, que destaca su “arraigo social y familiar”.

Aunque los hechos imputados puedan calificarse como los delitos que indica el juez, “no son en su mayoría delitos de carácter grave y no se ha determinado ni individualizado por la policía el grado de participación de mi representado en los mismos, o ni siquiera si ha participado en todos o en parte, debiendo regir el principio de presunción de inocencia. Aún cuando se le imputaran los todos los delitos, en este caso serían penas inferiores a los dos años”, explica el abogado.

“Con ánimo y dignidad”

¿Cómo está siendo la estancia del joven en la prisión de Sevilla I desde el pasado 17 de febrero? “Está aprovechando el tiempo y tiene buen ánimo, pero toda su vida de estudiante y de ayuda social se ha visto interrumpida”, explica su madre en una cafetería del barrio de Los Remedios donde reside. Sus progenitores llevan la situación “con ánimo y dignidad” pero piensan que “su ingenuidad y compromiso” le han traído esta “injusticia”.

El joven, durante estas semanas, se ha hecho ayudante del gestor de le biblioteca de la prisión y ha ganado un premio por un poema que escribió con motivo del último 28 de febrero, Día de Andalucía, explica su madre. En los últimos días ha pasado al módulo de estudio, señala mientras muestra orgullosa uno de sus relatos cortos, sobre un niño de Alepo, que también le hizo merecedor de un galardón en un concurso. Ella y su padre, en todo caso, tienen “esperanza” en una pronta solución, fuera de la cárcel, al margen de lo que decidan los tribunales y del futuro juicio.

“El juez piensa que, si le deja salir, va a volver a ocupar pero ni él ocupó ninguna vivienda ni las otras doce personas investigadas que están en libertad han tratado de hacerlo de nuevo”, apunta su padre. Los testigos, además, no señalan a su hijo en el atestado policial, añade, como así ha hecho constar el abogado en su escrito. “Es un toque de atención a todos los demás que está pagando mi hijo”, lamenta al considerar que es “una medida desproporcionadísima y un aviso a navegantes”.

Los progenitores piden al juez que reconsidere su posición y valore la documentación aportada. “Él no sabía que se iba a producir un desalojo. Creía que era un local abandonado y fue a llevar comida”. Efectivamente, el desalojo se produjo de manera sorpresiva la mañana después de la ocupación, como ya informó este medio. “Se ha criado en un ambiente de solidaridad y compromiso social. Su ingenuidad le hizo estar presente ese día”, insisten.

Sin identificar por la Policía

El abogado, que también adjunta al juez movimientos de su cuenta bancaria que acreditan su condición de estudiante becado y dependiente económicamente de su familia, señala que en la declaración del aparejador que acudió a las viviendas no se identificó al joven como una de las personas que realizaron posibles coaciones o lesiones.

En cuanto al delito de usurpación, además de recordarle al juez que reside en una residencia universitaria, señala que en el atestado policial “no figura que mi representado fuera una de las personas que presuntamente intentaran ocupar el edificio, ni siquiera en el lugar que fue detenido (dentro o fuera del edificio)”. Por tanto, “nos encontramos en lo que, en todo caso, podría denominarse una ocupación temporal, que no es constitutiva del elemento de voluntad de permanencia que requiere el tipo y por ende esta conducta no sería punible”.

Acerca de las lesiones, al margen de considerar que en ninguno de los partes conste que se haya requerido un tratamiento médico quirúrgico posterior, “tratándose en todos los casos de lesiones leves”, el abogado argumenta que “los funcionarios de policía individualizan las lesiones identificando presuntamente a las personas que se las causan” y “en ninguna de ellas aparece el nombre de mi representado como autor de las mismas, ni tampoco en la declaración” del mencionado aparejador. Este argumento lo utiliza igualmente para los presuntos delitos de atentado a la autoridad y desórdenes públicos.