“No creer en los dogmas de una religión y manifestarlo públicamente entra dentro de la libertad de expresión”, había dicho la jueza en junio pasado. Ahora, tras el auto de la Audiencia de Sevilla, el mismo juzgado anuncia que va a continuar el procedimiento contra tres mujeres por participar en la procesión del 'Santísimo Coño Insumiso' de Sevilla el 1 de mayo de 2014, hace ahora casi tres años. Las partes tienen diez días para pedir la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.
Se les acusa de un posible delito contra los sentimientos religiosos del artículo 525 del Código Penal. Pese a que el juzgado había considerado que la “burla” que pudieron realizar “no se hizo con el fin de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros”, la Audiencia consideró que “bajo libertad de expresión no se puede dar cobijo a conductas de ofensa, burla, menosprecio, amenazas e insultos contra personas o grupos o miembros de una confesión religiosa”.
Así las cosas, el juzgado ha optado ahora por ver “motivos suficientes” para continuar las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado contra estas mujeres, que en su declaración como inevstigadas dijeron que no habían querido mofarse de la Semana Santa.
El auto de ahora, fechado este 21 de abril, recuerda cómo discurrió aquella marcha (ver vídeo) y relatando las proclamas contra la iglesia que se escucharon en el marco de una reivindicación por los derechos de las mujeres trabajadoras durante el primero de mayo, según defendieron las ahora procesadas. Señala que el auto que una de ellas gritó “la Virgen María también abortaría” y que otras gritaron “hay que quemar la Conferencia Episcopal”, así como otros cánticos manipulando la letra del Credo y el Ave maría, y frases como “me suda la Iglesia Católica” mientras a escasos metros se encontraba la Basílica de la Macarena y en sus puertas feligreses.