Condenada una residencia por la muerte de una usuaria por deshidratación: “Los trabajadores no daban abasto”
Lucía C. falleció a los 77 años. Tras un proceso largo y complicado en su familia, ingresó en la residencia de mayores de su pueblo. El alzheimer que tenía diagnosticado desde hacía seis años había provocado que esta mujer fuese perdiendo su independencia. “Se tomó la decisión con mucha pena, pero había que tomarla. En casa era muy complicado”, recuerda Javier A., uno de los cuatro hijos de Lucía, sobre la decisión de trasladar a su madre a un centro de la tercera edad. Entró en la residencia de mayores Amma de Betelu (Navarra) el 6 de octubre. Un mes después ingresó en el Complejo Hospitalario de Navarra con una fuerte deshidratación. Los médicos calcularon que había llegado a urgencias con “un déficit de agua de unos 5-6 litros”, según la documentación consultada por elDiario.es. Murió una semana después.
Los hechos sucedieron en 2017. Cinco años han necesitado los hijos y el marido de Lucía para que el proceso judicial abierto contra la residencia finalice y puedan comenzar su duelo. La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado al centro de mayores al pago de una indemnización de 100.000 euros y aprecia “una conducta negligente por parte del personal de la residencia en cuanto a su obligación de cuidado” de la madre de Javier, “en concreto” en la necesidad “de mantenerla hidratada”, tal y como recoge la sentencia emitida el 30 de junio y que adquirió firmeza el pasado miércoles, según la abogada de la familia, Lorena Pastor.
Cinco años esperando a la sentencia
“Estos procedimientos te remueven todo [el cuerpo]. Cada vez que hay que hablar del tema, te impide cerrar la herida. Por fin, ya se ha terminado. Tenemos sentencia firme e iremos cicatrizando”, explica Javier. En su conversación con elDiario.es, el hijo de Lucía remarca que a su madre “había que ayudarle para todo”. “Había que estar las 24 horas del día con ella”, añade. Y por eso tomaron la decisión de acudir a una residencia. Tras el desenlace, explica que su padre “no ha levantado cabeza”. “Muy mal. Mucha culpa por haberla llevado a la residencia”. Con la voz entrecortada resume así el estado emocional de su progenitor.
El informe médico emitido tras el fallecimiento, al que ha accedido elDiario.es, detalla que Lucía llevaba alrededor de cuatro o cinco días sin mostrar “colaboración” para alimentarse. Llegó al hospital con un “bajo nivel de conciencia” e “importante signo (sic) de deshidratación”. Tras la inspección sanitaria inicial, los facultativos informaron a la familia de “la gravedad de la situación de la paciente”.
Javier asegura que él y su hermano fueron los que dieron la voz de alarma en el centro de mayores cuando acudieron a visitar a su madre. “Vi que pasaba algo. Le cogí el pulso y casi no tenía. Lo dijimos en la residencia. En principio no nos dijeron nada y, casualidad, esa misma noche ingresó en [el hospital de] Pamplona”, recuerda cinco años después.
La sentencia recrimina al centro que no vigilase a Lucía
La sentencia reprocha a la compañía que el personal no supervisase la hidratación, el estado de la orina y el consumo de líquidos de la madre de Javier mientras estuvo en el centro de mayores, como recomienda la Sociedad Española de Enfermería Geriátrica y Gerontológica. “A pesar de que la señora C. llevaba días sin una ingesta adecuada, no consta que hubiera sido incorporada a algún protocolo de hidratación, ni tampoco que el personal de la residencia llevara el debido control, pues la demandada no aportó el cuaderno de seguimiento de los residentes al que aludió en su declaración testifical” una enfermera, apuntan los magistrados.
En la misma línea, los jueces consideran que los trabajadores deberían de haber insistido en “la rehidratación” de Lucía y, “en caso de no lograrla”, derivar a la paciente al hospital, “en lugar de limitarse a comunicar la situación” de “una manera genérica” a los doctores del centro de salud y de la clínica médica que supervisaba a la usuaria del centro de mayores.
Sobre esas comunicaciones entre los trabajadores de Amma Betelu y los facultativos, la audiencia provincial sostiene que desde la residencia no se informó a los médicos “de forma precisa y detallada de la ingesta de líquidos” de Lucía, “ni de los signos físicos (especialmente los niveles de formación de orina) de los que pudiera inferirse un estado de hidratación deficiente”.
“No se han preocupado por nosotros”
“En la residencia se percibía un desmadre. Los trabajadores no daban abasto. [Notamos] un poco de caos”. Así recuerda aquellos días Javier. Ni sus hermanos ni su padre han querido denunciar al personal del centro. La demanda se dirigió contra la compañía que gestionaba el geriátrico en ese momento, Asistencial Villa de Betelu SA. “Entendemos que la responsabilidad es de la empresa. Yo, como usuario, no me puedo meter en lo que debe hacer cada trabajador. Yo no gestiono eso”, apunta.
La familia de Lucía se muestra muy desencantada y decepcionada con la gestión de la compañía. “Desde que mi madre salió de la residencia, en ningún momento se pusieron en contacto con nosotros ni se interesaron por cómo estábamos”, recuerda Javier. Y añade: “En ningún momento se han preocupado a nivel emocional ni a otro nivel. Han ido a por la ‘pela”.
Actualmente la residencia Amma Betelu está gestionada por el grupo Amavir, que será el que afronte el pago de la indemnización. La compañía asumió la gestión del centro de mayores semanas después del fallecimiento de Lucía, el 31 de diciembre de 2017, según fuentes de la empresa, que también destacan que el fallo otorga “parte de responsabilidad” de lo sucedido “al servicio médico” externo y desvinculado del geriátrico.
“Por protocolo”, apuntan las mismas fuentes, la dirección de las residencias que gestiona Amavir “se ponen en contacto” con las familias de usuarios fallecidos para darles el pésame. Como en este caso no pueden “garantizar que se hiciese así”, el grupo asegura que “pide disculpas” a la familia de Lucía si ese no fue el proceder tras la muerte de esta usuaria. Además, apuntan que se enteraron de la condena por la llamada de elDiario.es ya que “la compañía de seguros” no les había notificado la sentencia.
La sentencia rebaja la indemnización inicial
A lo largo de todo el procedimiento judicial “se ha puesto en evidencia” que tras la gestión del centro de mayores hay “una empresa” que “solo busca el dinero”, lamenta Javier. La sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra ha rebajado a la mitad la indemnización que en 2019 impuso el juzgado de primera instancia número cinco de Pamplona. Ese fallo condenó a la compañía al pago de 200.000 euros a los hijos y al marido de Lucia al considerar que “la deshidratación” diagnosticada a la residente era “enteramente imputable a la residencia” porque derivó “de una inadecuada prestación de la supervisión” asistencial.
“Solo recurrieron por la indemnización”, apunta Javier. La empresa apeló el fallo, asegurando que no existía “relación causal entre la actuación de sus empleados y el fallecimiento de la paciente”, y la Audiencia ha tenido en cuenta alguno de sus razonamientos. Entre las argumentaciones del centro de mayores, los abogados de la compañía demandada también señalaron que debía “moderarse la exclusiva responsabilidad impuesta” a la residencia.
Los magistrados de la segunda instancia han estimado algunas de estas pretensiones, entre ellas la de la responsabilidad compartida. Por lo tanto, señalan que, si también se reprocha “a la demandada no haber prestado” a Lucía “la atención debida para evitar la deshidratación”, “carecería de sentido” exonerar a los médicos –del centro de salud y de la clínica médica que supervisaba a la residente–, teniendo en cuenta que estaban al tanto de “los problemas de ingesta” de la residente.
Reproches a los médicos que supervisaban a la residente
Por otro lado, añaden que la deshidratación diagnosticada a esta mujer de 77 años “también está relacionada con aspectos médicos” y, por esa razón, señalan que los doctores que supervisaban a la residente incumplieron “sus obligaciones”.
Con el objetivo de justificar la reducción de la indemnización en un 50%, los jueces aseguran que “no está acreditada la relación de causalidad entre el negligente actuar de la residencia y el fallecimiento” de Lucía. Por lo tanto, para volver a cuantificar la compensación acuden a una doctrina conocida como “pérdida de oportunidad”, que utiliza “el cálculo de probabilidades” para llegar a una conclusión en aquellas situaciones en las que no existe “la certeza absoluta” al determinar el “nexo causal entre un hecho y el resultado”.
Se han necesitado cinco años para poder llegar al fin de esta causa. A Javier este periodo le parece “excesivo”. Durante este tiempo las residencias se situaron en el foco informativo en la primera ola de la pandemia, en la primavera de 2020. El número de muertes y la elevada incidencia que tuvo el virus en esos centros alertó sobre la situación de algunos de estos recursos sociales. “No quiero ni pensar lo que ha pasado. No hemos querido pensar en nada”, apunta rememorando aquellos meses. A partir de ahora, con su procedimiento judicial ya cerrado, la familia espera poder comenzar el duelo por la muerte de Lucia.
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