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Un juzgado determina que los becarios de la Universidad Autónoma de Madrid no ejercían como trabajadores

Rectorado de la Universidad Autónoma de Madrid.

Daniel Sánchez Caballero

Los becarios de la Universidad Autónoma de Madrid no ejercían como trabajadores. El juzgado de lo Social número 7 de Madrid ha desestimado este viernes la demanda que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) interpuso contra la universidad al considerar que los 285 estudiantes que realizaban prácticas en la institución ejercían como trabajadores y no como becarios, según ha anunciado la universidad a través de un comunicado.

“La sentencia considera que el modelo de prácticas extracurriculares de la UAM se ajusta a derecho porque las funciones desempeñadas por los estudiantes en prácticas [que se desarrollaban en bibliotecas, centros de atención al estudiante o el servicio de Cartografía, entre otros lugares] 'se adaptan plenamente a la normativa que las regula, precisamente por estar totalmente desvinculadas de su formación académica, puesto que no forman parte del plan de estudios'”, explica la universidad.

Los afectados recurrirán la sentencia. La Seguridad Social porque está obligada a ello, a menos que considere con total claridad que no tiene fundamento. Ismael Sánchez, el abogado de unos 50 becarios, ha confirmado a este diario que también lo hará (y probablemente los otros nueve abogados del resto de estudiantes) y ha afirmado que están “en profundo desacuerdo con la sentencia”, que ha calificado de “desastre”.

A este respecto, otra fuente conocedora del proceso comenta que “es sorprendente que la juez haya tardado tres días en analizar miles de documentos”.

Becarios o trabajadores

El caso se retrotrae a 2017, cuando la TGSS demandó a la UAM tras dos visitas a su campus por considerar que la labor que realizaban los estudiantes suponía una relación laboral con la universidad. La Seguridad Social, junto a los abogados de los becarios, argumentó durante el juicio que los estudiantes ocupaban puestos estructurales en los servicios donde eran destinados, que su labor era fundamental para ofrecer los servicios que ofrecían (y que de hecho fueron recortados cuando la universidad clausuró el programa tras la demanda) y que no obtenían ningún rédito formativo por su labor, que salvo en contadas excepciones no se correspondía con sus estudios.

Pero la jueza no está de acuerdo. La sentencia considera que los casos puestos como ejemplo por la inspección “encajan con el precepto regulador de las prácticas externas sin que se pueda derivar de ello que existe una relación laboral”. También acepta el argumento de la UAM durante el juicio de que sí existe formación para los becarios, aunque los trabajos no tuvieran relación con sus estudios, en forma del “desarrollo de otras competencias transversales”, como pueden ser el trabajo equipo, la toma de decisiones o el uso de las tecnologías de la información.

Además de su más que probable continuación en otras instancias judiciales, el caso ya ha tenido consecuencias en la universidad. Tras la inspección a la Autónoma de Madrid, el Ministerio realizó una campaña en las universidades para controlar el uso que se hacía de la figura del becario, aunque por el momento no ha habido más denuncias.

El Gobierno también tomó medidas, y aprobó una norma por la que obliga a que todos los estudiantes que realicen prácticas en la universidad, sean curriculares o no (relacionadas con los estudios), tendrán que cotizar a la Seguridad Social. La medida levantó recelos en las universidades, que se preguntaron quién iba a pagar las cotizaciones (unos 50 euros al mes para esa figura). Los rectores presionaron y consiguieron que el Ejecutivo no desarrollase la normativa, por lo que de momento este próximo curso académico no se aplicará a la espera de negociar los detalles.

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